La ICANN aprueba siete nuevos dominios (11-12-2000)

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La ciberocupación nace a finales de los 90 con la liberalización del registro de dominios

Las raíces del fenómeno de la ciberocupación como tal se pueden situar a finales de los años 90 coincidiendo con la liberalización por parte del Gobierno norteamericano del sistema de registro de dominios, hasta entonces en manos de la compañía Network Solutions.

Ésta ya había ideado un sistema para resolver los problemas que podían surgir cuando dos empresas reclamaban el uso de una misma dirección en la Red, pero tenía una amplitud de miras demasiado restringida. Sólo podían recurrir empresas, con sede en EEUU. El resto de potenciales demandantes (internautas, empresas foráneas) quedaban excluidos.

La posibilidad de poder registrar el uso de una determinada dirección on-line por más de un cauce, posibilitada por el Gobierno EEUU, abría igualmente un amplio abanico de registros fraudulentos para conseguir más tarde un beneficio económico mediante su venta, fundamentalmente, a las grandes multinacionales.

Ninguna empresa con notoriedad se libra de la perspicacia de los internautas

Nike, Microsoft o los casos más cercanos de Banesto y RENFE son algunos ejemplos de organizaciones que se han enfrentado a internautas que, con una buena dosis de perspicacia empresarial, registraron en su día dominios en la Red utilizando la marca de empresas con cierta notoriedad.

Diferentes vías de resolución

La vía de resolución de estos casos se encuentra habitualmente en la justicia ordinaria, donde se aplica el cuerpo legal, bastante escaso, que cada estado dispone sobre el tema. Leyes sobre las marcas y sobre la Competencia Desleal son utilizadas por los tribunales de cada estado en la resolución de los conflictos derivados del registro de direcciones on-line.

Un nuevo problema surge una vez se dicta sentencia en cada caso: la alta probabilidad de que la empresa registradora del dominio tenga su sede en un país distinto al que ha resuelto judicialmente el caso. El ámbito de jurisdicción queda muy desdibujado con los delitos cometidos en la Red y la ciberocupación no es una excepción.

Es necesario adoptar medidas que aseguren la aplicación de las sentencias en el territorio de los registradores

Medidas coercitivas que asegurasen una aplicación efectiva de las sentencias dictadas en cada estado parecen ser de necesaria adopción a nivel internacional mientras no se desarrolle un código jurídico de actuación aplicable en cualquier punto del planeta y por cualquier sistema...

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