De la Informática Jurídica y el Derecho Informático, al Derecho Informático, Telemático y del Ciberespacio.

AutorMarcelo Bauza R.
CargoAbogado Asesor en temas de Derecho & Informática. Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Profesor de Informatica Jurídica de la Universidad de la República, Director del CINADE (Centro de Investigaciones en Informática Aplicada al Derecho, Facultad de Derecho de la UR).

1. LA DINÁMICA Y RENOVACIÓN DE UNA DISCIPLINA JURÍDICA

La expositora central, Mtra. Marcia Muñoz de Alba, nos presentó su análisis sobre “regulación jurídica de la informática y las telecomunicaciones”, indicando –entre otros aspectos destacables- algunas propuestas de índole programática para la hora más actual de nuestras disciplinas.

Nos dice, por ejemplo, que ya debemos pasar a un lado -en cierto modo- el Derecho Informático, y entrar de lleno a un Derecho de la Comunicación Telemática. Asimismo que, en cuanto a contenidos de información, es preciso determinar derechos y obligaciones de los sujetos en la sociedad. Y culmina con una desafiante afirmación prospectiva, en cuanto a que el Derecho Telemático terminará por constituirse en fuente formal de todas las ramas jurídicas en el futuro.

De nuestra parte, y en afán contributivo a esta interesante línea de reflexiones, comenzamos por interrogarnos acerca de cómo abordar la multiplicidad de objetos de ambas disciplinas (Informática Jurídica y Derecho Informático), en forma dinámica y acompasada a los tiempos que corren. Una multiplicidad que para algunos puede aparecer como sinónimo de inorganicidad y carencia sistemática, pero que en realidad posee aún en su diversidad un orden conjuntivo.

2. UN PLAN DE ESTUDIOS SISTEMÁTICO

El estudioso del Derecho se debe al esfuerzo cognoscitivo con la mayor profundidad y rigor que esté a su alcance y condiciones. La visión sistemática de los objetos de conocimiento, por más que se ubique en ámbitos generalistas muchas veces despreciados en la vorágine y complejidad actual de nuestras materias, sigue siendo necesaria y enriquecedora.

Se impone, entonces, una rápida visión planificadora y de contenidos respecto de la Informática Jurídica y el Derecho Informático, sobre todo en torno a las líneas directrices o sillares de ambas disciplinas, denominadas en sentido amplio “Informática Jurídica”. En otras palabras, ¿qué es lo que se debe estudiar y saber en torno a estos campos del conocimiento?

Nuestra propuesta es dividir el ancho espacio disciplinario que tenemos entre manos en cuatro (4) grandes sectores, cada uno de los cuales merecerá una cuota de breve análisis, y a veces desagregación, en los parágrafos siguientes al presente.

Los cuatro sectores sobre los que cabe posar la atención de estudio e investigación con total pertinencia a nuestro espacio disciplinario, son pues los siguientes:

A = La sociedad de la información

B = El mundo de los valores en la sociedad de la información

C = La aplicación del instrumento al terreno jurídico

D = El Derecho de las tecnologías de la información y la comunicación.

3. LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN (Sector “A”)

La revolución informática y sus proyecciones socio-económicas se vienen produciendo desde la temprana época en que apareció la Informática, o sea durante la década del 40. En la hora actual, esta pequeña constatación nos provoca un par de reflexiones inescindibles una de otra:

  1. ) No debemos perder el hilo histórico de los asuntos involucrados en esta revolución, so pena de no poder comprender el proceso en su conjunto.

  2. ) Al mismo tiempo es imperioso atrapar continuamente la realidad de la hora más actual, que en este momento están signados por los fenómenos de globalización, nueva economía, red telemática universal, etc.

    Debemos, pues y como elemento de estudio irrenunciable en nuestro espacio, captar los componentes sociales, económicos, tecnológicos y políticos del fenómeno cuya regulación y práctica propugnamos. Al respecto de los dos últimos factores reseñados, haremos también un par de reflexiones:

  3. ) No se puede comprender y hacer Informática & Derecho sin un cierto nivel de comprensión de la tecnología, cuanto más a fondo mejor (aunque no creo que sea causal inhabilitante, según algunos piensan hoy en día, el hecho de no poseer una formación regular y profunda en el campo técnico para abordar la dimensión jurídica del fenómeno).

  4. ) No se deben desdeñar, y por el contrario sí impulsar desde nuestro espacio, la comprensión y puesta en práctica de “políticas informáticas”, las cuales deberían ir muy unidas a otro tipo de postulados para la acción pública como son las “políticas de información”. Estas últimas serán –en definitiva- las que reivindiquen el rostro humano y servicial de la tecnología. Renunciar a ellas en aras de un vacuo modernismo desarrollista, implica...

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