GARRORENA MORALES, A., FANLO LORAS, A., La constitucionalidad de los nuevos Estatutos en materia de aguas. A propósito de la propuesta de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, Fundación Instituto Euromediterráneo del Agua, Murcia, 2008, 214 pp.

AutorLucía Casado Casado
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat Rovira i Virgili. Investigadora, Centre d?Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Páginas1-6

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Los procesos de reforma estatutaria acometidos en los últimos años han puesto de manifiesto un importante conflicto en torno al agua y su gestión territorial en España. Son varias las comunidades autónomas que han aprovechado la ocasión para introducir en los nuevos textos estatutarios algunas previsiones que incrementan sus cuotas de poder sobre este recurso y que plantean no pocas dudas en torno a su constitucionalidad, dados los mecanismos y facultades atribuidos a los entes autonómicos, especialmente en el caso de las cuencas intercomunitarias. Buen ejemplo de ello son el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que otorga competencias exclusivas a esta Comunidad "sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución"; o el artículo 75 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que también atribuye competencias exclusivas a esta Comunidad "cuando las aguas discurran íntegramente dentro del territorio de Castilla y León, en materia de proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; aguas minerales, termales y subterráneas, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos".

Ello ha suscitado un interesante debate en nuestro país en torno a cómo articular la gestión del agua en el territorio y los procesos de territorialización de este recurso que están llevando a cabo algunas comunidades autónomas en sus Estatutos con el modelo de gestión establecido con anterioridad y con el principio de gestión unitaria por cuencas hidrográficas, así como con la solidaridad interregional. Se trata, además, de una cuestión que ha llegado al Tribunal Constitucional, que ya se ha pronunciado al hilo de las Sentencias recaídas sobre los Estatutos de Autonomía de la Comunidad Valenciana y de Cataluña, considerados constitucionales en cuanto hace referencia a sus previsiones sobre aguas, recogidas en los artículos 17.1 -referido a eventuales

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derechos sobre el agua- y 117, respectivamente1. Además, acaba de publicarse en la prensa (en fecha 17 de marzo de 2011) la noticia de que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 51 del Estatuto andaluz, si bien todavía no se ha hecho pública la sentencia.

En este contexto, resulta de gran interés la lectura del libro de los profesores Ángel Garrorena Morales y Antonio Fanlo Loras, La constitucionalidad de los nuevos Estatutos en materia de aguas. A propósito de la propuesta de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Se trata de una monografía en que se analiza de forma exhaustiva una cuestión de gran actualidad, como es la de la constitucionalidad de los nuevos Estatutos de Autonomía y, en especial, la de la Propuesta de Estatuto de Castilla-La Mancha, actualmente paralizada. Se acomete esta labor desde una perspectiva interesante, toda vez que aunque se examina detalladamente el caso de la propuesta de Estatuto de Castilla-La Mancha -aprobada por el Pleno de las Cortes de esa comunidad autónoma el 29 de enero de 2007-, se ofrece también un enfoque global de la cuestión y se realizan consideraciones y reflexiones de interés general, plenamente extrapolables al análisis de otros Estatutos. Todo ello se realiza, además, desde una perspectiva interdisciplinar poco frecuente en el ámbito jurídico, habida cuenta que confluyen en la obra las vertientes del Derecho constitucional y del Derecho administrativo, aportadas...

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