Homologación de transacción judicial

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas77-77

Page 77

Dentro de un procedimiento de ejecución por impago de deudas se acuerda por las partes que en pago de la deuda (por pensión alimenticia que un excónyuge adeuda al otro) se adjudique al acreedor un porcentaje proindiviso de determinado bien. Dicho acuerdo es homologado judicialmente y se ordena la inscripción.

La registradora suspende la inscripción, pues considera que es necesaria la escritura notarial por exceder el acuerdo del ámbito propio de la liquidación de bienes conyugales.

La DGRN revoca la calificación declarando, en cuanto al fondo del asunto, entendiendo que el acto que se documenta no forma parte de una liquidación de sociedad conyugal, sino que tiene su origen en un procedimiento de ejecución de títulos por impago de una pensión, seguido de...

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