La gestión de los derechos de autor en museos públicos

AutorAna Javierre Pascual
Cargo del AutorExperta Profesional de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual por la UNED. Gestora Cultural
Páginas97-99

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Mediante la realización de entrevistas a los responsables de la gestión de derechos de autor en museos, hemos podido incorporar a este trabajo aspectos que, a día de hoy, contienen el grueso de la gestión de la propiedad intelectual en instituciones museísticas.

· Responsable de la gestión de los derechos de autor

Por lo general, no existe una figura en concreto que aglutine estas funciones. Normalmente, se reparte entre el Comisario o Jefe de la Colección, el Departamento de Fotografía, Consultores externos o internos, Fundaciones que forman parte de la entidad...etc.

· Préstamos y adquisiciones

Dependiendo de las características del museo, se evalúa la posibilidad de adquisición de una creación artística. De esta forma, si no se

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adquiere obra, es porque el Museo realiza sus exposiciones o a través de su propia colección o bien a través de préstamos con otras instituciones. Si el museo es de titularidad pública, la adquisición se realiza mediante un contrato de suministro de bienes perteneciente al patrimonio histórico español.

· Cesión de derechos

Mediante el recurso a unos formularios, se especifica el uso que se requiere de la obra de arte (prensa, merchandising, libros y publicaciones, investigación...etc.) con unas condiciones generales para la reproducción de las obras (leyenda que debe aparecer con la reproducción, usos y limitaciones, entidad de gestión...etc.).

· Uso de licencias Creative Commons

Dependiendo del tipo de institución, su uso se fomenta en mayor o menor medida.

· Obras huérfanas

Por lo general, en todas las instituciones se conoce qué obras poseen tal carácter, pues sirve muy bien para responder a ciertos usos del museo (y para evitar los costes asociados a la gestión de los derechos de reproducción). Por ejemplo, las obras de Edward HOPPER son huérfanas, en tanto que se desconoce quién ostenta sus derechos de autor. De ahí que, por ejemplo, el Museo Thyssen-Bornemisza juegue con parte de sus obras para el envío de postales digitales 22. En el caso del Museo Reina Sofía, han digitalizado obras de Juan GRIS y fotografía anónima de la Guerra Civil española, ambas asimismo, huérfanas y, por ende, obras que pueden ser utilizadas sin necesidad de pedir los correspondientes derechos de explotación.

· Gestión de derechos de artistas internacionales

Estos casos en ocasiones son problemáticos por la diferencia existente en los sistemas jurídicos de protección de derechos de autor, sea por la ausencia de...

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