El diseño industrial comunitario

AutorMaica Trabanco Quintanal
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

En el presente y en los sucesivos trabajos me propongo presentar los aspectos más relevantes de la regulación del diseño industrial, comenzando en éste con la perspectiva del Reglamento comunitario de 2001 En próximos Boletines se tratará de la Directiva de 1998 y la nueva Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial (BOE de 8 de julio de 2003).

La última versión de la primera propuesta de regulación a nivel europeo de los dibujos y modelos industriales se contenía en el Reglamento para el diseño comunitario de 1 de agosto de 1991. El debate se prolongó a lo largo de los años hasta que el sistema de diseño industrial comunitario quedó establecido definitivamente por el Reglamento 6/2002 de 12 de diciembre de 2001 sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios. Se trata, en definitiva, de crear un título de propiedad industrial único y válido para todos los países miembros de la Unión Europea. El Organismo comunitario encargado de la tramitación y registro de los modelos y dibujos es la OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior) creada por Reglamento de 20 de diciembre de 1993, con sede en Alicante, y con competencia para registrar las marcas y los dibujos y modelos a escala europea con el fin de crear un marco jurídico de protección uniforme.

En nuestro país, la regulación de los diseños y dibujos industriales se regía hasta hace apenas unos días, por las normas del Estatuto de la Propiedad Industrial, aprobado por Real-Decreto Ley de 26 de julio de 1929, relativas a modelos, dibujos industriales y modelos y dibujos artísticos de aplicación industrial. La nueva Ley 20/2003 de Protección Jurídica del Diseño Industrial recientemente publicada supone la tan ansiada trasposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 98/71 de 13 de octubre de 1998 sobre la Protección Jurídica de los Dibujos y Modelos. Nuevamente, España se ha retrasado considerablemente (casi dos años) en orden a la transposición de una Directiva comunitaria, puesto que el plazo para ello expiraba el 28 de octubre de 2001

La OAMI puede recibir solicitudes de registro de modelos y dibujos industriales desde enero de 2003. Los aspectos más relevantes del sistema instaurado son los siguientes:

(1) Las formas de protección establecidas son dos, la protección a corto plazo del dibujo o modelo no registrado (se protegerá durante el plazo de tres años a partir de la fecha en que el dibujo o modelo sea hecho público por primera vez dentro de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR