Identificación policial por perfil étnico a partir del caso Zeshan Muhammad

AutorDaniel Simancas Sánchez
Cargo del AutorDoctorando y Colaborador del Departamento de Derecho Constitucional. Universidad Complutense de Madrid
Páginas215-230
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Identificación policial por perfil étnico
a partir del caso Zeshan Muhammad
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Doctorando y Colaborador del Departamento de Derecho Constitucional.
Universidad Complutense de Madrid
SUMARIO: 1. Introducción. 2. Caso Zeshan Muhammad: antecedentes y recorri-
do en la jurisdicción española. 3. Doctrina constitucional sobre iden-
tificaciones policiales: una oportunidad perdida para su revisión.
4. Identificaciones policiales y derechos a la libertad personal y de movi-
miento. 5. Identificaciones policiales basadas en perfiles étnicos o racia-
les: una medida innecesaria en una sociedad democrática.
RESUMEN
El caso Zeshan Muhammad ha recuperado el debate acerca de las identifi-
caciones policiales basadas en perfiles étnicos como herramienta de los cuerpos
de seguridad para controlar la inmigración irregular en España. En los últimos
tiempos han sido varios los organismos nacionales e internacionales que han
criticado la implementación de estas prácticas policiales, denunciando que las
mismas resultan contrarias al principio de no discriminación, al tiempo que obs-
taculizan la inclusión de los grupos minoritarios en la sociedad. El propósito del
artículo consistirá, por un lado, en analizar la presente doctrina del Tribunal
Constitucional en materia de identificaciones policiales, así como la regu-
lación de las mismas en la actual Ley Orgánica de Protección de la Seguridad
Ciudadana, y, por otro lado, en estudiar si estos comportamientos policiales
constituyen realmente una medida necesaria en una sociedad democrática
como la española.
Daniel Simancas Sánchez
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1. INTRODUCCIÓN
En las últimas décadas han sido millones las personas que han abandona-
do sus países de origen para instalarse en España. Este movimiento migratorio,
que trae en buena medida causa del fenómeno de la globalización, aparece re-
flejado en los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Los datos re-
velan que, al comienzo del nuevo siglo, el número de extranjeros en nuestro
país rondaba las novecientas mil personas, si bien esta cifra habría aumentado, a
fecha de 1 de julio de 2019, hasta alcanzar los cinco millones de personas,1 trans-
formando inexorablemente la etnicidad de la población residente en España.
Esta transformación se ha encontrado, sin embargo, con el comportamiento
desacompasado de nuestros poderes públicos, especialmente de aquellos que
tienen la misión de velar por la seguridad de todos los ciudadanos. Así, a pe-
sar de la creciente heterogeneidad de la población, los cuerpos de seguridad
han seguido empleando con frecuencia las características físicas de las personas
como criterio exclusivo de identificación. No obstante, la implementación de
patrones étnicos o raciales no solamente resulta contraria al principio de no dis-
criminación, también dificulta la inclusión del otro como respuesta a los retos
que nos plantea el fenómeno de la globalización. Para evaluar el impacto social
y jurídico de estas prácticas policiales partiremos del caso Zeshan Muhammad,
en el que un estudiante, de origen pakistaní y con permiso de residencia en
España, fue abordado por la policía cuando paseaba con un amigo por las calles
de Barcelona. Estos hechos, que fueron denunciados como discriminatorios y
que pasarán seguidamente a relatarse, nos permitirán poner de relieve la doctri-
na constitucional que existe en materia de identificaciones policiales y pronun-
ciarnos acerca de si el uso de perfiles étnicos o raciales constituye hoy en día una
medida necesaria para controlar la inmigración irregular en España.
2. CASO ZESHAN MUHAMMAD: ANTECEDENTES Y RECORRIDO EN LA
JURISDICCIÓN ESPAÑOLA
El 29 de mayo de 2013, el Sr. Muhammad fue parado y requerido por varios
agentes de la Policía Nacional para que mostrara sus documentos de identidad2.
1 Instituto Nacional de Estadística, <https://www.ine.es/jaxi/Tabla.htm?path=/t20/e245/
p08/l0/&file=02005.px&L=0> y >.
2 La presente relación de hechos ha sido obtenida de la demanda del caso Zeshan
Muhammad c. España, núm. 34085/17, TEDH 2017, así como del escrito de alegaciones pre-
sentado por la Abogacía del Estado.

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