Garantía de rentas y protección social

AutorFrancisco Ramos Martín
Cargo del AutorTutor de los estudios de Ciencias del Trabajo en la Univesitat Oberta de Catalunya

Los expertos suelen defender un modelo de sistema de garantía de rentas que suele girar en torno a tres pilares1:

- Un nivel básico de carácter público y universal (o no), financiado con cargo a los ingresos generales del Estado. Este nivel englobaría, en función del carácter universal o no, la renta básica o las rentas mínimas, las prestaciones no contributivas y asistenciales.

- Un segundo nivel de carácter profesional, contributivo y proporcional, financiado por cuotas de los trabajadores, que recogería las prestaciones contributivas (jubilación e invalidez, básicamente).

- Un tercer nivel, de carácter individual y libre, por el cual las personas que así lo deseen puedan asegurarse por encima de los niveles de protección anteriores. Haría referencia a las pensiones privadas y planes de pensiones.

Ahora analizaremos, en primer lugar, las pensiones, y luego los diferentes modelos de rentas (mínimas o básicas) garantizadas.

1. Pensiones

En general, como ya hemos señalado, los mecanismos de garantía de rentas, dentro de los cuales las pensiones son los más importantes, cumplen cuatro funciones:

- Redistribución de la renta.

- Lucha contra la pobreza.

- Fomento de la igualdad de oportunidades.

- Aseguramiento frente a contingencias individuales (enfermedad, muerte, etc.).

El sistema de pensiones español podría caracterizarse como de universalización incompleta. La parte más importante está basada en un modelo contributivo clásico, al que se van añadiendo después diferentes capas protectoras que pretenden llegar a la universalidad. Sus notas características son:

- Fuerte carácter contributivo y familiar.

- Extensa cobertura, pero exclusivamente monetarista y poco integrada con otros mecanismos protectores (empleo, educación, etc.).

- Baja intensidad protectora (la cuantía media de la prestación es bastante reducida).

- Inexistente protección familiar.

- Ausencia de una renta mínima estatal como derecho subjetivo.

- Gasto social contenido y alejado de la media europea.

Volviendo al análisis de los modelos genéricos, en primera instancia conviene que nos detengamos en los aspectos relacionados con la financiación del sistema. En concreto, como hemos apuntado, el modelo contributivo está basado en las aportaciones de trabajadores (o de empresarios, por cuenta de aquéllos), mientras que el modelo universal estaría basado en recursos provenientes de la imposición general. Como vemos en las dos tablas siguientes (tablas 13.1 y 13.2), en puridad en Europa no hay un modelo claramente contributivo o universal, sino distintas combinaciones de aspectos de ambos:

Sin embargo, no sólo tenemos que poner de relieve la dificultad de definir el modelo contributivo o universal. También conviene recordar que, en muchas ocasiones, con las contribuciones no se satisfacen únicamente las pensiones contributivas, sino también pensiones no contributivas o complementos a mínimos. Incluso se atiende a la asistencia sanitaria, con lo que se vulnera el carácter contributivo y, de hecho, se utiliza el sistema de financiación de las pensiones como un mecanismo recaudatorio para atender necesidades que hay que cubrir con cargo a otros ingresos (por ejemplo, la imposición directa). Éste ha sido el caso español a lo largo de su (escasa) historia. Y, aún hoy, las pensiones no contributivas y las contributivas se financian con base a estas contribuciones de trabajadores y empresarios.

Tabla 13.1. Tipos efectivos medios impositivos y de cotización (% sobre salario íntegro de un trabajador soltero, sin hijos y que recibe una retribución media)

[ NO INCLUYE TABLA ]

Tabla 13.2. Tipos medios del impuesto sobre la renta, cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador y del empresario (% sobre costes salariales de un trabajador soltero, sin hijos y que recibe una retribución media)

[ NO INCLUYE TABLA ]

No entraremos aquí en el creciente debate acerca de la mejor manera de atender a la financiación de las pensiones, contextualizado en torno a la crisis del estado de bienestar, que es la creciente presión demográfica (bajas tasas de natalidad y altas tasas de envejecimiento de la población). Simplemente, apuntaremos algunas ideas que, en los últimos tiempos y debido a los problemas de financiación de este tipo de prestaciones, se han propuesto para reducir los costes económicos de las pensiones contributivas.2

- Incrementar la edad de retiro: si crece la esperanza de vida, puede parecer lógico incrementar la edad de jubilación.

- Bajar la tasa de sustitución (el montante de la pensión en relación al salario que se percibía), al menos en lo que respecta a la pensión garantizada en el sistema público. Esto dejaría un campo abierto para los sistemas privados de planes de pensiones.

- Incrementar la tasa de contribución (la cuota mensual que se paga como contribución).

- Incrementar los años de contribución requeridos para acceder al derecho.

- Incrementar los años requeridos para calcular la cuantía de la pensión (en los tres últimos casos, para elevar las contribuciones al sistema).

- Indiciar las pensiones respecto al IPC y no respecto a los salarios percibidos.

- Impedir las prejubilaciones e incentivar la permanencia en el empleo.

- Medidas fiscales relativas a los fondos de pensiones privados.

En cuanto a la estructura del gasto en protección social, se puede comprobar en la tabla 13. 3 que las pensiones de vejez son las que representan el mayor porcentaje dentro del conjunto del sistema.

No insistiremos en el tema de las pensiones, pues ya lo hemos analizado al estudiar las diferentes tipologías de políticas sociales. Baste decir que constituyen, sin lugar a dudas, el principal mecanismo de transferencia de rentas de que se proveen los estados de bienestar, como tendremos ocasión de comprobar para el caso español.

2. Rentas mínimas

Frente a la alternativa de la universalización de la garantía de rentas, en la mayoría de los países se han venido estableciendo sistemas asistenciales más o menos conectados con procesos de inserción sociolaboral, que pretenden garantizar unos mínimos niveles de ingresos económicos a la población. Criterios de contención del gasto social, de ideología apegada a la ética del trabajo y de organización del modelo de estado de bienestar están por detrás de esta elección. La creciente pujanza de este tipo de mecanismos arranca de la constatación del fracaso de nuestros modelos económicos para garantizar, mediante el empleo, una renta suficiente para todos.

En este apartado, sencillamente, apuntaremos la existencia de este tipo de dispositivos. Al hilo del ejemplo español, referiremos las principales notas de los mismos, sin entrar a profundizar en su lógica organizativa o su eficacia para combatir la pobreza o la exclusión (tablas 13.4 y 13.5).

Tabla 13.3. Gastos de protección social en España por funciones (porcentajes del PIB)

[ NO INCLUYE TABLA ]

Tabla 13.4. Posición institucional de las rentas mínimas en el sistema de protección social español

[ NO INCLUYE TABLA ]

Tabla 13.5. Los cuatro sectores del sistema de garantía de rentas español

[ NO INCLUYE TABLA ]

Las notas que caracterizan el modelo español de garantía de rentas son las siguientes:3

- Se trata de un sistema selectivo, en función de la edad y de la capacidad de trabajar.

- Es un sistema más orientado a los precarios que a los excluidos: el peso de la protección contributiva o su extensión social es abrumador respecto a la protección no contributiva.

- Es un sistema de bajo nivel protector, de modo que las prestaciones son muy insuficientes.

- Es un sistema poco insertador, que articula mal las prestaciones económicas con las políticas activas de empleo.

- La heterogeneidad de los sistemas establecidos y de los importes de las prestaciones, debido a la estructuración autonómica de este tipo de ayudas, vulnera cualquier principio de equidad interterritorial.

La tipología de preceptores es realmente tan variada como la de colectivos en riesgo de exclusión. Sin embargo, pueden identificarse cuatro grupos especialmente significativos:4

- Hogares formados por mujeres solas con cargas familiares, es decir, familias monoparentales encabezadas por mujeres.

- Personas solas, en su gran mayoría varones y de edad avanzada. Se trata con frecuencia de personas desempleadas desde hace tiempo, a menudo con problemas de alcoholismo y salud mental.

- Personas (en familias generalmente bastante numerosas) que viven alrededor de actividades económicas marginales (venta ambulante, chatarra) y en espacios marginales (chabolas, remolques, cuevas), o proceden de los mismos tras su realojo.

- Familias que padecen múltiples problemas sociales, económicos y, en ocasiones, de salud, generalmente clientes tradicionales de los servicios sociales.

Respecto a la evidencia empírica relativa a las personas susceptibles de recibir este tipo de prestaciones, se pueden señalar algunas notas relevantes:5

- Un 39% de los excluidos vive especialmente de las pensiones y prestaciones sociales, la mayor parte de las prestaciones no contributivas o asistenciales.

- Un 30% vive casi exclusivamente de los ingresos de su trabajo, la mayor parte realizado en economía sumergida.

- Un 21% vive de una combinación de ingresos por trabajo (sumergido) y de pensiones y prestaciones, en la mayoría de los casos contributivas.

- El 10% restante no tiene ingresos por trabajo ni tiene acceso a las prestaciones del sistema de garantía de ingresos. Sobrevive gracias al apoyo de algunos familiares y de las instituciones privadas de caridad.

Junto a las rentas mínimas, existen, como hemos dicho, prestaciones no contributivas (pensiones no contributivas, complementos a mínimos). Conviene retener que no se trata del mismo dispositivo que el de rentas mínimas, por cuanto las pensiones contributivas se articulan por el sistema de la Seguridad Social para garantizar unos mínimos a aquellos que han contribuido al sistema pero no lo han hecho de forma suficiente como para generar una pensión que cumpla unos...

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