La guerra, entre política, derecho y justicia

AutorAlfonso Ruiz Miguel
Cargo del AutorUniversidad Autónoma de Madrid
Páginas63-80

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1. Tres planos distintos

Se diría que el sobretítulo de las intervenciones reunidas esta tarde -"¿Se puede hablar de guerra justa?"- parece exigir el sobreentendido de un "todavía": "¿Todavía se puede hablar de guerra justa?". El horror y la devastación producidos por las guerras actuales inclinan a todas las reticencias cuando se habla de la guerra. En un reciente libro sobre éste y otros temas similares, significativamente titulado Calamidades, ERNESTO GARZÓN VALDÉS ha hecho una condena absoluta, hoy, de toda guerra1. Pero, en realidad, la guerra ha sido prácticamente siempre aterradora y cruel y siempre, dadas ciertas condiciones, se ha juzgado al menos como inevitable, en algunos casos incluso como justa. Y los criterios morales utilizados en este juicio moral quizá sean más estables de lo que podría parecer a primera vista: mientras las guerras ofensivas, salvo por los conquistadores, se han tendido a considerar injustificadas, las guerras defensivas se han visto como justas. La defensa de los republicanos en la guerra civil española, la reacción de los aliados contra las agresiones de la Alemania nazi y el Eje siguen siendo referencias presentes de participaciones justificadas en Page 64 una guerra (lo que no convalida todo lo que en tales participaciones se hizo, y especialmente los salvajes bombardeos a población civil por parte del campo aliado, que culminaron en Hiroshima y Nagasaki, del mismo modo que la justificación de la resistencia de los palestinos ante la ocupación de sus territorios por Israel contra las decisiones de Naciones Unidas no convalida los actos terroristas, es decir, los dirigidos indiscriminadamente contra población civil). En todo caso, las guerras se hacen y siempre se alegan razones para justificarlas por las dos partes, pues como dijo FRANCIS BACON, "hay tal justicia impresa en la naturaleza del hombre que no entra en las guerras (que tantas calamidades producen) sino con ciertos motivos y querellas al menos plausibles"2. Aunque no puede ser que ambas partes tengan la razón de su lado y cabe que no la tenga ninguna de las dos, también podría ser que la tuviera al menos una de ellas.

Los criterios en los que se sustenta la pretensión de justicia de la guerra no sólo son en ocasiones opuestos, lo que como hecho resulta trivial, sino que tienden a situarse en diversos planos "justificatorios", utilizando tal palabra en sentido amplio. Hay al menos tres planos especialmente relevantes a la hora de dar razones de la participación en esa explosión de violencia sistemática y organizada que es la guerra: el político, el jurídico y el ético, en los que la idea de justicia se utiliza en tres sentidos diferentes: respectivamente, como necesidad, como legalidad y como justificación moral. Aunque en principio sólo la justificación moral, en cuanto justificación de carácter último, es -siempre desde el punto de vista de quien la formule- una justificación en sentido estricto, capaz de servir de piedra de toque para las otras dos formas, más limitadas, de justificación, es secular la tendencia teórica y práctica a independizar los tres tipos como si fueran criterios autónomos que dan lugar a códigos potencialmente incompatibles entre sí. Las diferencias conceptuales entre los tres anteriores tipos de justificación se pueden hacer observar en sus trazos más gruesos de la siguiente manera.

La política, en cuanto ámbito del conflicto, tiende a estar dominada por los criterios de la prudencia y la racionalidad instrumental. Según tal racionalidad, supuesto el fin de mi propio interés, sea la Page 65 supervivencia o el engrandecimiento de mi país, están justificados todos los medios apropiados para conseguir ese fin. La racionalidad de la que aquí se habla es la relativa al cálculo de la adecuación entre medios y fines pero sin afectar a los fines mismos, teniendo como criterio de validación el éxito en la previsión y, en los hechos, la consecución de lo deseado conforme al diseño previsto. Se atribuye a MARGARET THATCHER una frase que aplica este criterio a las guerras de manera bien contundente: "Lo único malo de las guerras es perderlas". No obstante, aunque de ello se haga uso en las guerras sólo en pocas ocasiones, frente a una visión de la política como el enfrentamiento radical entre enemigos, al modo de CARL SCHMITT, la racionalidad política es también el ámbito del pacto y la transacción entre rivales que, sabiendo que en el conflicto pueden perder mutuamente, son capaces de ceder en sus pretensiones para llegar a algún punto común que salva la paz.

En el extremo opuesto a la política, por así decirlo, el punto de vista ético se caracteriza por apelar al ideal, al deber ser mostrado por una forma de racionalidad distinta, mucho más discutida e insegura que la racionalidad instrumental. Se trata de la racionalidad final, relativa a los fines mismos, que unos ven en el criterio de la universalidad y la imparcialidad entroncado con la idea de dignidad humana, otros en el criterio de la felicidad, otros en ciertas intuiciones pretendidamente evidentes y otros, en fin (pero la enumeración está lejos de ser exhaustiva), en la naturaleza racional impresa por Dios en la conciencia humana. Esa diferencia de fundamentaciones explica ya en buena parte la diversidad de criterios sobre lo bueno y lo correcto o justo. Pero se adopte la posición que se adopte sobre la fundamentación de la moral, el punto de vista moral es ineludible como criterio para el juicio último de las conductas e instituciones humanas. Y no cabe excluir que, en muchas materias importantes al menos, exista un mayor acuerdo ético entre los seres humanos del que a veces nos inclinamos a suponer, por ejemplo en relación con la tortura, la esclavitud, el maltrato a personas indefensas, la insoportabilidad de la muerte por hambre o enfermedades perfectamente curables, etc.

Entre los dos criterios anteriores, como una especie de híbrido entre ética y política, el Derecho, y también el Derecho internacional, se configura como sistema de regulación y uso de la fuerza mediante reglas más formalizadas y, en general, más consensuadas Page 66 de hecho que los criterios morales, dotadas por tanto de mayor definición y precisión -aunque nunca totales-, de manera que el abanico de sus discusiones e interpretaciones suele resultar más reducido que en el caso de la ética. Con todo, aunque el Derecho suela pretender legitimidad y quiera reflejar una cierta concepción de la justicia, difícilmente expresa un punto de vista plenamente consistente ni definitivo, entre otras razones por las concesiones que las leyes han de hacer a la tradición, a los poderes de hecho, en suma, a la realidad política.

Presentados los tres planos de "justificación" a grandes rasgos, en lo que sigue me propongo avanzar unas reflexiones sobre algunos rasgos y contenidos de las pretensiones de justificación de la guerra en esos tres planos. Comenzaré por la justificación política, seguiré por la jurídica y concluiré con la justificación ética.

2. La "justificación" política de la guerra

La "justificación" política de la guerra identifica la justicia de la guerra con su necesidad. Desde una óptica pasiva, por ejemplo la de quien contempla una guerra ya pasada o incluso una todavía no comenzada pero que sabe que ocurrirá, la guerra aparece a veces como un fenómeno natural, muy similar a una catástrofe. El principal rasgo de ciertos fenómenos naturales como los terremotos o los huracanes, que devastan ciegamente a su paso, es su inevitabilidad. Pero también desde una óptica activa, como la de quienes en último término deciden políticamente sobre si desencadenar una guerra, sea iniciándola o respondiendo a una previa acción bélica, la guerra puede aparecer como algo tan ineludible como un fenómeno natural, lo que consagra tales decisiones políticas con la aplastante "justificación" de lo inevitable. La irrevocabilidad, que es al fin y al cabo producto de una previa decisión humana, se transmuta en inevitabilidad, según lo ilustró RAFAEL SÁNCHEZ FERLOSIO en su espléndido análisis "Cuando la flecha está en el arco, tiene que partir"3. Y, ciertamente, en lógica puede hablarse de una analogía Page 67 entre las modalidades aléticas -las relativas a las relaciones entre lo necesario, lo imposible y lo contingente- y las modalidades deónticas -las relativas a las relaciones entre lo obligatorio, lo prohibido y lo permitido-, en la medida en que las tres categorías de cada modalidad son interdefinibles por el procedimiento de la negación: así, lo necesario es lo no imposible ni contingente, como lo obligatorio es lo no prohibido ni permitido, lo contingente es lo no necesario ni imposible, etc.

Sin embargo, la estricta correspondencia entre las tríadas alética y la deóntica se limita a esa analogía formal, sin que pueda utilizarse para identificar o solapar los juicios sobre el plano de lo fáctico y el de lo normativo. En realidad, cuando ciertos actos se pretenden justificar como inevitables se está produciendo un quid pro quo entre la descripción de ciertos hechos, que se da a entender que ocurren con independencia de la voluntad humana, y la valoración de las acciones humanas, que se suponen voluntarias y que en tal medida pueden ser juzgadas en el plano moral. La tentación de confundir el plano fáctico y el moral puede producirse de varias maneras, por ejemplo, para interpretar que ciertas consecuencias necesarias son castigos por nuestras acciones (así, el accidente como "castigo" por una conducción imprudente), pero también, y ésta es seguramente la tendencia más común ante la guerra, para "justificar" como inevitable lo que en realidad podía haber sido evitado. Pero la moral se basa en la creencia de que cuando la flecha está en el arco también puede no partir: el arquero podría destensar la cuerda sin...

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