Bibliografía

AutorJuan José Montero Pascual
Páginas171-172

Page 171

JOSÉ CARLOS LAGUNA DE PAZ, Telecomunicaciones: regulación y mercado, Editorial Thomson/Aranzadi, Madrid, 2007, 502 páginas.

José Carlos Laguna de Paz, Profesor Titular en el Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid, ha publicado extensamente sobre la ordenación del sector de la televisión («Televisión y competencia», La Ley, 2000, y «Régimen jurídico de la televisión privada», Marcial Pons, 1994) y en general sobre liberalización y nuevas tecnologías.

La obra se presenta como una segunda edición «ampliada, reformada y actualizada» de la monografía publicada en 2004 por la misma editorial. La primera edición partía de la entonces reciente adopción de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones, y analizaba el contenido de la misma a la luz de las categorías del Derecho administrativo: «el ordenamiento jurídico administrativo ha de adaptarse, pero no deshacerse y construirse de nuevo con cada Ley. A este respecto, es necesario combatir un cada vez más extendido relativismo jurídico, que no cree en las categorías, ni en las instituciones». La posterior adopción del desarrollo reglamentario de la Ley 32/2003 (Reales Decretos 2296/2004, Reglamento sobre Mercados, y 424/2005, Reglamento de Servicio Universal) ha exigido la actualización del trabajo, pero esta tarea se ha visto facilitada por el previo estudio conceptual de la Ley desde las categorías propias del Derecho administrativo.

El autor dedicó en la primera edición, y sigue dedicando en la segunda, una especial atención al régimen de acceso al mercado desde un impecable uso de las categorías jurídicas tradicionales. No olvidemos que el autor publicó en 2006 una monografía con el título «Las autorizaciones administrativas». Así, las notificaciones de la LGTel se califican de comunicación previa, diferenciándose de la autorización, la constatación reglada y las comunicaciones simples. Igual atención es dedicada a los derechos de uso: radiofrecuencias, numeración, dominio público local, etc.

Del mismo modo, se analiza con detalle y rigor la figura del servicio universal, al que se dedica prácticamente en su integridad el capítulo quinto de la obra. El autor no se limita a describir el régimen jurídico establecido en la norma, sino que lo enmarca en el proceso de revisión de la intervención pública en la actividad económica

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