Informe subercase

AutorRoberto O. Bustillo Bolado
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo, Campus Universitario de Ourense (Universidad de Vigo)
Páginas117-146
NACIMIENTO Y EVOLUCIÓN DEL FERROCARRIL 117
IV. INFORME «SUBERCASE»
1. «Informe dado por una comisión de ingenieros de caminos á
la Dirección general del ramo, y adoptado por esta al
proponer á la aprobacion del Gobierno las condiciones
generales bajo las cuales se han de autorizar las empresas de
caminos de hierro»
(Informe de fecha 2 de noviembre de 1844, publicado en las
Gacetas de Madrid de 28, 29, 30, 31 de enero y 16 de febrero
de 1845; documento conocido y citado habitualmente como
«Informe Subercase»)
(Ref. en Cap. IV.1.A, IV.1.B)
(Gaceta de Madrid núm. 3789, de 28 de enero de 1845)
«Informe dado por una comisión de ingenieros de caminos á la Di-
rección general del ramo, y adoptado por esta al proponer á la aprobacion
del Gobierno las condiciones generales bajo las cuales se han de autorizar
las empresas de caminos de hierro»
Si para los caminos de hierro hubiese establecida en España una
legislación especial como en otras naciones, muy fácil seria evacuar el
informe que V. S. ha pedido á la comision sobre las propuestas que se
han hecho para construir por empresa esta clase de obras en la Penín-
sula. La comision en tal caso no ten[]dria mas que examinar si las
propuestas venian acompañadas de [t]odos los datos y documentos que
la ley exigiese, y si estos datos y documentos tenian las circunstancias
que la misma hubiese prescrito. Pero nada hay establecido entre noso-
tros sobre el particular de caminos de hierro; encuéntrase ademas suma
divergencia en los pliegos de condiciones propuestos por las compañías
que hasta ahora han solicitado del Gobierno concesiones, ó sean pri-
vilegios exclusivos para construirlos y explotarlos; adviértese tambien
que en casi todos estos pliegos de condiciones se tienen muy presentes,
como es natural, los intereses de las empresas, ó mas bien de las com-
pañías proponentes, dejando muy en descubierto los del Estado y los
del público. Por todas estas razones, la comision ha creido que antes
de entrar en el exámen especial de la propuesta de ferro-carril que
motiva este informe debia proponer á la Direccion y al Gobierno los
principios generales que en concepto de la misma deben servir de base
á todas las concesiones de esta especie.
La comision, para emitir su Dictámen, ha tenido presentes los di-
versos medios que se han empleado en todas las naciones donde se han
construido ó se estan construyendo muchos caminos de hierro, para
118 ROBERTO O. BUSTILLO BOLADO
subvenir á los gastos de su construccion; los diferentes sistemas que en
las mismas se han adoptado y requisitos preliminares que se han exi-
gido para proceder á su concesión definitiva, cuando se ejecutan por
empresas particulares en todo ó en parte; y las opiniones que se han
publicado por un gran número de economistas é ingenieros sobre la
libertad mas ó menos lata que debe darse á las compañías empresarias
de obras públicas, especialmente en este caso de los caminos de hierro.
En Bélgica se han hecho los caminos de hierro por el Gobierno: en
Francia por el Gobierno y las compañías, tomando el primero á su
cargo la parte mas dificil y costosa, cual es siempre la explanacion del
camino y las obras de arte, dejando á las segundas la colocacion de los
ferro-carriles y la explotacion con todo el material necesario al efecto;
últimamente se ha recurrido ademas en la misma nacion á la coopera-
cion de las provincias y pueblos por donde pasa el proyecto. En Ingla-
terra todos los carriles de hierro han sido construidos hasta ahora ex-
clusivamente por las compañías. En los Estados-Unidos de América se
han construido los caminos de hierro indistintamente por compañías
y por los diferentes Estados de la Unión; siendo hasta ahora mayor la
extension construida por las compañías. En Rusia, en Alemania y en
los demas Estados de Europa, donde se ejecutan caminos de hierro, la
regla general es construirlos por cuenta de la administracion; y en los
que se hacen por compañías, casi siempre toma el Estado una parte
mas ó menos considerable.
Al observar esta variedad de sistemas empleados para llevar á cabo
la construccion de los caminos de hierro, naturalmente ocurre pregun-
tar cuál de ellos será el mas conveniente. Y en efecto, esta cuestion ha
llamado grandemente la atencion de los economistas y de los Gobiernos
desde que la extension que ha tomado este género de comunicaciones
en algunos paises, y el ardor con que es acogido en todos los otros, ha
hecho preveer que puede llegar un dia en que reducidos á nulidad todos
los demas medios de conduccion, ejerzan los caminos de hierro y sus
compañías una especie de monopolio sobre un objeto tan importante
y vital como es el transporte de todas las personas y mercaderías de un
pais. Unos estan por la ejecucion de estos caminos por empresas par-
ticulares, y otros opinan por el contrario que deben hacerse por la
administracion pública. Seria demasiado prolijo, para un informe como
este, entrar en el exámen crítico de las numerosas razones que se han
alegado por una y otra parte: ellas han sido disentidas y dilucidadas
ámpliamente en las Cámaras francesas y en las Cámaras belgas, en los
periódicos industriales y en un sinnúmero de obras dadas á luz sobre
este objeto especial por ingenieros y publicistas distinguidos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR