La imposibilidad de sustitución del letrado afectado por coincidencia de señalamientos a los efectos de la suspensión de la vista oral del juicio en el orden social

AutorFco. Ramón Lacomba Pérez
CargoLaboralista en Cuatrecasas, Gonçalves Pereira
Páginas1-12
IUSLabor 2/2016
1
LA IMPOSIBILIDAD DE SUSTITUCIÓN DEL LETRADO AFECTADO POR
COINCIDENCIA DE SEÑALAMIENTOS A LOS EFECTOS DE LA SUSPEN-
SIÓN DE LA VISTA ORAL DEL JUICIO EN EL ORDEN SOCIAL
COMENTARIO A LA STS (SALA DE LO SOCIAL) DE 9 DE DICIEMBRE
DE 2015 (REC. NÚM. 94/2015)
Fco. Ramón Lacomba Pérez, Ph.D.
Laboralista en Cuatrecasas, Gonçalves Pereira
Abstract
La sentencia del Tribunal Supremo (sala de lo social) de 9 de diciembre de 2015 (rec.
núm. 94/2015) aborda una cuestión de gran interés para la rutina del letrado/a, en con-
creto, los requisitos para la suspensión de la vista oral del juicio por coincidirle ésta al
abogado con otro señalamiento previo. La cuestión adquiere especial relevancia por afec-
tar a un supuesto de pluralidad de letrados designados en el poder para pleitos otorgado
por el cliente. La sentencia aclara en qué momento procesal debe acreditarse la imposibi-
lidad de sustitución del letrado en estos casos, pero deja sin resolver cómo acreditar esta
circunstancia, todo ello a los efectos de una eventual nulidad de actuaciones.

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