La hora de los paraísos fiscales

AutorRafael Calvo Ortega
CargoCatedrático de Derecho Financiero y Tributario
Páginas10-23

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I Estado y mercado

La crisis económica y financiera que vivimos en todo el mundo ha alcanzado unas dimensiones extraordinarias, con un coste muy elevado en términos de desempleo (que afecta directamente a muchas personas) y un endeudamiento de los agentes económicos y del Estado también fuera de lo común. Son dos hechos muy negativos. El primero, porque incide sobre las personas con menos capacidad económica. Y, el segundo, porque sustrae recursos del mercado de crédito y probablemente suponga una carga presupuestaria de indudable importancia para ejercicios futuros.

Esta crisis, como todas las colectivas, supone una dura lección para los países, los responsables políticos, los agentes económicos y los científicos, que deben estudiar con mayor humildad y rigor los fenómenos económicos que nos han llevado a esta situación. Debemos aprender de las experiencias negativas que estamos viviendo y procurar que sea una realidad la afirmación de que las crisis son el comienzo de una nueva etapa que supone una situación más positiva que la anterior, al incorporar las experiencias y el resultado de los ajustes que ha habido que llevar a cabo.

La crisis financiera (una parte de la crisis económica y, en algunos casos, generadora de ésta), ha tenido mucho que ver con la falta de regulación de actividades económicas y con una actitud permisiva hacia planteamientos de alto riesgo acompañados, en muchos casos, de una opacidad preocupante.

El debate ha terminado por plantearse en términos de Estado-Mercado con el componente ideológico que le ha acompañado siempre. En mi opinión, esta controversia debe resolverse desde la lógica de ambas instituciones. Si el Estado debe responder de la creación y mantenimiento de un ordenamiento jurídico que garantice la libertad de actuación de los agentes económicos, el funcionamiento correcto del Page 11 mercado y los principios de justicia y seguridad jurídica, debe tener el poder normativo para ello y llevar a cabo la regulación que sea necesaria. Este ordenamiento incorpora un conjunto de equilibrios y garantías: el poder normativo es finalista; se concede para garantizar la libertad de los agentes económicos, el mercado y los principios citados de justicia y seguridad jurídica. Por ello, el ordenamiento termina siendo un límite para el Estado mismo.

El mercado debe realizar la asignación de recursos y la formación de precios.

En resumen, cada institución debe realizar un papel para el que esté especialmente dotada y debe actuar conforme a su lógica. Debe de hacer todo lo que sea lógicamente necesario para realizar su finalidad.

El aspecto más discutible, para alguna doctrina, son las competencias del Estado. Debe regular, obviamente, lo que sea necesario para sus funciones. Garantizar la libertad de los agentes económicos exige regular lo que sea necesario para ello. Igualmente, garantizar el funcionamiento correcto del mercado y realizar los principios de justicia y seguridad jurídica requieren regular. ¿Hasta dónde? ¿En qué medida? Este aspecto, sin duda importante, debe quedar a la prudencia política y, más concretamente, al debate político que en una democracia ofrece los menores riesgos posibles. El debate, la publicidad y la responsabilidad propios de un Estado democrático garantizan, en la mayor medida posible, el equilibrio y la prudencia citados.

II La internacionalización de las decisiones económicas, especialmente en situaciones de crisis económica

La globalización de la actividad económica y su aspecto más importante (la libre circulación de recursos y la libertad de establecimiento) ha llevado ya en las últimas décadas a Page 12 una internacionalización de las decisiones adoptadas por los agentes económicos públicos (Estado y entidades supranacionales) en materia de fiscalidad. Esta adopción en común de las decisiones ha adoptado diversas formas: armonización obligatoria, normas supranacionales, tratados y acuerdos internacionales, etc. Su aspecto positivo es que evitan actuaciones contradictorias, su contenido se impone en un mayor número de países y su juego en los mercados respectivos es también mayor. Podríamos decir que las medidas de que se trate, con independencia de sus efectos propios, tienen una mayor autoridad y, en consecuencia, influencia.

Esta extensión y mayor capacidad de imposición tiene un interés muy importante, tanto para evitar la repetición de situaciones y decisiones indeseables como para poner sobre la mesa la conveniencia de medidas siempre reivindicadas pero que su no aprobación a hecho que se termine conviviendo con ellas, y que su debate y posibilidades de aprobación sean cada vez menores.

Esto es justamente lo que sucede con los paraísos fiscales. Constituye un lugar común su crítica, su calificación como competencia fiscal lesiva, su distorsión sobre la circulación y ubicación de las inversiones de capital, la lesión que supone para la gestión y recaudación tributaria de los países y, en general, sus efectos negativos sobre la justicia tributaria. Es cierto que siguen existiendo, pero la opinión pública internacional es cada vez más contraria a estos territorios privilegiados, lo que constituye el primer paso para su modificación o extinción.

Las crisis económicas internacionales o mundiales como la que actualmente vivimos son un importante revulsivo ante estas situaciones y actuaciones lesivas para la sociedad internacional. Los paraísos fiscales son una de ellas. Las medidas adoptadas contra dichos paraísos no han sido eficaces en la medida que hubiera sido de desear, a pesar de los esfuerzos de la OCDE, principalmente, sin duda positivos por Page 13 lo que han supuesto de esclarecimiento de esta figura, de ofrecer soluciones y mantener la reivindicación de su supresión.

A estos esfuerzos hay que sumar los unilaterales adoptados por gran parte de los Estados. El ordenamiento español es un buen ejemplo de ello, con limitaciones o prohibiciones en relación con determinados aspectos. Así, sin ninguna pretensión de exhaustividad, la...

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