Guía básica del trámite de solicitud colectiva de prestaciones

AutorServicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
¿Cómo solicitar la prestación en nombre de los trabajadores?
¿QUIÉN DEBE SOLICITAR?
Debe solicitar la empresa, en nombre de los trabajadores que se vayan a ver afectados por la medida de
suspensión o reducción de jornada. Para ello, debe contar con la autorización de los trabajadores.
Se ha de presentar una solicitud por cada uno de los centros de trabajo en los que se vayan a aplicar las
medidas de suspensión o reducción, en el modelo de Formulario de Solicitud Colectiva.
¿QUÉ ES EL FORMULARIO DE SOLICITUD COLECTIVA?
Es un modelo de solicitud unificado, en formato de archivo Excel, que se puede descargar aquí.
El fichero Excel contiene dos pestañas: en la primera están las instrucciones de cumplimentación, la segunda
contiene la plantilla que hay que cumplimentar.
El nombre del fichero Excel será el Código Cuenta Cotización del centro de trabajo con sus quince dígitos
(ejemplo: 011101123456789) y la extensión obligatoriamente .xlsx y no versiones anteriores de documentos Excel.
¿QUÉ INFORMACIÓN DEBE CONTENER EL FORMULARIO?
Cumplimente la solicitud colectiva con la información relativa a la empresa, la persona que en representación de
la misma presenta el formulario y las personas afectadas por la suspensión o reducción de jornada, así como
como los datos necesarios para el reconocimiento de las prestaciones. El modelo de solicitud ya incluye la
declaración responsable de que cuenta con la autorización de los trabajadores para la remisión de sus datos al
SEPE.
Si no dispone del número de ERE por no haberlo asignado la Autoridad Laboral, consigne en dicha
casilla el número de registro de entrada, el número genérico 12020, o bien déjelo en blanco.
La fecha de inicio de la suspensión o reducción será, para cada uno de los trabajadores, el primer día
en que la misma le afecte.
Como fecha final, será el último día de efectos de la medida para cada trabajador. En el caso de ERTE
de fuerza mayor no podrá ser posterior a la fecha prevista de finalización del estado de alarma.
En el supuesto de que los trabajadores vayan a alternar días de actividad e inactividad, tendrá que
comunicar los periodos de actividad a través de la aplicación certific@2.
El % jornada a tiempo parcial será el que corresponda al porcentaje de jornada que el trabajador esté
realizando con anterioridad a la aplicación de la medida y que conste en su vida laboral. En los casos
en que el trabajador estuviera en esa fecha con jornada reducida por guarda legal o por ser víctima de
violencia, se hará constar la jornada realizada antes de dicha reducción.

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