Inacción, intervención o regulación: una aproximación a la crisis económica de 2008 desde la perspectiva del derecho administrativo

AutorAntonio J. Alonso Timón
CargoReal Centro Universitario «Escorial-María Cristina» San Lorenzo del Escorial
Páginas41-60

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I Introducción

Pues aquí seguimos, instalados en la madre de todas las crisis. Diciembre de 2008 y sin atar una escoba. 1Ha pasado la cumbre de Washington y ni el capitalismo se ha refundado, ni las bolsas, verdaderos mercados a los que las diferentes reuniones y cumbres de los líderes mundiales tratan de hacer guiños, se han creído nada de la pantomima organizada en torno a esa crisis, ni los ciudadanos ven resueltos sus problemas cotidianos. Se anuncian nuevos encuentros al más alto nivel para el mes de abril de 2009 en Londres, pero; ¿alguien sabe para qué?

Hay varias preguntas que al inicio de este trabajo no me resisto a formular y que, en la medida de lo posible intentaré contestar a lo largo del mismo. Son las siguientes:

  1. Desde el punto de vista del sector público, ¿cómo hemos llegado a un grado de deterioro tan importante de unas economías públicas, como por ejemplo la española, que en tan sólo doce meses, los que van desde diciembre de 2007 a diciembre de 2008, ha pasado de tener un superávit histórico en las cuentas públicas a un déficit histérico?

  2. Desde el punto de vista del sector privado, ¿cómo hemos llegado a una situación caótica de las empresas, grandes, medianas y pequeñas, que han visto reducidos sus ingresos con riesgo cierto de desaparición incluso de las más grandes y, otrora, más fiables llegando a poner en peligro la propia supervivencia del sistema financiero mundial y, con ello, de nuestro propio modelo de convivencia?

  3. ¿Están haciendo los líderes mundiales lo suficiente para paliar los efectos de la crisis? ¿Saben, en realidad, lo que están haciendo?

  4. ¿Debemos ir hacia un nuevo modelo de Estado? ¿Qué debemos cambiar para aprender la lección para el futuro?

  5. Por último, la cuestión central: ¿Qué papel ha jugado, juega y debe jugar en el futuro el Derecho administrativo en los Estados del siglo XXI? Page 42

Podríamos seguir formulando preguntas hasta casi el infinito porque son muchas todavía las incógnitas por despejar y las herramientas por descubrir. Muchas son las incertidumbres que nos azotan en estos días, pero algunas son las certezas que se nos muestran de manera irrefutable. Y una de ellas es que sabemos muy poco, todavía, a día de hoy, del funcionamiento de los mercados, presididos por una constante evolución y cambio que va por delante de la regulación y ordenación que de los mismos pueden efectuar los poderes públicos.

Aunque pueda parecer que las cuatro primeras preguntas planteadas deben importar relativamente poco a un administrativista por ser otras las disciplinas encargadas de despejar dichas incógnitas nada está más lejos de la realidad. Es esencial descubrir las claves del funcionamiento económico de nuestros días, que poco tiene que ver con el de tiempos pasados, para poder dar una respuesta fiable y eficaz desde los poderes públicos con el objetivo de favorecer la transparencia de los mercados y la claridad de las reglas del juego. Pero, eso no es nada sencillo. Parafraseando al Catedrático de Economía aplicada de la Universidad Autónoma de Barcelona, Germá Bel, de cuya Conferencia tuvimos hace pocos días el placer de disfrutar los miembros del Grupo de Investigación sobre Sectores Económicos Regulados (GISER), que dirige el Profesor Santamaría Pastor, es más fácil producir que regular. Regular por regular es relativamente sencillo. Ahora, ¡qué difícil es regular bien! Que se lo pregunten al sector eléctrico, envuelto en los últimos años en la vorágine regulatoria de prueba-error de la que, todavía hoy, no ha conseguido salir.

Desde luego, el debate en torno a la regulación, el de la buena regulación, es el que con más decisión trataré de afrontar y defender en este trabajo. El problema surge de inmediato, como el perspicaz lector ya habrá advertido. Dígame usted qué es la buena regulación, se preguntarán. No les voy a contestar ahora. Aguanten hasta el final de la corrida, como diría Alberto Ruiz Ojeda, Profesor Titular de Derecho administrativo de la Universidad de Málaga, conocedor como pocos de los aspectos regulatorios de los diferentes mercados.

La cuestión que debe plantearse ya en este momento inicial es, como no puede ser de otra forma, el papel que deben jugar los poderes públicos en la Economía, nótese que se huye deliberadamente del trasnochado y caduco en nuestros días concepto de Estado, en un momento en el que su actuación queda claramente en entredicho. ¿Debemos volver al antiguo Estado de la inacción propugnado por las teorías económicas liberales de hace dos siglos que otorgan al Estado un nulo papel en materia económica? Al lausser-faire, laissez passer. Nadie querría volver a vivir en una caverna, ¿verdad? ¿Debemos por el contrario volver a aplicar las teorías más intervencionistas elaboradas por Keynes a mediados del siglo XX en el que el papel del Estado en el terreno económico debe ser mucho más activo? ¿Acaso alguien quiere volver a pagar impuestos de hasta un 90% de su sueldo para tener servicios públicos Page 43 prestados de manera deficiente? ¿Acaso el Estado puede desarrollar toda la actividad económica propugnada por la socialdemocracia europea de la segunda mitad del siglo XX sin llegar a quedar exhausto de su ineficiencia? Pobrecito Estado, esa ha sido la principal causa de su casi-desaparición. Porque, en realidad, cuando hoy en día hablamos de Estado, ¿de qué estamos hablando? De unas organizaciones que han ido perdiendo competencias por arriba (a favor de entes supranacionales) y por abajo (a favor de entes territoriales inferiores) como consecuencia de la implantación de los diferentes procesos de descentralización política en la mayoría de los países. O hablamos quizás de unas organizaciones con poderes omnímodos y cuyo principal cometido sigue siendo el mantenimiento del orden público y, por ende, que los notamos sólo en el momento en el que muestran su faz más mamporrera. No creo que esos sean los Estados de nuestros días. No creo ni siquiera que aquellos Estados del siglo pasado debieran ser homologables con las organizaciones políticas regidas por el Derecho que debiéramos tener en nuestros días y donde el proceso de toma de decisiones surge de la interacción continua de los distintos interesados. Debemos, por tanto, sustituir hoy el concepto de Estado, con todas las connotaciones peyorativas acumuladas a lo largo de su dilatada Historia, por el de gobierno o gobernanza. Todos los poderes públicos en la actualidad deben ejercer sus competencias dentro de este modelo de gobernanza, superando los traumáticos procesos de toma de decisiones que se producían en el seno de los Estados de soberanía absoluta del siglo XIX y gran parte del siglo XX.

Y es aquí donde entra en juego el nuevo papel que deben cumplir los poderes públicos en la economía, que no es otro que el de la buena regulación, el de establecer reglas del juego claras y transparentes conocidas de antemano por todos los operadores jurídicos y rectificar a tiempo anticipándose a los problemas cuando la regulación no se ha llevado a cabo bien antes de que nos coja la tormenta. No es tarea fácil la de diseñar los instrumentos de corrección necesarios para arreglar o paliar adversidades de la regulación. Pero nadie ha dicho que fuera fácil. Ni que la regulación sea siempre perfecta. No obstante, mucho mejor que la inacción y que la intervención se ha revelado que es, con todas las imperfecciones observadas en los últimos tiempos, imperfecciones, dicho sea de paso, más achacables a la mala intervención que los poderes públicos todavía hoy llevan a cabo en algunos mercados, véase el caso de los mercados financieros.

Puesto sobre la mesa el debate que a continuación se librará, permítaseme finalizar esta introducción advirtiendo al lector del tono distendido e informal con el que se pretende escribir este trabajo, fruto de unas reflexiones propias sobre un tema de mucha actualidad en modo alguno cerrado y reflejado en un contexto, el del Anuario Jurídico-Económico Escurialense, donde me siento a gusto y libre para permitirme estas licencias por obra y gracia de la generosidad de la Orden Agustiniana. Page 44

II Lo que nos enseña el siglo XIX

El siglo XIX nos enseña a convivir con el principio de legalidad. Es la articulación teórica de ese principio y su aplicación práctica la que más destaca durante ese período. De hecho, los esfuerzos del entonces recientemente creado Estado de Derecho por someterse a unas reglas conocidas de antemano como reacción a la arbitrariedad en el ejercicio del poder que caracterizaba al Estado absoluto desatienden otros objetivos que no sean el sometimiento de éste a normas de general aplicación para los otrora súbditos y ahora ciudadanos que consigan un trato igual a todos ellos.

Pero si desde el punto de vista jurídico, el que se acaba de señalar es el hito más destacable de esa centuria, desde el punto de vista económico el siglo XIX nos enseña cosas verdaderamente relevantes. De hecho, es a finales de esa centuria cuando el Estado comienza, de una manera muy tímida todavía, a entrar en el terreno económico a través de técnicas que todavía nos sirven hoy, como entonces, para solucionar los problemas que no sabemos muy bien cómo solucionar.

Es verdaderamente sorprendente comprobar las similitudes que se dan entre la etapa de finales del siglo XIX y la de finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI, es decir, la actual, a la hora de abordar los problemas de financiación de los Estados...

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