Índice de bibliografía

AutorBeatriz Verdera Izquierdo
Cargo del AutorProf. Titular de Derecho Civil Universidad de Islas Baleares
Páginas139-153

Page 139

AA.VV., Comentarios a las Leyes Políticas, Constitución Española de 1978, Tomo I, Preámbulo y artículos 1 a 9, dirigidos por Oscar Alzaga Villamil, Revista de Derecho Privado, Madrid, 1983.

- Comentarios a la Constitución. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 1993.

- La calidad de las leyes, coordinada por Fernando Sainz Moreno y Juan Carlos Da Silva Ochoa, editada por el Parlamento Vasco, Colección de Informes y Documentos, Vitoria, 1989.

- Jornadas de estudio sobre el Título Preliminar de la Constitución, volumen V, Ministerio de Justicia, Secretaría General Técnica, Centro de Publicaciones, Madrid, 1988.

ACEDO, Jesús, «Retroactividad de las leyes», Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, 1958, n.º 358-359, p. 214.

AGUILÓ REGLA, Joseph, «Derogación, rechazo y sistema jurídico», Doxa, 11, 1992, p. 263.

ALBACAR, José Luis y MARTÍN GRANIZO, Mariano, Comentarios al Código Civil, Trivium, Madrid, 1997.

ALBALADEJO GARCÍA, Manuel, Derecho Civil. Introducción y parte general. V. I., Edisofer, Madrid, 2004, 15.ª ed.

- Instituciones de Derecho Civil, I, Bosch, Barcelona, 1975.Page 140

ALVARADO, Juan, «Problemas transitorios del Código Civil», Rev. General de Legislación y Jurisprudencia, T. 84, 1894, p. 264.

ANZILLOTTI, Dionisio, «La questione della retroattività delle regole di Diritto internazionale privato», Riviste diritto internazionale, 1907, II, p. 120.

ARECO, Juan Segundo, La irretroactividad de la ley y los contratos sucesivos, Buenos Aires, 1948.

ARÉVALO GUTIÉRREZ, Alfonso, «La entrada en vigor y el régimen transitorio», Documentación Administrativa, n.º 254-255, mayo-diciembre 1999, p. 417.

AUBRY, Charles y RAU, C., Cours de Droit civil français, I, Sirey, París, 1936. BACH, E. L., «Contribution à l'étude du problème de l'application des lois dans le temps», Revue trimestrielle de droit civil, 1969, p. 405.

BARBERO, Domenico, Sistema de Derecho Privado, I, EJEA, Buenos Aires, 1967, traducción de Santiago Sentís Melendo.

BATTAGLINI, «Sulla ultrattivitá delle leggi temporanee el eccezionali», Giust. Pen., 1931, vol. I, p. 244.

BAUDRY-LACANTINERIE, Gabriel, Traité théorique et pratique de droit civil, vol. I, Sirey, París, 1906.

BIANCHI, Francesco Saverio, Codice Civile italiano. Principi generali sulle leggi, Unione Tipografica Editrice, Turín, 1888.

BONET RAMÓN, Francisco, Compendio de Derecho Civil, I, Revista de Derecho Privado, Madrid, 1959.

BONNECASE, Julien, «Supplement», Revue trimestrielle de droit civil, T. II, p. 21. BORDA, Guillermo A., Retroactividad de la ley y derechos adquiridos, Casa editora Emilio Perrot, Buenos Aires, 1951.

CABANILLAS GALLAS, Pío, «Consideraciones generales sobre los principios generales del derecho», Discurso de recepción en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Madrid, 1976.

CALVO GARCÍA, Manuel, «Los límites de la seguridad: principios jurídicos y certeza del derecho», en Jornadas de estudio sobre el Título preliminar de la Constitución, Ministerio de Justicia, Secretaría General Técnica, Servicio de publicaciones, Madrid, 1988, vol. V, p. 3089.

CAMMEO, Federico, Corso di diritto amministrativo, Cedam, Padua. 1960.Page 141

CAMPOS DE LOS REYES, Felipe, Estudio del sistema transitorio planteado por el Código Civil Español, Imprenta de José López Guevara, Granada, 1894.

CANCIO FERNÁNDEZ, Raúl C., «La irretroactividad de las normas procesales a propósito del recurso de súplica previo a la impugnación de autos: nuevo enfoque doctrinal a partir del Auto del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2004», Justicia administrativa: Revista de derecho administrativo, n.º 28, 2005, p. 5.

CAPILLA RONCERO, Francisco, voz: «Retroactividad», Enciclopedia Jurídica Básica, Tomo IV, Civitas, Madrid, 1995, p. 5985.

CARBONNIER, Jean, Curso de Derecho Civil, I, Bosch, Barcelona, 1971, trad. de José M. Zorilla Ruiz.

CASTÁN TOBEÑAS, José, Derecho civil español, común y foral: Introducción y parte general, I, Reus, Madrid, 1988, 12.ª ed.

CASTILLO BLANCO, Federico A., «El principio de seguridad jurídica: especial referencia a la certeza en la creación del Derecho», Documentación administrativa, n.º 263-264, 2003.

CAVAGLIERI, Arrigo, Diritto internazionale privato e diritto transitorio, Fratelli Drucker, Verona, 1904.

- La nozione del Diritti acquisiti nel Diritto Internazionale privato, Roma, 1913.

- «La teoría dei Diritti acquisiti in sui resentí opere», Archivio Giuridico, LXXV, p. 113. CAZORLA PRIETO, Luis María, Codificación contemporánea y técnica legislativa, Aranzadi, Pamplona, 1999.

COCA PAYERAS, Miguel, «Comentario al artículo 2.3. Código Civil», en Comentarios al Código Civil y Compilaciones Forales, Edersa, Madrid, 1992, p. 487.

COLIN, Ambrosio et CAPITANT, H., Curso elemental de derecho civil, T. I, Reus, Madrid, 1975, traducción a la 2.ª ed. francesa por la redacción de la Rev. General de Legislación y Jurisprudencia, con notas sobre derecho civil español por Demófilo de Buen.

CORDÓN MORENO, Faustino, «Comentario al artículo 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil», en Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento Civil, Volumen I, Aranzadi, Navarra, 2001.

COVIELLO, Nicolás, Doctrina General del derecho civil, Uteha, México, 1949.

- Manuale de Diritto Civile Italiano, I, Uteha, México, 1924.Page 142

CUERDA RIEZU, Antonio, «La aplicación retroactiva de las leyes favorables y el principio de legalidad en clave constitucional», en La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su 50 aniversario, Bosch, Barcelona, 1998.

CHABOT DE L'ALLIER, Georges Antoione, Questions transitoires sur le Code Napoleon, relatives à son autorité sur les actes et les droits antérieurs à sa promulgation, Garnery, París, 1829, 2.ª ed., 3 vol.

CHICO ORTIZ, José María, «Proyecciones de la seguridad jurídica», La Ley 1984-3, p. 919.

CHIRONI, Gian Pietro y ABELLO, Luigi, Della non retroattività delle legge in materia civile, Siena, 1885.

- Trattato di Diritto civile italiano, I, Frateli Bocci, Turín, 1904. DE AZURZA Y OSCOZ, Pedro Jesús, «Sobre la naturaleza y disponibilidad de la posición del reservatario», Rev. General de Legislación y Jurisprudencia, T. 180, 1946, p. 109.

DE BUEN, Demófilo, Introducción al estudio del derecho civil, Porrúa, México, 1977, 2.ª ed.

DE CASTRO Y BRAVO, Federico, Compendio de derecho civil, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1970, 5.ª ed.

- Derecho civil de España, Civitas, Madrid, ediciones de 1942 y 1991.

- «La relación jurídica de Derecho Internacional Privado», Rev. Jurídica Universidad de Barcelona, 1933, p. 453.

- «Derecho transitorio: el sistema del efecto inmediato de la ley», Anuario Derecho Civil, 1961, p. 731.

DE COSSÍO Y CORRAL, Alfonso, Instituciones de Derecho Civil, T.I, Parte General, obligaciones y contratos, Civitas, Madrid, 1988.

DE HINOJOSA Y FERRER, Juan, Concepto de los derechos adquiridos y de los intereses creados: ¿Hasta que punto deben ser tenidos en cuenta por el legislador, Jaime Ratés, Madrid, 1919.

DE LA PLAZA NAVARRO, Manuel, «Justicia y Seguridad», Anuario Derecho Civil, 1956, p. 771.

DE LA VEGA BENAYAS, Carlos, Teoría, aplicación y eficacia de las normas en el Código Civil, Civitas, Madrid, 1976.Page 143

DE LA OLIVA SANTOS, Andrés, y otros, Derecho procesal, Introducción, Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 2004, 3.ª ed.

DE LINARES DÍEZ, Mariano, Derecho civil transitorio, Imprenta de Agapito Díez y Compañía, Burgos, 1896.

DEMOLOMBE, Charles, Cours de code Napoleón, I, Aguste Durand & Pedone Lauriel, París, 1845.

DE OTTO Y PARDO, Ignacio, Derecho Constitucional. Sistema de fuentes, Ariel...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR