Individualización de rentas de capital mobiliario y ganancias patrimoniales. contratos privados modificativos de la atribución de rentas.

AutorMiguel Gil del Campo
PáginasInspector de Hacienda del Estado. Licenciado en Derecho y Master en Cooperación al Desarrollo

Varios contribuyentes vinculados familiarmente pactan que determinados valores mobiliarios y fondos de inversiÛn, cuya titularidad corresponde a varios familiares, sean declarados fiscalmente por uno sÛlo de ellos.

La DGT nos recuerda que el artÌculo 36 de la Ley General Tributaria prohÌbe que se altere la posiciÛn de sujeto pasivo por virtud de pactos o convenios de los particulares.

Tanto en el Impuesto sobre el Patrimonio como en el IRPF tales valores mobiliarios o fondos de inversiÛn (o los rendimientos o ganancias que produzcan) deben ser declarados por quien sea titular de los mismos de acuerdo con las normas civiles, en particular, de acuerdo con las normas reguladoras del rÈgimen econÛmico matrimonial.

Por tanto, son sus titulares los que deben declarar esos rendimientos. El pacto familiar solo surtir· efectos en el ·mbito privado, no en el...

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