La implantación de servicios de administración electrónica a los ayuntamientos: el caso de la diputación de ciudad real

AutorLuis Jesús de Juan Casero
Cargo del AutorVicesecretario General de la Diputación de Ciudad Real
Páginas143-155

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I El punto de partida del trabajo desarrollado

A consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (en adelante, LAE), la Diputación Provincial de Ciudad Real inició un proceso continuo de modernización administrativa, orientado, de una parte, a mejorar el funcionamiento interno de la entidad mediante el uso de las nuevas tecnologías y, de otra parte, a garantizar el cumplimiento de los derechos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas reconocidos a los ciudadanos en el art. 6.º de esa norma. La Disposición Final Tercera de la Ley citada determinaba, además, que las Diputaciones podrían prestar los servicios precisos para garantizar la efectividad de esos derechos de los ciudadanos en el ámbito de los municipios que no dispusiesen de los medios técnicos y organizativos necesarios.

El punto de partida fue, por tanto, tan ambicioso como simple: cumplir las exigencias establecidas por la ley a las Diputaciones Provinciales. Y la LAE, en sus artículos 33 y ss., promovía la conversión en electrónicos de todos los procedimientos administrativos y de todos sus trámites, tanto a nivel interno, como en lo relativo a la relación de la administración con terceros, públicos o privados. Las nuevas Leyes 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común (LPAC) y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) acentúan aún más esas exigencias legales y suponen un refrendo del trabajo desarrollado en la línea expresada.

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Por ello, desde el primer momento, se consideró imprescindible la formación de un equipo multidisciplinar integrado por especialistas en informática y, claro está, en procedimiento administrativo: lo que se debía afrontar era el diseño de una nueva forma de tramitar los procesos administrativos por los que éstos deberían no sólo formar parte del equipo desde el primer momento, sino dirigirlo. Todo el proceso ha sido coordinado desde la Secretaría General de la Diputación de Ciudad Real desde su inicio en 2007 y se han seguido pautas normalizadas de planiicación estratégica1.

Si desde el punto de vista teórico y conceptual se trata de un tema complejo, la implantación efectiva de la gestión electrónica integral de procesos lo es más. El uso de las TIC en la Administración Pública no es un in en sí mismo, sino un medio para mejorar que, como ha señalado la doctrina más reciente:

Lo abarca todo, desde la organización administrativa hasta los derechos de los ciudadanos, desde la constitución y el funcionamiento de los órganos colegiados hasta la notiicación de las resoluciones, desde la transparencia hasta los contratos públicos.

Martín Delgado (2016, pp. 5-6).

El apoyo político, el buen clima de trabajo y de entendimiento de un inicialmente reducido grupo multidisciplinar de empleados públicos de la Diputación, y la posterior colaboración generalizada del resto de los departamentos, y de muchos de los empleados públicos provinciales, ha permitido superar la habitual resistencia al cambio sin excesivas diicultades, aunque queda mucho camino por recorrer. Ha sido y sigue siendo clave la gestión del cambio, interna y externa, que ha girado en torno a pilares tan relevantes como el diálogo, la paciencia, la perseverancia (e incluso el buen humor) y, por supuesto, la difusión y la formación adecuada de todas las personas que intervienen en los procesos administrativos desde dentro y desde fuera de las propias entidades públicas.

También desde el primer momento, se advirtió la necesidad de constituir una plataforma que además de permitir la gestión electrónica integral de todos los procedimientos administrativos tramitados por la institución provincial, pudiera ser utilizada con los mismos ines por los Ayuntamientos de la provincia que lo demandasen. Las características demográicas de nuestros municipios y las organizativas de la mayoría de nuestros Ayuntamientos y, por tanto, sus recursos técnicos y económicos, no daban lugar a muchas dudas sobre el impacto efectivo que esa disposición legal iba a tener en la Diputación. La realidad lo ha conirmado con creces: casi todos los Ayuntamientos se han adherido a la plataforma provincial de administración electrónica durante los pasados años, incluyendo los tres de mayor población.

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Ya hay muchos Ayuntamientos pequeños, medianos y grandes que prestan servicios a sus ciudadanos a través de internet gracias al sistema impulsado por la institución provincial (más de 70 de los 104 Ayuntamientos de la provincia utilizan las herramientas electrónicas provinciales). No obstante, la Diputación de Ciudad Real ha querido desde el inicio de este proyecto que progresivamente se amplíe la lista de Ayuntamientos y, especialmente, que se incremente la relación de servicios electrónicos que los Ayuntamientos puedan prestar a sus ciudadanos a través de la plataforma provincial de Administración Electrónica. Y esa voluntad se ha visto subrayada e incentivada con la ley 27/2013, de 27 de diciembre, por la que se modiica el art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y se introducen como unas nuevas competencias propias de las Diputaciones provinciales la prestación de servicios de administración electrónica a los ayuntamientos de menos de 20 000 habitantes y el soporte a los Ayuntamientos (sin límite poblacional) para la tramitación de...

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