La historiografía sobre los Roles d'Oléron (siglos XV a XX)

AutorMargarita Serna Vallejo
Páginas471-498

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    Este artículo ha sido escrito para el libro homenaje a Luis Rojo Ajuria, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria, fallecido en Bilbao el día 15 de mayo de 1998.

Tanto la literatura mercantilista, como la marítima no empezaron a cobrar importancia sino a principios del XVI, hecho que evidencia a todas luces el retraso que hubo en la emancipación de ambas ramas del Derecho respecto de los estudios civilísticos. Hasta ese momento, los juristas se habían ocupado sólo incidentalmente de los asuntos mercantiles y marítimos, de manera que, aunque los primeros intentos de sistematización doctrinal del derecho comercial, sin ser aún monografías sobre asuntos mercantiles, aparecen en los escritos de algunos romanistas y canonistas de la Baja Edad Media, no será hasta el siglo XVI cuando pueda hablarse de la existencia de juristas especializados en el estudio del Derecho mercantil y del Derecho marítimo. Durante la Baja Edad Media, el derecho romano de obligaciones y contratos se había estudiado de manera global, sin diferenciar entre los asuntos civiles, mercantiles y marítimos, cambiando la situación con el desa-Page 472rrollo del mos itálicas tardío que habrá de facilitar la sistematización de distintas ramas del Derecho y con ello el análisis y el estudio de las instituciones mercantiles y marítimas de manera independiente de las civiles pero, aún entonces, tampoco los trabajos acerca de los Roles d'Oléron se prodigarán en exceso, si bien, paulatinamente, su estudio atraerá la atención tanto de los historiadores como de los juristas.

Por este motivo, en esta ocasión, intento determinar el lugar que han ocupado en la historiografía los estudios en torno a los Roles d'Oléron, el código de Derecho marítimo medieval que, formado en la segunda mitad del siglo XIII 1, estuvo en vigor durante los siglos bajomedievales y en buena parte de época moderna en las costas europeas bañadas por el Océano Atlántico, el Mar del Norte e incluso el Mar Báltico 2 y que fue uno de los elementos sobre los que se elaboró la Ordenanza francesa de la marina de 16813; texto que supuso el inicio del proceso de fragmentación del Derecho marítimo privado en Europa, desde el momento en que, a diferencia de lo que había venido sucediendo desde los siglos bajomedievales, período en el que había existido un Derecho marítimo común en cada una de las tres zonas que se distinguen en las costas europeas, redactado por escrito parcialmente en elPage 473 ámbito mediterráneo en el Libro del Consulado del Mar, en la zona atlántica en los Roles d'Oléron y en el mundo nórdico en las Ordenanzas de Visby, la ordenanza francesa representará el inicio de la paulatina formación de distintos Derechos marítimos de carácter nacional.

El tardío interés que existe en la historiografía por los Roles d'Oléron es, quizás, el primer aspecto que llama la atención en el momento de abordar la situación del código marítimo del Mar de Poniente en la doctrina europea, porque los primeros estudios en torno al mismo no empezarán a publicarse sino bastante tiempo después de la formación de la colección, de manera que hay que esperar a mediados del siglo XVII para disponer de trabajos en los que, en distintas partes de Europa, se realicen los primeros análisis sobre el texto marítimo, momento que aún se retrasa más por lo que se refiere a los juristas e historiadores españoles quienes, salvo excepciones muy contadas, se puede afirmar que hasta el presente siglo no mostraron el menor interés por el conocimiento del llamado Fuero de Layron, nombre bajo el que se difundieron en la Corona de Castilla los Roles d'Oléron por lo menos desde el siglo XVI4.

Esta falta de interés por parte de la doctrina española hacia los Roles d'Oléron y hacia las Leyes de Layron quizás se comprenda mejor si se tiene en cuenta que la historia del Derecho y de las instituciones marítimas privadas, con la única excepción de los estudios en torno al Libro del Consulado y, en general, en relación al Derecho marítimo del Levante, no ha sido especialmente fecunda en nuestro país. De suerte que, con la salvedad de un muy limitado número de trabajos, no existen en España estudios que con detenimiento analicen este código, siendo tan sólo posible, en la mayor parte de las ocasiones, la localización de referencias, alusiones, juicios o elogios, habitual-mente muy generales y poco documentados, de algunos historiadores y juristas sobre el contenido y vigencia de la colección en la Corona de Castilla.

I Las primeras ediciones de los roles d'oléron en los siglos XV y XVI

Redactado probablemente el texto en el siglo XIII 5, a lo largo del XIV y del XV fueron numerosas las copias que se hicieron del código marítimo en distintos puntos de las costas del occidente y del norte de Europa, como lo demuestra la documentación depositada en diferentes archivos y biblio-Page 474tecas 6, realizándose la primera impresión de la colección a finales del XV. Sin embargo, mayoritariamente, Pardessus constituyó una excepción 7, se aceptó que la primera edición no se había realizado sino en el siglo XVI, momento en que se entregó a la imprenta uno de los trabajos elaborados a finales del XV por Pierre Garcie 8, debido a que esta edición del texto de los Roles d'Oléron logró la difusión que por el contrario no alcanzaron las impresiones del Código de finales del XV, realizadas con ocasión de la publicación de la costumbre de Bretaña.

Como apuntaba, y atendiendo a las fuentes que he tenido ocasión de manejar hasta este momento, considero que los Roles d'Oléron se imprimieron por primera vez, bajo el título de Jugemens de la mer, a finales del siglo XV, en concreto en 1485, junto a la costumbre de la región de Bretaña9. En aquella ocasión, no se editó el texto tal y como creo que fue su redacción primitiva, sino con el contenido que tuvo en la que debe ser considerada como versión bretona del mismo, cuyo articulado alcanzó los 26 capítulos 10.Page 475

No fue ésta, sin embargo, la única ocasión en la que el articulado de la versión bretona de los Roles d'Oléron se editó unido a la costumbre bretona, porque, junto a otras disposiciones de contenido marítimo que se incluyeron igualmente en la edición de la costumbre de Bretaña de 1485, continuará incorporándose en las siguientes ediciones tanto de la costumbre de Bretaña como de la de Normandía, porque de las recopilaciones del Derecho consuetudinario bretón los Roles d'Oléron pasaron a los coutumiers normandos, motivo por el que también en las primeras ediciones de la costumbre de Normandía se incluyó la redacción bretona de la colección 11.

En 1492, con ocasión de una nueva impresión de la costumbre bretona, se produce una novedad de cierto alcance en relación al código marítimo, porque parece que fue entonces la primera vez en la que el texto se publicó ya con el título de Rolle dolieron 12, nombre con el que pasará, finalmente, a la historia, aunque esta denominación ya aparecía en algunos manuscritos anteriores del siglo XIV y del mismo XV. En cualquier caso, aún tendrá que transcurrir un tiempo para que se generalice este nombre porque, por ejemplo, en la edición de la costumbre bretona de 1502 en el título de la nueva recopilación del Derecho consuetudinario bretón se expresa que el volumen incluye los Roles d'Oléron refiriéndose a los mismos con la expresión Coustumes de la mer13, fórmula que continuará utilizándose en las siguientes ediciones hasta 1540 14.

Estas primeras publicaciones del texto de los Roles d'Oléron a través de la edición de las costumbres de Bretaña y Normandía no alcanzaron, sin embargo, demasiada divulgación, de manera que será la edición de un trabajo de Garcie la que sea considerada durante bastante tiempo primera impresión del código marítimo 15; hecho que justifica que en la historiografía relativa a los Roles d'Oléron ocupe un lugar destacado Pierre Garcie, conocido como Ferrande, quien fue autor de dos derroteros muy interesantes para los historiadores del Derecho.

En efecto, entre los derroteros de los siglos XVI y XVII destinados a facilitar la navegación 16, libros en los que se proporcionaba a los navegantes todos los elementos meteorológicos, hidrográficos, así como los preceptos que laPage 476 práctica aconsejaba seguir para la navegación, indicándose los arrumbamientos, las demoras, las descripciones de los puertos y de las costas, las direcciones de las corrientes y de las mareas, entre otros aspectos, tienen gran interés para quienes pretendan profundizar en los Roles d'Oléron los dos redactados por Garcie, porque en ellos el autor incluyó dos textos diferentes de los Roles d'Oléron, hecho que debe ser considerado como una de las novedades más significativas que comportaban sus obras teniendo en cuenta lo que eran este tipo de trabajos 17.

Garcie (14307-1503?) 18, maltre de cabotage, de familia vizcaína, aunque nacido en Francia, elaboró un primer derrotero, con el título de Le routier de la mer 19, en el que incluyó el texto bretón de los Roles d'Oléron, compuesto, por tanto, de 26 capítulos, bajo la siguiente rúbrica, Cy commencent les iuge-mens de la mer des nefz, des maistres, des mariniers eí aussi des marchans..., de lo que se desprende que también en esta ocasión, de igual modo a como había sucedido con...

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