Incidencia de la legislación del suelo en las declaraciones de obra nueva

AutorJuan Carlos Martínez Ortega
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Abogado. Oficial de Notaría
Páginas92-94

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Sin duda alguna, como ha quedado evidenciado en el epígrafe anterior cada Ley del Suelo y normas complementarias en la materia han conseguido reforzar los controles jurídicos y técnicos relativos a la declaración de obra nueva, pasando de unas tímidas y escasas medidas urbanísticas hasta conseguir una completa y reforzada regulación.

En la Ley de 1956 se exigía a los Notarios y Registradores simplemente que para autorizar e inscribir escrituras de división de terrenos solicitasen la licencia oportuna que había que testimoniar en el documento, e indicar en los casos que fuese preciso la condición de "indivisibles" de ciertos terrenos.

Más de treinta años después, la Ley de 1990 consiguió ser un revulsivo en la normativa urbanística española, dejando atrás el simple concepto de la accesión de lo edificado al suelo sobre el que se levantaba. La nueva regulación impone a todas las declaraciones de obra nueva la preceptiva autorización administrativa y además, introdujo una notable novedad, la introducción en el control de un técnico (Arquitecto) que certificase que la descripción dada en la escritura se correspondía con el proyecto para el que se obtuvo la licencia, buscando la coordinación registral con la realidad física de la edificación, minimizando los riesgos de declaración de construcciones que no se ajustasen a la legalidad urbanística.

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Fue en el año 1992, cuando el Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, aprobó el Texto refundido de la Ley promulgada dos años antes. Esta Ley se vio salpicada por muchos recursos interpuestos por los distintos Parlamentos autonómicos ya que invadía competencias territoriales y, como consecuencia de ello, el Tribunal Constitucional en el año 1997 declaró inconstitucional gran parte del contenido de dicha Ley.

En el año 1997 se dictó el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que ha significado un texto de tremendo calado en la actuación notarial y registral, especialmente en lo concerniente a la escritura de obra nueva104, tratando sistemática y pormenorizadamente todos los detalles jurídicos que debía recoger, estableciendo controles y requisitos tasados que ambos profesionales deben preservar en su actuación funcionarial.

Un año después, en 1998, la Ley sobre régimen del suelo y valoraciones tras el fiasco de la Sentencia del Tribunal Supremo trató de sentar las bases urbanísticas para el futuro tratando de establecer normas que garantizasen la igualdad esencial en toda...

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