Contra la impunidad ideológica del terrorismo: sus raices doctrinales

AutorAgata Serranò
Cargo del AutorLicenciada suma cum laude en Ciencias Políticas por la Universitá della Calabria (Italia)
Páginas8-27

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En este capítulo trataremos de descubrir las raíces ideológicas de tres formas de terrorismo: el terrorismo islamista, el terrorismo de extrema izquierda y el terrorismo de extrema derecha. El examen de las raíces conceptuales de la violencia islamista nos llevará a identificar la presencia de un núcleo duro de creencias extremistas y totalitarias, que ha dado vida a lo que, hoy en día, es el terrorismo yihadista: un fenómeno violento que se ha desarrollado gracias a factores políticos, religiosos y culturales y se ha difundido en diferentes regiones del mundo y es perpetrado por colectivos en los que prevalece una prominente subcultura de la violencia. Asimismo, en cuanto a las raíces del terrorismo de extrema izquierda y extrema derecha, nos remontaremos a la clásica dicotomía derecha-izquierda, que sigue siendo un parámetro válido y actual a la hora de estudiar fenómenos políticos y criminales como el terrorismo.

1.1. El terrorismo islamista: desde al qaeda en Irak al estado islámico

Aunque toda forma de terrorismo adopta la misma lógica totalitaria basada en la tentativa de legitimación de terribles violaciones de los derechos humanos, las raíces conceptuales en las que se sustenta el terrorismo islamista parecen ser mucho más complejas que las ideologías extremistas de izquierdas y de derecha en las que se sustentaron los terrorismos que Europa ha padecido durante el siglo XX.

En el siglo XXI, lo que está empujando a extremistas de diferentes partes del mundo a cumplir indiscriminadamente terribles atentados contra la vida humana de millares de personas es un credo, cuyas raíces conceptuales encuentran sus bases en un sólido entramado de extremismo político, interpretaciones belicosas de las sagradas escrituras musulmanas, y una subcultura que exalta la violencia, el fanatismo y el conflicto.

Conscientes de que es necesario conocer a fondo el fenómeno terrorista para poder crear medidas legales que lo combatan, en las páginas siguientes nos remontaremos a la 'teoría de la justicia'

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en la que se sustenta el terrorismo islamista1. Entendemos por 'teoría de la justicia' el conjunto de creencias, valores, percepciones, costumbres que llevan al grupo terrorista a justificar sus actividades y sus acciones y a considerarlas como debidas y justas, aunque democráticamente sean horribles violaciones de los derechos humanos y tremendas injusticias.

La 'teoría de la justicia' que defiende generalmente un grupo terrorista, prescindiendo de su orientación ideológica, está basada en una lógica dicotómica y de contraposición según la que los únicos actores existentes en la sociedad son los amigos (los terroristas y su entorno) y los enemigos (todos los demás), entre los cuales hay relaciones conflictivas y violentas. La naturaleza radical y absoluta del pensamiento terrorista considera el ejercicio de la violencia como necesario y justo para la sobrevivencia de la misma organización que la perpetua. La relación del grupo terrorista con la sociedad y con el otro está basada en una visión "amigo-enemigo"2, según la cual para vencer a los enemigos se tiene que destruir el sistema político existente, trasformar la realidad a través del terror.

Tales grupos recurren a la violencia política terrorista porque la entienden como única vía de resolución de un conflicto (real o percibido) para conseguir un cambio político, alterar la distribución del poder, de las instituciones, de la comunidad política y de sus valores (a nivel nacional o internacional), por vías no-democráticas.

En la mayoría de los casos, el grupo terrorista, no se siente aceptado por la sociedad y por el poder democrático, concibe a estos últimos como enemigos y, según su fanatismo ideológico, recurre a la violencia política para obtener el cumplimiento de sus intereses y reivindicaciones. El grupo se siente ofendido y se percibe como un conjunto de víctimas sometidas y humilladas por la mayoría. Y desde esta humillación pueden nacer sentimientos de venganza como respuesta a una ofensa colectiva que el grupo terrorista estima (real o ficticiamente) haber recibido3. Estos estados emocionales como la rabia, el rencor, la humillación, la ofensa, si son vividos por el grupo terroristas en los casos de cambios macro estructurales de la sociedad, pueden ser "percibidas como violaciones de su estándares interiorizados de justicia"4 y generar una respuesta violenta.

Para analizar más en concreto la dinámica del pensamiento de la violencia terrorista islamista, destacaremos, a continuación, lo que puede ser percibido como ofensa o amenaza, lo que hemos llamado anteriormente sentimientos, creencias, valores del grupo, que en una palabra podemos catalogar como su ideología.

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1.1.1. El terrorismo islamista: el significado de gihad desde el Corán a los comunicados de Al Qaeda

La "teoría de la justicia" en la que intenta legitimarse este tipo de terrorismo encuentra sus raíces conceptuales en el concepto de gihad, contenido en los textos sagrados islámicos. Los grupos terroristas yihadistas falsean el contenido de los textos sagrados y distorsionan el concepto de gihad, cuyo uso ha llegado a ser un arma doctrinal con la que pretenden legitimar sus crímenes brutales. Para ellos el gihad es una guerra santa obligatoria que tiene que ser dirigida contra un enemigo que identifican muy a menudo con el Occidente y su sistema de valores y con las clases políticas musulmanas de su propio Estado5.

Por estas razones, creemos oportuno aproximarnos al significado sagrado de gihad en las fuentes islámicas e intentar recorrer el camino durante el cual su significado llega a constituir una legitimación de la violencia terrorista.

W-J (Gihad) en árabe significa "esfuerzo" y su transliteración al español nos puede llevar a gihad (fi sabil Allah), que significa "esfuerzo en el camino de Allah"6 y algtihad, palabra que tiene la misma raíz trilítera árabe , que es, en cambio, el esfuerzo intelectual de interpretación del derecho de las fuentes jurídicas islámicas7.

Gihad (fi sabil Allah): es el esfuerzo en el camino de Allah "contra a quienes combaten a los musulmanes"8 es un deber que tiene dos facetas en la vida de cada musulmán; ello puede ser individual y colectivo y al mismo tiempo mayor, entendido como esfuerzo del alma, y menor, entendido como esfuerzo del cuerpo9.

Gihad como esfuerzo del cuerpo significa no caer en las tentaciones y en el pecado y seguir interiormente el camino de Allah, respetando los cinco pilares del Islam10. De hecho, el gihad, según

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el Corán se puede combatir con el corazón11, a través de una purificación del propio corazón contra cada pecado, con la lengua, propagando la ley islámica mediante la predicación de lo justo, con la mano, empeñándose en la corrección y en la punición del pecado mediante las acciones justas, y con la espada, para someter a los infieles12.

Gihád como esfuerzo del alma, deber de toda la Umma, comunidad de los creyentes, es difundir la palabra de Allah lo más posible, si es necesario también con la guerra, y al mismo tiempo defender el dar al - islam, la morada del Islam, que está constituida por el conjunto de los países en los que rige la Sana13 y que están sujetos a los principios musulmanes. La guerra santa14 tiene, en buena medida, dos fines principales: ella es defensiva para proteger la morada del Islam de los que la invaden, y ofensiva15 para extender los confines del Islam16, y para someter a la autoridad del Islam17 a los infieles que componen el resto de la tierra (dar al - harb), morada o territorio de la guerra. Atacar y defender son esfuerzos en el camino de Allah y pueden asumir18 carácter colectivo19 (fard al - kifaya) e individual20. En ese sentido, la guerra santa es un acto de devoción pura y la puerta para el paraíso21, cumplido por toda la Umma, un conjunto de hermanos en la fe, de cualquier raza y condición, iguales ante Allah.

Igtihád: es el esfuerzo intelectual de interpretación del derecho de las fuentes jurídicas islámicas. El igtihád, a partir del siglo VI, fue considerado un "esfuerzo" en el análisis de las fuentes bien documentado, independiente y esencial realizado por un experto, el mugtahid. Mediante el igtihád, el mugtahid establecía si la actitud de un determinado sujeto fuera conforme a la ley. En el caso de

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que el sujeto la estuviera violando sería declarado kafir, o sea infiel. Se oponía a esta práctica otra categoría de doctos, la del muqallad, un jurista que consideraba más adecuado seguir o imitar las decisiones jurídicas de sus predecesores sin cuestionárselas o sin recurrir a su propio igtihád personal. La disputa entre mugtahidun y muqallah llevó a dejar de practicar el igtihád, decisión que se suele llamar "el cierre de la puerta del igtihád" que ocurrió alrededor del siglo XIII. Con el cierre de la puerta del igtihád, la responsabilidad de los doctos de juzgar las actitudes de la Umma fue asignada a los gobernantes. Esta decisión generó muchas disidencias en la comunidad de creyentes que provocaron el nacimiento de otras corrientes. Una de ellas fue la corriente takfir, palabra árabe que indica la acción de declarar una persona o un grupo como kafir, infiel.

El ideólogo de las rebeldías takfir fue el pensador medieval Taqui Al-Din Ibn Taymiyya, que vivió entre Siria y Egipto desde 1263 hasta 1328. Él pensaba que sólo ala Umma, mediante la práctica del igtihád, le correspondiera establecer el bien y el mal. Según la doctrina takfir, pues, la Umma puede declarar infiel y enemigo del Islam también a un musulmán que no aplique correctamente la Sana y puede perseguirlo hasta la...

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