"Igualdad y retribución"

AutorRocío Molina González-Pumariega
CargoProfesora Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social .
Páginas391-393

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El salario y su configuración, como elemento esencial de la relación laboral, es una de las materias en la que con más frecuencia repercuten las transformaciones socio-económicas, tecnológicas y organizativas que se producen en nuestra realidad económico- social, provocadas, entre otras causas, por las continuas crisis económicas, por el proceso de globalización de la economía y por el constante avance de las nuevas tecnologías. Tales cambios inciden directamente en las relaciones de trabajo, dando lugar a la proliferación de nuevas formas de organización empresarial y a nuevas formas de trabajar.

Uno de los aspectos que se ha visto más afectado por estas transformaciones es el de la retribución de los trabajadores como consecuencia de la necesidad que manifiestan las empresas de encontrar nuevas fórmulas de retribución de su personal con el objeto de contar con un sistema de retribución más flexible e individualizado y de disponer de un mecanismo que motive y trate de lograr la fidelización de los trabajadores. La retribución de los trabajadores es, en consecuencia, un referente destacado desde el que observar las transformaciones que en los últimos años han afectado al Derecho del Trabajo.

Sin embargo, dichos cambios socio-económicos, organizativos y tecnológicos, no pueden ni deben realizarse sin limitación alguna. Existen principios por los que debe regirse la retribución de los trabajadores, y que establecen los límites a los que necesariamente han de ajustarse los sujetos protagonistas de las relaciones de trabajo. Uno de tales principios es el destacado principio de igualdad y no discriminación.

Ana María Romero Burillo, profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, en su libro titulado Igualdad y retribución, realiza de manera clara y rigurosa, un estudio del tratamiento que la igualdad retributiva ha recibido en la normativa internacional, en la normativa europea y en la normativa estatal, así como la problemática derivada de la adopción de diferentes sistemas retributivos justificados en los cambios económicos, organizativos y tecnológicos que se han producido en el seno de la empresa.

La autora parte de un completo y bien concebido esquema que ayuda a seguir su trabajo con facilidad y agilidad. Su estudio se estructura en cuatro partes, siendo la primera una breve aproximación a su obra a modo de presentación y las otras tres el desarrollo de la misma, que a su vez coinciden con el segundo, tercero y cuarto de los capítulos del libro.

Asimismo, esta obra refleja un conocimiento tanto teórico como práctico de la materia tratada por parte de su autora, mostrándose su saber más práctico en el capítulo cuarto del trabajo que comentamos, donde la profesora Romero Burillo analiza el alcance de la normativa estudiada con anterioridad (internacional, comunitaria y estatal) y los límites por ella impuestos, en la realidad retributiva práctica española.

Comienza el desarrollo del libro titulado Igualdad y retribución, con una aproximación al papel de la normativa internacional y comunitaria en el reconocimiento de la igualdad retributiva y en especial al papel de la Organización Internacional del Trabajo, como organismo especializado en materia de trabajo y encargado, casi desde su constitución, de abordar el derecho a la igualdad retributiva y a la no discriminación.

Como destaca la autora en su obra, de los instrumentos normativos internacionales analizados dirigidos a abordar la problemática de la igualdad retributiva, se puede seña-Page 392lar que se centran casi en exclusiva, en las desigualdades salariales por razón de género porque en la práctica son las que más asiduamente se producen; y que el concepto de igualdad salarial acuñado "supone comparar los trabajos entre sí para determinar su valor relativo, ya que la igualdad salarial implica percibir un mismo salario por un trabajo de igual valor y no sencillamente por el mismo trabajo o trabajo similar".

Asimismo se señala, en esta primera parte del capítulo segundo del libro comentado, que muchos de los aspectos tratados en la normativa internacional respecto a la ordenación del salario, han tenido una gran trascendencia en la normativa desarrollada a nivel europeo, así como en la normativa estatal española.

Junto con las referencias normativas internacionales propiamente dichas, la autora destaca a continuación, tanto la labor del Consejo de Europa, en especial a través de la Carta Social Europea, como la de la Comunidad Europea en materia de igualdad retributiva. La profesora Romero Burillo destaca que la normativa europea, como ocurría con la internacional, se centra principalmente en el derecho a la igualdad retributiva por razón de sexo.

El análisis de las normas europeas la autora lo lleva a cabo en torno al Tratado de Ámsterdam, haciendo una referencia final al papel de la Constitución Europea en la materia tratada; todo ello teniendo en cuenta la labor interpretadora de la jurisprudencia comunitaria.

En el siguiente capítulo, el tercero, la autora se detiene en el análisis de la regulación de la igualdad retributiva en el ordenamiento jurídico español. Parte del tratamiento constitucional dado al principio de igualdad retributiva y no discriminación, derivado del trascendente artículo 14 de la Constitución Española y del también importante artículo 35 del mismo texto constitucional, en el marco de las relaciones de trabajo. También destaca y analiza la traslación de lo dispuesto en la Constitución Española al Estatuto de los Trabajadores, en concreto a los artículos 4.2 c), 17 y 28, sin olvidar el papel de la jurisprudencia constitucional y ordinaria. Además se señala, en este capítulo, que el principio de igualdad y no discriminación debe informar e inspirar cualquier iniciativa normativa que se quiera desarrollar, tanto por los poderes públicos como por los agentes sociales.

La autora, en el último capítulo de su libro, el cuarto, como ya hemos adelantado, se detiene en analizar el alcance que la normativa estudiada tiene en la práctica; es decir, en conocer el papel que dichos límites normativos, legales y jurisprudenciales juegan a la hora de fijar diferencias retributivas entre los trabajadores, ya sea por medio de disposiciones legales o reglamentarias o bien a través de los pactos convencionales o individuales.

La profesora Romero Burillo decide comenzar esta última parte de su estudio teniendo en cuenta el alcance que la normativa estudiada, y especialmente la jurisprudencia constitucional y ordinaria han dado al principio de igualdad y no discriminación: no todo trato desigual supone siempre un trato discriminatorio y, por tanto, contrario a la prohibición de tratamientos retributivos discriminatorios. De hecho, la autora destaca, siguiendo a doctrina señalada en la materia, que la igualdad y no discriminación retributiva no supone "la existencia de una igualdad de trato en sentido absoluto, por ello no es contrario al principio de igualdad el trato desigual con fundamento objetivo y razonable y sí lo es cuando la desigualdad no está justificada por la razonabilidad de la finalidad perseguida". En esta línea, recuerda la profesora Romero Burillo que la "diferenciación retributiva es algo intrínseco a la economía de mercado", de hecho el salario se percibe teniendo en cuenta la duración, intensidad, cualificación del trabajador o en función de la empresa en la cual se prestan los servicios; sin embargo, no hay que olvidar que las dife-Page 393rencias retributivas pueden encubrir tratos verdaderamente discriminatorios. En consecuencia, la autora, en este capítulo de su libro, analiza cuáles son los elementos o factores vinculados al trabajador que de forma más habitual se utilizan para justificar diferencias retributivas entre los trabajadores y que, por diversas circunstancias, han merecido una especial atención por parte de la doctrina científica, la jurisprudencia y la doctrina judicial, a saber, la edad, las modalidades contractuales, el sexo, el momento de acceso a la empresa y el ejercicio por parte de los trabajadores del derecho a la libre sindicación y del derecho de huelga.

En último lugar, y con el propósito de concluir nuestro comentario del libro Igualdad y retribución de Ana María Romero Burillo, sólo nos cabe añadir que el lector se encuentra ante el fruto de un estudio a través del cual se revela el dominio teórico y práctico de la autora sobre la materia tratada, como queda sin duda reflejado en las líneas precedentes.

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