Los gastos generales servicios y suministros

AutorJosé María Zaforteza Socías
Cargo del AutorAbogado
Páginas41-43

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6. 1 - ¿Quién paga los gastos generales de la finca?¿Cómo?

Los gastos y servicios del título son los que corresponden a la fi nca alquilada tales como: portería, conservación y reparación del ascensor, limpieza de escalera, cuidado de jardines comunitarios, etc., etc.; para su distribución a los inquilinos hay que distinguir la fecha de los contratos.

6. 2 - Distinción según la fecha de los contratos de arrendamiento
Arrendamientos anteriores al 9 de mayo de 1985
Viviendas y locales de negocio

Salvo que las partes hayan pactado que estos gastos los pagará el dueño éste puede repercutir su importe sobre los inquilinos en proporción al uso que hagan de ellos y de no ser posible en proporción a las rentas que paguen, o sea a más renta más pago ya que se supone mejor dependencia; de todas formas, el sistema más práctico es a partes iguales, generalmente aceptado por todos, salvo casos especiales. (arts. 101 y 102 de la Ley de Arrendamientos de 1964, vigente en esta materia, y el Decreto de 26/7/56, BOE del 11/9). Page 42

Arrendamientos celebrados desde el 9 de mayo de 1985 al 31 de diciembre de 1994, ambos inclusive
Viviendas y locales de negocio

A estos arrendamientos se les sigue aplicando la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, con algunas modifi caciones, que no afectan al caso, por lo que vale para ellos lo dispuesto en el párrafo anterior para los arrendamientos anteriores al 9 de mayo de 1985. (Ley de Arrendamientos de 1994, disposición transitoria primera).

Arrendamientos celebrados a partir de 1° de enero de 1995, inclusive
Viviendas

La nueva Ley de Arrendamientos de 1994 dispone expresamente que los gastos propios de la vivienda alquilada, que se controlan mediante contadores individuales (electricidad, etc.), son a cargo del inquilino, lo mismo en los trasteros y garages. (Es el art. 20) Los otros gastos de tipo general, necesarios para el sostenimiento de la fi nca y que no...

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