Historia, descripción y comparación

AutorGonzalo Fernandez Codina
Páginas17-35
17
1. Breve historia de las penas
perpetuas en el Derecho
español moderno
1.1. La prisión en su concepción moderna
Hoy en día, pensar en el Derecho penal es pensar en la
prisión. Sin olvidar algunas excepciones significativas ca-
bría incluso definir los delitos como aquellos ilícitos que,
directa o indirectamente, pueden ponerle a uno entre re-
jas. Sin embargo, no siempre fue así. La prisión, en su con-
cepción actual, es una creación reciente, y como tantos
otros elementos del Derecho contemporáneo, hija de la
Ilustración.
Hasta entonces, tanto en Roma como en el Derecho me-
dieval, la prisión tenía una función principalmente caute-
CAPÍTULO 1
Historia, descripción
y comparación
Gonzalo Fernandez Codina
PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE
18
lar1. Ya Ulpiano afirmaba que la prisión servía para retener
a los hombres y no para castigarlos (García Valdés, 1982).
Del mismo modo, en las Partidas de Alfonso X podemos
leer que “La cárcel non es dada para escarmentar yerros, mas
para guardar los presos tan solamente en ellas hasta que sean
judgados” (García Ramírez, 1975). Luego, en aquel enton-
ces, la pena, en el sentido más duro del término, se admi-
nistraba a través de trabajos, vejaciones, golpes y maltratos
diversos, siendo la muerte un castigo para nada extraño.
La figura hoy desaparecida del verdugo tenía entonces
mucho sentido. “No puede extrañar, por ello que no exista
una arquitectura penitenciaria en este extenso período [la his-
toria premoderna], y de ahí, que los locales habilitados para
la detención sean los más diversos y accidentales: un depósito
de aguas (la cárcel Mamertina), las torres de las ciudades, las
cámaras bajas de los tribunales de justicia o los sótanos de las
casas consistoriales” (García Valdés, 1982)2.
La prisión como pena en su sentido moderno arranca con
la desaparición del Antiguo Régimen y de la mano del na-
1 Como excepciones a esta regla general destacarían, la constitu-
ción imperial de Constantino allá por el s. IV d.C donde se
recogía la prisión indefinida para lo que hoy llamaríamos pre-
sos políticos (Bernaldo, 1953), así como las prisiones para re-
ligiosos y eclesiásticos que contemplaba el derecho canónico
medieval (García Valdes, 1982).
2 Citado en “La pena de prisión (una perspectiva histórica)” García
Becerra, (1994), a quien sigo de cerca en esta primera sección
histórica.

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