Real Decreto 256/2013, de 12 de abril, por el que se incorporan a la normativa de las entidades de crédito los criterios de la Autoridad Bancaria Europea de 22 de noviembre de 2012, sobre la evaluación de la adecuación de los miembros del órgano de administración y de los titulares de funciones clave

AutorJavier Arias
Páginas21-22

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El presente Real Decreto tiene por objeto la adaptación del derecho español. A las recomendaciones de la Autoridad Bancaria Europea en materia de honorabilidad, experiencia y buen gobierno de las entidades de crédito y otras entidades financieras. Se enmarca, por tanto, dentro de las distintas medidas de actuación para potenciar en buen gobierno corporativo, en este caso dentro de la actividad financiera. En general, es clara la intención del legislador: reforzar las exigencias de consejeros y directivos de estas entidades para asegurar su mejor gobierno. Se procede, con ese objetivo, a introducir ciertas modificaciones en una serie de normas (fundamentalmente el Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito; el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito aprobado por el Real Decreto 84/1993, de 22 de enero y el Real Decreto 692/1996, de 26 de abril, sobre el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito). Por su propia función, la norma extiende sus efectos a bancos, cajas de ahorro, conglomerados financieros, sociedades de tasación, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y de dinero electrónico.

Las novedades más importantes se introducen en el régimen aplicable a los requisitos para ejercer este tipo de actividades, en particular los que se refieren a la honorabilidad de los miembros del consejo de administración, directores generales o asimilados y responsables de funciones de control interno u otros puestos clave para el desarrollo diario de la actividad de la entidad. A tal efecto, el Real Decreto introduce reformas en la normativa reguladora de las entidades afectadas que delimitan con un mayor grado de detalle los elementos de valoración de la honorabilidad de los citados sujetos. De modo similar, la nueva regulación contempla más cuidadosamente los elementos de juicio para determinar si los miembros del consejo de administración, directores generales o asimilados y otros empleados que sean responsables de las funciones de control interno u ocupen puestos clave para el desarrollo diario de la actividad de la entidad poseen los conocimientos y experiencia...

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