Hipoteca en garantía de crédito en mano común. No es necesario fijar la cuota de titularidad de cada acreedor

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
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Hechos: Se otorga una escritura de reconocimiento de deuda a favor de varias personas con garantía hipotecaria. Hay por tanto una pluralidad de acreedores del crédito, que se dice es mancomunado o en mano común, por lo que no se determinan cuotas de titularidad en la hipoteca.

El registrador solicita que se determine la cuota de cada uno de los titulares del crédito, pues entiende que al ser mancomunado es necesario por el principio de especialidad.

El Notario recurre y alega que los créditos pueden ser parciarios (en cuyo caso sí existiría una cuota por cada acreedor) solidarios (cualquier acreedor puede ejercitar la acción por el todo) y en mano común o mancomunados (tienen que actuar todos los acreedores de común acuerdo). En el presente caso es en mano común, por lo que no existen cuotas, por su propia naturaleza y por ello no se pueden determinar a efectos de la hipoteca y de su inscripción.

La DGRN comienza por considerar que las hipotecas son accesorias del crédito principal. Por tanto la exigencia o no de la determinación de cuotas dependerá de la naturaleza del crédito garantizado.

Reconoce también que la terminología del Código Civil en este punto sobre las obligaciones mancomunadas y solidarias no es precisa y se presta a confusiones; añade que la redacción de la escritura tampoco fue muy cuidadosa, aunque concluye que está suficientemente claro que el crédito del presente caso es en mano común.

La DGRN equipara los conceptos de obligaciones mancomunadas y en mano común, en los que la titularidad del crédito es conjunta, sin cuotas, reservando el nombre de parciarias a las obligaciones con varios acreedores en las que la titularidad del crédito se divide por cuotas. La mancomunidad puede nacer porque la obligación es indivisible por naturaleza o por acuerdo de las partes.

Este tipo de créditos en mano común exige que actúen todos los acreedores a la vez, por lo que considera que no hay que especificar las cuotas de cada comunero en la hipoteca. En definitiva, revoca la...

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