Renta básica: ¿una herramienta para satisfacer deberes humanitarios, de justicia o de legitimidad?

AutorHugo Omar Seleme
Cargo del AutorCONICET, Universidad Nacional de Córdoba (Argentina)
Páginas107-127

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Ver nota 1

1. Introducción

Pocas herramientas institucionales han sido propuestas, como lo ha sido la renta básica, como la solución a tan variados problemas. Así, se ha señalado que un tipo de renta básica global -entendida como una cuota mínima de consumo-, financiada mediante impuestos al consumo y condicionada a los hábitos de consumo de quien la percibe, tendría efectos sobre el cambio climático producido por el uso desmedido e inequitativo de los recursos naturales2. De igual manera, ha sido sostenido que una renta básica global ayudaría a combatir la pobreza a nivel internacional, así como la desigualdad y ayudaría al mantenimiento de la paz3.

Del mismo modo, también se han señalado sus ventajas para solucionar los problemas a escala estatal o doméstica. La renta básica ha sido

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presentada como una herramienta eficaz para luchar en contra del paro4.

Como un mecanismo para corregir defectos del mercado laboral5. Y como una herramienta para luchar en contra de la discriminación de género6.

Con todo, una de sus virtudes más ponderada en los últimos tiempos -tanto en el ámbito estatal como internacional- ha sido su capacidad para reducir la desigualdad y la pobreza. A focalizar este aspecto de la renta básica ha contribuido la creciente toma de conciencia sobre este problema. A nivel internacional, tal toma de conciencia ha sido plasmada en los "objetivos de desarrollo del milenio" de las Naciones Unidas, el primero de los cuales propone erradicar la pobreza extrema y el hambre. Como meta para el 2015 se establece reducir a la mitad el número de personas con ingresos inferiores a 1 dólar por día7. Idéntica preocupación se ha evidenciado en los últimos años por parte de los funcionarios gubernamentales en el ámbito estatal. La lucha contra la pobreza se ha

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establecido como el objetivo a perseguir por cualquier política social. Así, por ejemplo, en mi país -Argentina-, la presidenta planteó como eje fundamental de su gestión económica la celebración de un pacto social que posibilitara la reducción de la pobreza8. Idéntica preocupación se constata en otros países9. Esta creciente preocupación por la desigualdad y la pobreza ha contribuido a fortalecer la posición que percibe a la renta básica como una herramienta para acabar con estos fiagelos.

Esta pluralidad de funciones a partir de la cual se justifica la utilización de la herramienta de la renta básica, ha generado una proliferación de concepciones que es necesario ordenar. Un modo de alcanzar este objetivo es clasificar a las concepciones de la renta básica según el tipo de deber que la herramienta aspira a satisfacer. En este sentido, es necesario distinguir tres tipos de deberes que la renta básica puede satisfacer. En primer lugar, se encuentran los deberes humanitarios que tenemos con cualquier individuo por el mero hecho de ser humano. En segundo lugar, tenemos los deberes de legitimidad política. Estos deberes, argumentaré, sólo surgen respecto de aquellos con quienes habitamos un mismo esquema de instituciones, impuestas coactivamente y que tienen como objetivo posibilitar la participación política. Por último, tenemos los deberes de justicia distributiva, que se refieren al modo en que ciertas instituciones distribuyen cargas y beneficios10.

Para percibir la distinción entre estos deberes, permítanme dar un ejemplo de cada uno de ellos. Un ejemplo de deber humanitario es el de ayudar al necesitado, una de cuyas instancias es el deber de aliviar la pobreza. Éste es un deber que tenemos en relación con cualquier ser

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humano, sea o no nuestro conciudadano. Un ejemplo de deber de legitimidad es el de garantizar a nuestros conciudadanos un nivel de recursos que les permita participar en el diseño de las instituciones que se les aplican. Todos deben disponer de los recursos necesarios para poder dedicarle tiempo -si así lo desean- a la actividad política. Un ejemplo de deber de justicia distributiva es el de maximizar la porción de recursos del conciudadano que menos recibe, si uno es un rawlsiano, o el deber de distribuir los recursos de modo que maximicen el nivel agregado de utilidad, si uno es un utilitarista, o algún otro, según cuál sea la concepción de justicia adoptada.

Uno puede utilizar la herramienta de la renta básica para alcanzar cualquiera de estos tipos de objetivos. Puede utilizarla como una herramienta humanitaria y destinarla a eliminar la pobreza extrema, tanto en el ámbito doméstico como en el internacional11. Puede utilizarla como una herramienta en aras de la legitimidad política, asegurando a todos los recursos necesarios para que las libertades y los derechos políticos sean efectivos y no sólo formales12. O puede utilizarla como una herramienta de justicia distributiva, tendente, por ejemplo, a distribuir la renta o el ingreso del modo correcto de acuerdo a una concepción de la justicia13.

En lo que sigue sólo me referiré a las políticas de renta básica a escala estatal. No me referiré, en consecuencia, a la renta básica global. La hipótesis que defenderé es que el modo correcto de utilizar a la renta básica, como instrumento de políticas domésticas, consiste en emplearla como una herramienta de legitimidad política. Puesto que nuestros Estados son, en mayor o menor medida, ilegítimos -ya que algunos ciudadanos no tienen los recursos suficientes para participar efectivamente en la toma de decisiones colectivas-, el objetivo de la renta básica debe ser garantizar dicho nivel de recursos.

El objetivo del presente trabajo, por lo tanto, es doble. En primer lugar, pretendo mostrar que las políticas de renta básica que tienen obje-

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tivos humanitarios, específicamente aquellas que se proponen eliminar la pobreza, pecan por defecto. No obtienen de la herramienta de la renta básica todo lo que puede proporcionar. En segundo lugar, pretendo mostrar que las políticas de renta básica que tienen algún otro objetivo referido al modo justo de organizar nuestros esquemas institucionales -alcanzando por ejemplo una distribución equitativa del ingreso y la riqueza- pecan por exceso. Se utiliza a la renta básica para alcanzar más objetivos de los debidos. En ambos casos el problema radica en que la herramienta no es utilizada para alcanzar el objetivo para el que es más idónea. Este objetivo -argumentaré- no es otro que el de la legitimidad política.

Dos tipos de consideraciones sostienen esta conclusión. La primera muestra lo inadecuado de utilizar la renta básica para satisfacer deberes humanitarios. La segunda muestra porqué es inadecuado utilizarla para satisfacer deberes de justicia distributiva.

2. Contra la utilización de la renta básica como herramienta humanitaria

Comencemos con las consideraciones que justifican no utilizar la renta básica como una herramienta humanitaria. El esquema institucional estatal posee una característica distintiva, que engendra entre los individuos a quienes se aplica específicas exigencias morales. Me refiero a su carácter coactivo y a los efectos profundos que produce en aquellos a quienes se aplica.

Las instituciones estatales configuran a los individuos que habitan en ellas. No poseemos ninguna identidad previa, ya que no arribamos al mundo social desde otro lugar donde nos hayamos configurado. Son las instituciones sociales las que nos han hecho ser quienes somos14. Las

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instituciones en las que hemos nacido y crecido no sólo tienen incidencia sobre nuestras oportunidades vitales, confiriéndonos una porción mayor o menor de recursos y derechos, sino también sobre la configuración de nuestros deseos y preferencias y el desarrollo de nuestros talentos personales. Nuestros deseos y preferencias -nuestros planes de vida- se configuran en un ambiente cultural que es producido y reproducido por el esquema institucional. Los planes de vida que posee una persona nacida en un esquema institucional como el argentino, por ejemplo, no son los mismos que aquellos que posee una persona nacida en China. Del mismo modo, el desarrollo de nuestros talentos naturales se ve infiuido por el esquema institucional. Mientras algunos esquemas institucionales posibilitan e incentivan el desarrollo de ciertas habilidades, otros no lo hacen15.

Nuestras oportunidades de vida, nuestros planes y proyectos personales y hasta nuestros talentos naturales se encuentran en parte configurados por el esquema institucional estatal en el que hemos nacido y crecido. El esquema institucional estatal tiene efectos profundos en los individuos que lo habitan. Ahora bien, estos efectos se producen en los individuos con total independencia de su consentimiento voluntario. Nadie ha elegido nacer y desarrollarse en el seno de un esquema institucional estatal. El esquema institucional se aplica a los individuos que lo habitan con total independencia de cuál sea su voluntad. De modo que los efectos de las instituciones estatales no sólo son profundos sino, adicionalmente, de aplicación coactiva.

La aplicación de un esquema coercitivo de estas características sobre individuos que, en tanto sujetos de razones, aspiran a dirigir su propia vida, genera una afrenta moral que exige reparación. En tanto sujeto de razones, cada uno aspira a dirigir su vida de acuerdo a sus propias consideraciones, de acuerdo a sus propias decisiones. Cada uno aspira a ser autor de su propia vida. Aspiración que es puesta en peligro por la apli

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cación de un esquema institucional que incide en nuestra configuración y se nos aplica con independencia de nuestra voluntad. La exigencia que genera la aplicación de un esquema con estas características...

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