Herramientas de la comunidad internacional frente a la pandemia por covid-19: la Organización Mundial de la Salud y el Reglamento Sanitario Internacional

AutorMª Ángeles Cano Linares
Cargo del AutorUniversidad Rey Juan Carlos
Páginas195-217
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CAPÍTULO VIII: HERRAMIENTAS DE LA COMUNIDAD
INTERNACIONAL FRENTE A LA PANDEMIA
POR COVID-19:
LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y
EL REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL
Mª Ángeles Cano Linares
Universidad Rey Juan Carlos
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los rasgos más notables de las circunstancias excepcionales que nos han
tocado vivir como consecuencia de la irrupción de un nuevo coronavirus en nues-
tras vidas y las medidas adoptadas para evitar una aun mayor propagación y morta-
lidad ha sido su universalidad. La enfermedad COVID-19 ha mostrado un alcance,
escala y riesgo sorprendentes.
En efecto, de acuerdo con los datos publicados a fecha 31 de agosto de 2020 por
la Organización Mundial de la Salud (OMS)1 hay más de 25 millones de casos con-
rmados (25.085.685) de una población mundial de 6.000 millones de personas y
843.927 muertes noticadas a la Organización. Al respecto, es curioso cómo ha ido
cambiando la información proporcionada por la OMS que ha pasado de informar
de muertes conrmadas, todavía el pasado mes de julio, a muertes comunicadas.
En todo caso, se trata de una situación absolutamente universal en el sentido de
afectar no sólo a todos los Estados del mundo sino a todos los territorios habita-
dos, a todos los rincones de la tierra. A más rincones que Estados miembros de las
Naciones Unidas. En efecto, la información recogida por la OMS es la relativa a
216 países, territorios y áreas mientras que tan solo son 193 los Estados miembros
de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La diferencia obedece a que la
1 https://covid19.who.int/ (última consulta 31 de agosto 2020).
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OMS recibe la información proporcionada por ciertos territorios con estatuto par-
ticular como es Groenlandia o los trece territorios no autónomos reconocidos por
Naciones Unidas, entre ellos Malvinas o Gibraltar. Sin embargo, entre ellos no se
encuentra Taiwán.
Si el nuevo coronavirus y la enfermedad por él desencadenada no hacen distin-
ción de fronteras y afectan potencialmente a todos por igual surgen de inmediato
tres preguntas concatenadas. Por un lado, saber si se trata de una situación comple-
tamente novedosa; por otro si siendo universal el problema debe serlo igualmente
la respuesta y tercero, si la comunidad internacional institucionalizada estaba pre-
parada para dar esa respuesta conjunta. Es lo que se busca responder modestamen-
te en los siguientes epígrafes tras unas aclaraciones terminológicas previas.
Lo cierto es que, con anterioridad, la humanidad afrontó graves riesgos mun-
diales para la salud, como las pandemias y las epidemias con potencial para con-
vertirse en una amenaza para la paz y la seguridad internacionales2. Así, al menos
lo consideró el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el órgano principal res-
ponsable de la paz y seguridad internacionales. Por ejemplo, en el caso de la enfer-
medad del ébola, el Consejo de Seguridad determinó en su resolución 2177 (2014)3
que el brote constituía una amenaza para la paz y la seguridad internacionales y
menoscababa la estabilidad de los países más afectados, y que podría dar lugar a
nuevos casos de desórdenes públicos y tensiones sociales y a un deterioro del clima
político y de la seguridad. Una preocupación reiterada en siguientes resoluciones,
como S/RES/2439 (2018)4 en la que, por ejemplo, se arma que el Reglamento Sa-
nitario Internacional (2005) contribuye a la seguridad de la salud pública mundial
mejorando la capacidad de todos los países de detectar, evaluar y noticar las ame-
nazas para la salud pública y de responder a ellas, recalcando la importancia que
reviste cumplir esos compromisos e instando a los Estados Miembros a que sigan el
asesoramiento del Director General de la OMS.
2 Erin Pobjie: Covid-19 as a threat to international peace and security: e role of the UN Securi-
ty Council in addressing the pandemic, julio 2020, ejiltalk.org/covid-19-as-a-threat-to-international-
peace-and-security-the-role-of-the-un-security-council-inaddressing- the-pandemic. Sobre el tema,
cf. Hidalgo García, M.: “Pandemias: un riesgo en auge en el Siglo XXI”, Revista española de defensa,
abril 2020, Instituto Español de Estudios Estratégicos, “Emergencias pandémicas en un mundo glo-
balizado: amenazas a la seguridad”, Cuadernos de Estrategia 203, febrero 2020. Ed. Ministerio de De-
fensa; InstituteforEconomics&Peace. COVID-19 and Peace, Sydney, June 2020. http://visionouman-
ity.org/reports (último acceso 28 agosto 2020).
3 Aprobada por unanimidad por el Consejo de Seguridad en su 7268ª sesión, celebrada el 18 de sep-
tiembre de 2014.
4 S/RES/2439 (2018), 30 de octubre de 2018.

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