El Gobierno Local en la Constitución Española de 1978

AutorJosé Manuel Canales Aliende - Pedro Luis Pérez Guerrero.
Cargo del AutorProfesores del Área de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad de Alicante.
Páginas23-26

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5.1. El modelo de articulación territorial

La Constitución Española de 1978 perfila un nuevo modelo de articulación territorial conforme a los principios incluidos dentro de dicho texto fundamental. Se mantienen como Entes Territoriales el Municipio y la Provincia, compartiendo su presencia con el nuevo nivel autonómico de gobierno. Así, en el artículo 137 se afirma que "el Estado se organiza territorialmente en Municipios, en Provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses".

En el capítulo II, dedicado al Gobierno y a la Administración Local se garantiza la existencia de los Municipios, tal como establece el artículo 140:

"La Constitución garantiza la autonomía de los Municipios. Éstos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del Municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del Concejo Abierto".

Y de las Provincias, tal como dispone el artículo 141:

"La Provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de Municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica".

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"El Gobierno y la administración autónoma de las Provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo".

El nuevo modelo de planta local que diseña la Constitución Española se basa en los principios de unidad, de solidaridad y de autonomía, matizando los dos primeros al tercero de ellos. El principio de unidad, reconocido en diversos preceptos del texto constitucional (artículos 2, 138, 150 y 158.2) supone el...

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