Impuesto sobre Sociedades

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas9-9

Page 9

Se analiza el tratamiento del complemento de pensión concedido por una empresa a sus socios administradores que llegan a la edad de jubilación o adquieren la condición de pensionistas por invalidez. El complemento en el caso concreto que se consulta se encuentra sujeto a dos condiciones: el desempeño del cargo durante un período mínimo de diez años y el mantenimiento de la condición de socio, perdiéndose el derecho a percibir el complemento cuando se pierda dicha condición.

La DGT considera que el derecho a la percepción de este complemento está vinculado a la condición de socio, y no a la de administrador, por lo que no retribuye la labor...

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