Herencia de causante holandés sin intervención del contador partidor. Desheredación

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas223-225

Resumen: Varias cuestiones de interés sobre la intervención del albacea contador partidor en la partición; efectos de la desheredación y legislación aplicable al existir un elemento extranjero

Hechos: Se cuestiona la inscripción de una escritura de herencia en la que el causante, de nacionalidad holandesa y residente en España, fallece bajo la vigencia de testamento abierto en el que declara que la sucesión se debe regir por la ley española (Reglamento Sucesorio Europeo). En dicho testamento deshereda a sus tres hijos e instituye herederos a sus seis nietos por partes iguales (algunos de ellos son menores de edad y están representados por sus padres). Nombra un albacea contador partidor al que atribuye todas las facultades legales, incluso el pago en metálico a los herederos, pero los interesados deciden por unanimidad prescindir del mismo en la partición.

Se plantean en el recurso varias cuestiones bien fundamentadas y razonadas por la registradora en su calificación y por la notaria en su escrito de recurso, a las que va dando puntual respuesta la Resolución en los términos que seguidamente veremos.

Resolución: Estima el recurso interpuesto y revoca la calificación.

Doctrina:

I ALBACEA CONTADOR PARTIDOR:

1 ¿Pueden los herederos de común acuerdo prescindir en la partición del albacea contador partidor? SI, aunque tal respuesta debe ser matizada según los casos.

La respuesta ha de ser afirmativa salvo que el testador haya prohibido que se prescinda del albacea contador partidor, o cuando, sin prohibirlo literalmente, el nombramiento contenga especificaciones o particularidades que revelen una voluntad del testador contraria a que se pueda prescindir en la partición de la intervención del nombrado.

Argumento para permitir que de mutuo acuerdo todos los herederos pueden prescindir del nombrado es que el fundamento del cargo se encuentra en evitar litigios y que no hay litigio alguno cuando los interesados acuerdan unánimemente hacer por sí mismos la partición (SSTS 20 de octubre de 1992 y 22 de febrero de 1997. Aún más, la STS de 4 de febrero de 1994 admite que los herederos de mutuo acuerdo pueden partir de forma contraria a lo dispuesto en el testamento, por ello nada se opone a que puedan prescindir del contador partidor nombrado).

2 ¿Qué ocurre cuando en la partición están interesados menores de edad? ¿Se puede prescindir del albacea contador partidor nombrado? SI, con iguales matizaciones que en el apartado anterior.

Tratándose de un...

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