GONZALES PÉREZ DE CASTRO, Maricela: La verdad biológica en la determinación de la filiación, ed. Dykinson, Madrid, 2013, 374 pp.

AutorCésar Hornero Méndez
CargoProfesor Contratado Doctor. Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)
Páginas218-222

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El Derecho sin verdad es el título de un sugerente libro de la filósofa del Derecho italiana Ana Pintore (publicado en 1996 y traducido también en la editorial Dykinson en 2005). En el realiza una revisión (y una actualización) de uno de los considerados cimientos del positivismo jurídico: el Derecho es sin verdad, un planteamiento que ha tenido en Hobbes y en Kelsen a algunos de sus principales sostenedores. Pintore, sin estar condicionada por la tradición hobbesiana-kelseniana -al menos es lo que pretende-, llega por su cuenta a la misma conclusión, es decir, de que «el Derecho es irremediablemente sin verdad». En esto, aclara de inmediato, reside su utilidad y hasta su razón de ser: «Asociar el Derecho a la verdad -concluye- hace de él un fin, o un principio, e induce a desentender su instrumentalidad». En definitiva, nada nuevo. Se trata de una visión positivista y utilitarista de las normas jurídicas a las que no se les puede ni se les debe preguntar si son verdaderas o falsas, sólo si sirven para resolver los problemas o conflictos para los que están destinadas. Para eso, se afirma, la verdad es innecesaria. Por elevación, puede

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pensarse que quienes sostienen este planteamiento niegan la verdad, toda verdad, no sólo en el ámbito del Derecho. Pero no necesariamente debe ser así -y a algo de eso alude Pintore-, ya que habría quienes sólo lo hacen para el Derecho, es decir, que no consideran a ésta, a la verdad, como un elemento constitutivo de la norma jurídica (precisamente Hobbes mantenía que no era la verdad sino la autoridad la que la definía: Auctoritas non veritas fecit legem). Como suele suceder tantas veces con planteamientos radicales, nos parece que en todo ello hay un poco de exageración (y por tanto de distorsión), ya que no necesariamente, pensamos, autoridad y verdad deben ser incompatibles en el Derecho.

Con toda probabilidad Maricela Gonzáles, la autora de la monografía que nos ocupa, y el autor del prólogo, el director de la tesis que da origen a ésta, el Profesor Durán Rivacoba no participan de este planteamiento acerca de la verdad en relación con el Derecho. Ello no significa que maestro y discípula estén absolutamente de acuerdo en todo -no es así como el primero recuerda-, aunque sí creemos que lo están en lo esencial. Y esto, lo esencial, consistiría en entender que preexiste una verdad al Derecho, que éste debe recoger y reflejar. No lo dicen en ningún momento -que nadie espere encontrar alusiones al Derecho natural ni a moral alguna- pero se trasluce su adhesión al Derecho con verdad (por contradecir a Pintore). En este sentido, lamenta Durán en concreto que el Derecho de familia era, hasta hace bien poco, un sector del ordenamiento jurídico, donde primaba la «certeza» -prefiere no hablar de verdad- como principio básico. Una certeza que, en su opinión, habría menguado o prácticamente desaparecido en la esfera conyugal, con las dos leyes que en julio de 2005 regularon respectivamente el matrimonio entre personas del...

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