Informática y Derecho Tributario: Reseña general de la normativa española

AutorJesús Santa-Bárbara Rupérez
CargoDoctor en Derecho. Universidad de Bolonia, Profesor Derecho Financiero Universidades Complutense y Europea de Madrid
Páginas63-80
  1. Introducción

    Dada la influencia cada vez mayor de la informática en el Derecho tributario ofrecemos en estas páginas, a modo de reseña general, una breve glosa al contenido de cada una de las adaptaciones del ordenamiento tributario español a esta nueva realidad. Más que profundizar en alguna de ellas, hemos preferido ofrecer una visión de conjunto, ceñida a las disposiciones españolas, y dejando para un futuro tanto el desarrollo de alguna de las cuestiones más relevantes como la sistematización de las normas y acciones que desde diversos foros y organismos internacionales y comunitarios se han venido desarrollando en relación con esta materia.

    Asimismo, hemos prescincido de cuestiones de gran trascendencia planteadas por el comercio electrónico al sistema fiscal español, pero sobre las que todavía no existe una solución expresa y definitiva por parte de la normativa nacional, (piénsese en las controversias suscitadas por la realización de operaciones internacionales a través de la red: soberanía fiscal competente, residencia fiscal, establecimiento permanente, precios de transferencia, etc).

    Por otra parte, y en función de cuál sea la operación de comercio electrónico llevada a cabo (teletrabajo, descarga de productos digitalizados, hosting, hospedaje de páginas web, publicidad en red, acceso a sitios interactivos, portales de compra, subastas, contratos de conexión a la red, nombres de dominio, banca electrónica, etc.), el tratamiento fiscal conforme a las reglas tributarias aplicables en general será muy diverso, pero el mero enunciado de los problemas y soluciones de tales operaciones desde el punto de vista fiscal excedería en mucho los modestos márgenes de esta reseña.

    Por último, y aunque se trata de un informe carente de valor normativo, hemos considerado oportuno iniciar la presente reseña haciendo mención de una suerte de Libro blanco que constituye el fruto de un esfuerzo de los poderes públicos españoles destinado a ofrecer el cauce por donde deben discurrir las reformas parciales de nuestro sistema impositivo destinadas tanto a adaptar la normativa fiscal al comercio electrónico como a incorporar las posibilidades ofrecidas por la informática a la gestión de los tributos: el informe de la Secretaría de Estado de Hacienda sobre el Impacto del Comercio Electrónico en la Fiscalidad Española.

  2. El informe de la Secretaría de Estado de Hacienda sobre el Impacto del Comercio Electrónico en la Fiscalidad Española

    El 26 de julio de 2000 la Comisión para el Estudio del Impacto del Comercio Electrónico en la Fiscalidad Española rendía en la sede del Instituto de Estudios Fiscales al Secretario de Estado de Hacienda un Informe titulado 'Informe sobre el Impacto del Comercio Electrónico en la Fiscalidad Española', trabajo que sería presentado a la luz pública por parte de la Secretaría de Estado de Hacienda en octubre del mismo año.

    Ya en 1998 el Instituto de Estudios Fiscales, la Dirección General de Tributos y la Agencia Estatal de Administración Tributaria se había planteado la necesidad de analizar la fiscalidad del comercio electrónico, cuestión que había sido suscitada en la Unión Europea, en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y en determinados Estados miembros de esta última organización internacional.

    Ante esa situación, la Secretaría de Estado de Hacienda creó a principios de 1999 la referida Comisión para el estudio del impacto del comercio electrónico en la fiscalidad española, cuyos trabajos deberían servir además para fijar una posición española en los foros internacionales especializados donde se están examinando sus repercusiones, pudiendo, asimismo, enriquecer las otras perspectivas que inciden sobre su dinámica.

    A raíz del Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de abril de 1999, por el que se decidió la elaboración y puesta en marcha de la Iniciativa estratégica del Gobierno para el desarrollo de la sociedad de la información en España, en la cual se invitaba, implícitamente, a la Administración Pública, a analizar todas las cuestiones que le afectan como consecuencia del progreso de las tecnologías informáticas, y tras contactar con representantes de diversos Ministerios Departamentos Ministeriales, así como con diversas asociaciones públicas y privadas sobre la tributación del comercio electrónico elegidas en atención a su representatividad (Agencia de Certificación Electrónica, Asociación Española de Comercio Electrónico, Asociación de Usuarios de Internet, etc.), la Comisión celebró un total de veintiséis sesiones de trabajo, desde la primera reunión del Comité de Redacción, que se celebró el 31 de enero de 2000, hasta la aprobación final del Informe, en su reunión del 9 de mayo de 2000.

    Consta el referido Informe de nueve capítulos: en el primero de ellos se recoge la creación de la Comisión sobre la Tributación del Comercio electrónico, su metodología de trabajo y los resultados de éste; el Capítulo 2 se dedica a los aspectos socioeconómicos y jurídicos del comercio electrónico (sociedad de la información, ámbito socioeconómico del comercio electrónico, etc.). El Capítulo 3, bajo el título La fiscalidad y el Comercio electrónico: problemas y oportunidades, analiza desde una perspectiva global el marco tributario básico para el comercio electrónico en el Derecho internacional tributario y en España, así como los principios generales para la fiscalidad del comercio electrónico. Por su parte, el Capítulo 4 recoge la posición que adoptan frente al comercio electrónico la OCDE, la Unión Europea y la Organización Mundial de Comercio, así como algunos Estados que han sido pioneros en su estudio (Australia, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Países Bajos, Reino Unido y Suiza). En el Capítulo 5 se recogen las opiniones sobre la tributación del comercio electrónico de las entidades y asociaciones públicas y privadas españolas a las que antes hemos aludido; por su parte, el Capítulo 6 se dedica al análisis de la fiscalidad del comercio electrónico (determinación de la jurisdicción fiscal competente, concepto de establecimiento permanente, precios de transferencia, calificación de la renta gravable, etc.). Finalmente, dedica el Informe su Capítulo 7 al análisis del comercio electrónico en el ámbito de Aduanas, con un estudio de la fiscalidad aduanera de las transacciones comerciales internacionales y de las actuaciones calificadas como de contrabando, mientras que en el Capítulo 8, bajo el título Comercio electrónico y Administración Tributaria, se abordan los efectos del comercio electrónico sobre la gestión de los tributos, tanto desde el punto de vista del control, como desde la perspectiva de la utilización en la gestión tributaria de las posibilidades que ofrece la transmisión electrónica de datos en Red, y en el Capítulo 9 se recogen las diversas recomendaciones formuladas por la Comisión, propuestas que califica la propia Comisión en cinco categorías, a saber: a) propuestas para fijar la posición española en organizaciones internacionales, b) propuestas de modificación de normas fiscales, c) recomendaciones para la Administración Tributaria española, d) recomendaciones para otras Administraciones Públicas españolas, y e) otras recomendaciones.

  3. Deducciones fiscales para el fomento de nuevas tecnologías (I): el IRPF y el Impuesto de Sociedades

    Son muchas las cuestiones suscitadas por el comercio electrónico a las que está tratando de dar respuesta la normativa sobre la imposición directa en España (IRPF, IS, IRNR, IP, IAE...

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