Incorporación al derecho español de la Directiva 98/44/CE.

AutorRedacción
CargoPatentes de genes y líneas celulares humanas

Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, para la incorporación al derecho español de la Directiva 98/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas.

Presentado el 18 de Diciembre de 2000, calificado el 19 de Diciembre de 2000.

Organizaciones ecologistas mostraron su negativa al proyecto de Ley presentado por el Gobierno y que de ser aprobado permitiría que se puedan patentar seres vivos, incluyendo genes y líneas celulares humanas.

El Proyecto modificaría la actual Ley de Patentes de 1986, respecto de la patentabilidad de seres vivos. Actualmente la ley otorga derechos monopolísticos de propiedad intelectual sobre elementos inanimados, pero no sobre seres vivos.

Las Asociaciones y Organizaciones ecologistas critican severamente el hecho de que se suprima el consentimiento previo informado de los ¿donantes¿ humanos de genes o células que se pretendan patentar.

Dicho Proyecto incorporaría al Derecho español la Directiva 98/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas con lo que las patentes españolas se homologan con la del resto de los países de la Unión Europea.

La Comisión de Ciencia y Tecnología del Congreso de los Diputados se encuentra debatiendo el proyecto de ley sobre patentes sobre la vida.

Dicha Directiva ha sido recurrida por Holanda, Italia y Luxemburgo por considerarla incompatible con tratados internacionales como el Convenio de Diversidad Biológica. Por esta misma razón, Alemania, Bélgica y Francia, instadas por sus respectivos parlamentos, han anunciado su intención de solicitar la renegociación de la Directiva.

Según la nota hecha pública por el Gobierno, la ley no regulará la biotecnología, sino las invenciones biotecnológicas. ¿La concesión de una patente no da, por sí mismo, derecho alguno a explotar la invención patentada, sino sólo a impedir que lo hagan otros¿.

El texto preparado por el Gobierno prohibirá determinadas invenciones tecnológicas como la patente del cuerpo humano, las que sean contrarias al orden público y a la moralidad; los procedimientos de clonación de seres humanos; los de modificación de la identidad genética germinal del ser humano; las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales; los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que...

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