Impuesto sobre la Renta de No Residentes

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Se analiza una transmisión realizada por una sociedad francesa de acciones en una sociedad española, obteniendo una importante plusvalía que, de conformidad con lo establecido en el Convenio para evitar la doble imposición suscrito entre España y Francia, y en la normativa interna, quedó sometida a tributación en España, al tipo del 35% (que era el aplicable en dicho ejercicio).

La transmitente sostenía que si hubiera sido una entidad residente en España habría tenido derecho a la deducción por doble imposición interna calculada sobre los beneficios no distribuidos por la entidad participada durante el tiempo de tenencia participación. Por lo tanto, resultaba discriminatorio que no pudiera aplicar dicha deducción por ser...

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