Heiderhoff, Bettina: Grundstrukturen des nationalen und euroäischen Verbrauchervertragsrechts- insbesondere zur Reichweite europäischer Auslegung, Mülnchen, Sellier, 2004, 499 pp., ISBN 3- 935808-27-5.

AutorEsther Arroyo Amayuelas
CargoProfesora Titular de Derecho civil Universidad de Barcelona
Páginas312-314

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El libro es el trabajo de Habilitation con el el que la autora obtuvo la venia legendi en Derecho civil, Derecho procesal, Derecho privado europeo y Derecho internacional privado, en el año 2002, en la Universidad de Leipzig. La investigación ha sido puesta al día para la publicación con datos que alcanzan hasta el mes de octubre de 2003. Esencialmente, se analiza el proceso de europeización del Derecho nacional en materia de contratos con consumidores. En palabras de la autora, el estudio: «hat sich die "europäische Auslegung" des Vebrauchervertragsrechts als Rahmen gesetz» (p. 13). Trata, pues, por un lado, del Derecho de la Unión Europea, especialmente de las Directivas; por el otro, del Derecho de obligaciones alemán recientemente reformado siguiendo las pautas del primero. El trabajo detecta los cambios que ha generado el Derecho de consumo en el Derecho civil, construye una sistemática del Derecho de contratos con consumidores y glosa cuáles son las tendencias y los principios generales en esta materia.

A la relación entre el Derecho nacional y el europeo dedica la autora el primer capítulo de la obra. Se plantea cómo y de qué manera opera la preferencia de este último sobre el primero, es decir, qué normas resultan afecta- Page 313das por el impacto de las libertades comunitarias sobre el Derecho privado y en qué medida. Eso significa también entrar a analizar hasta qué punto el Derecho alemán puede prescindir del nivel de protección al consumidor establecido en el estándar europeo. Puesto que la protección al consumidor se logra esencialmente a través del Derecho secundario (mediante promulgación de Directivas), en este capítulo se analiza también cuál sea la eficacia de las directivas no transpuestas; previamente, se expone el debate de hasta dónde alcanza la competencia de la UE para incidir en la armonización del Derecho nacional [una de las conclusiones de la autora (pp. 36-37) es que el principio de subsidiariedad no es especialmente apto para conseguir la armonización, teniendo en cuenta que con medidas simplemente nacionales es muy difícil incrementar la confianza del consumidor en las operaciones transnacionales y, por tanto, no se consigue la finalidad principal, que es fomentar el refuerzo del mercado interior] y cuál es el papel (limitado) del TJCE a este respecto.

La finalidad es evitar disfunciones en la aplicación de las normas o, dicho de otro modo, de procurar una aplicación correcta y sistemática del...

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