Impuesto sobre Sociedades

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas4-4

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Se analiza la deducibilidad de la provisión de cartera dotada por una entidad española en relación con su participación en una entidad holandesa que, a su vez, participa en una entidad operativa española. La entidad holandesa amortizó contablemente el fondo de comercio que pagó en la compra de una sociedad española operativa.

La Audiencia Nacional niega la deducibilidad de la referida provisión de cartera, en la medida en que considera que la misma no se corresponde con una depreciación real y efectiva de la participación, sino que tiene origen exclusivamente en la amortización de las plusvalías tácitas satisfechas en la adquisición de la filial de segundo nivel (española) por la de primer nivel (holandesa). La Sala señala, en este sentido, que resulta paradójico que la entidad holandesa se registre una pérdida como consecuencia de su participación en una filial española que tiene beneficios y que, además, se pretenda dar...

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