Google rectifica (un poco)

AutorJoaquim Barberá
Cargo del AutorAbogado - e-Business Center PwC&IESE
Páginasbarbera@iese.edu

La polémica ha acompañado al servicio AdWords desde que Google lo lanzó el año pasado. Ofrecer el derecho a anunciarse junto a los resultados de la búsqueda en Internet de una determinada palabra y pretender que este servicio se desarrolle de manera automática, sin llevar a cabo una supervisión del desarrollo real del mismo, puede comportar varios escenarios de riesgo jurídico. Fundamentalmente, se plantean supuestos de infracción de la propiedad industrial (marcas, pero también patentes y dibujos industriales), propiedad intelectual, competencia desleal y posibles reclamaciones de la administración (en relación con la defensa de los consumidores o las ofertas de ciertos productos y servicios sometidos a regulación estatal). En todos estos casos Google no actuaría como causante principal del supuesto daño, pero sí como proveedor del medio necesario para su comisión (sobre la existencia de este nexo de causalidad habría que ver en cada caso lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional afectado). A diferencia de otro tipo de servicios prestados en el entorno de la Sociedad de la Información, al tratarse aquí de una actividad publicitaria, AdWords difícilmente podría escudarse en los supuestos generales de exención de responsabilidad previstos en la normativa sectorial de cada país.

Después de observar como se sucedían las reclamaciones...

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