El impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales quince años después: las sombras de este tributo ambiental a la luz del derecho comunitario

AutorFernando López Pérez
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas5-37
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de junio de 2016
“EL IMPUESTO SOBRE LOS GRANDES ESTABLECIMIENTOS
COMERCIALES QUINCE AÑOS DESPUÉS: LAS SOMBRAS DE
ESTE TRIBUTO AMBIENTAL A LA LUZ DEL DERECHO
COMUNITARIO”
TAX ON LARGE COMMERCIAL ESTABLISHMENTS FIFTEEN
YEARS LATER: SHADOWS OF THIS ENVIRONMENTAL TAX IN
THE LIGHT OF EUROPEAN UNION LAW
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de
Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fecha de recepción: 08/ 06/ 2016
Fecha de aceptación: 23/ 06/2016
RESUMEN:
El impuesto autonómico sobre grandes establecimientos comerciales, que
acaba de cumplir quince años, ha vivido desde su aprobación en una constante
polémica que comenzó con las dudas sobre su constitucionalidad. Una vez
resueltas éstas por el Tribunal Constitucional, ha surgido la controversia sobre
su validez a la luz del derecho de la Unión Europea y, más en concreto, en
relación al importante derecho de libertad de establecimiento y el régimen de
ayudas de estado, que ha finalizado con el planteamiento de una cuestión
prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por parte del Tribunal
Supremo, y las advertencias de la Comisión Europea al respecto. En el
presente artículo pretende efectuarse una panorámica general del impuesto
para, seguidamente, confrontarlo con el derecho de la Unión Europea, a fin de
valorar la oportunidad de su mantenimiento o supresión.
Recopilación mensual n. 58, Junio 2016
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ABSTRACT:
The tax on large commercial establishments rated by the Spanish
Autonomous Communities 15 years ago has gone through constant
controversy ever since it was approved, when certain doubts about its
constitutionality made a start. Once these doubts have been deemed by the
Constitutional Court, a new controversy over the tax validity has risen up in
the light of the European Union Law, specially when it comes to the
important right of freedom of establishment and State aid, which has been
terminated with the proposal of a preliminary question by the Spanish
Supreme Court to the Court of Justice of the European Union and notices
given by the European Commission to this respect. This article tries to
complete a sweeping study of this tax comparing it with the European Union
Law, in order to value the possibility of preserving or eliminating it.
Palabras clave: Ayudas de Estado; Ciudad compacta; Comunidades
Autónomas; Fiscalidad ambiental; Impuesto sobre grandes establecimientos
comerciales; Incumplimiento del derecho comunitario; Libertad de
establecimiento; Libre circulación; Libre prestación de servicios; Movilidad
sostenible
Key words: State aid; Compact city; Spanish Autonomous Communities;
Environmental taxation; Tax on large commercial establishments;
Infringement of European Union Law; Freedom of establishment; Free
movement; Freedom to provide services; Sustainable mobility
Sumario:
I. Introducción
II. Naturaleza y objeto del IGEC
III. Análisis sobre la constitucionalidad del IGEC
IV. La consideración del IGEC como ayudas de estado ilegales y
contrarias a la libertad de establecimiento
V. La compatibilidad del IGEC con el derecho comunitario. El
principio de proporcionalidad. El modelo de ciudad compacta como
paradigma ideal de ciudad digna de protección ambiental.
Conclusiones
Bibliografía
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Summary:
Introduction
II. Nature and purpose of IGEC
III. Analysis on the constitutionality of IGEC
IV. Consideration of IGEC as illegal State aids and against freedom of
establishment
V. IGEC compatibility with European Union Law law. Principle of
proportionality. The compact city model as an ideal paradigm of city
worthy of environmental protection. Conclusions
Bibliography
I. INTRODUCCIÓN
En las últimas décadas, la denominada tributación medioambiental o fiscalidad
verde ha ido acaparando una mayor atención en el ámbito de la Unión
Europea, aunque su peso relativo respecto de la recaudación total a través de
los restantes tributos sigue manteniendo un carácter casi residual.
En cualquier caso, a la par que la preocupación por el medio ambiente ha ido
en aumento, ha existido un intento por conseguir que el mercado interiorice
las externalidades negativas que en la producción y consumo de bienes y
servicios se causan sobre aquél. Y es que, como indica BUÑUEL
GONZÁLEZ (2004: p. 31), «las externalidades negativas, como la
contaminación, suponen un fallo de mercado. El mercado falla porque los
consumidores o productores que contaminan y degradan el medio ambiente
no pagan por ello. Con su actividad causan un perjuicio a la sociedad en su
conjunto, que el mercado sólo tendría en cuenta si los perjudicados detentaran
el derecho de propiedad sobre los recursos naturales afectados (el aire, el agua,
etc.)». Todo ello ha hecho que la protección fiscal del medio ambiente cuente
con una serie de ventajas que la han hecho muy recomendable, tales como su
efecto disuasorio en el abuso sobre recursos naturales escasos, su potencial
recaudatorio para la financiación de programas de política medioambiental,
etc. -DE PRADA GARCÍA (2002: p. 26)-.
El problema que se plantea en los tributos medioambientales es el riesgo del
que nos hablan CARBAJO VASCO y HERRERA MOLINA (2004: p. 89), en
el sentido de que bajo la bandera medioambiental, que es utilizada como excusa,
se creen figuras esencialmente recaudatorias. De hecho, aunque en un
principio desde la perspectiva comunitaria hubo una gran apuesta por la

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