Ganar la gracia del pueblo: legislación sobre fiestas y juegos en Castilla

AutorEulogio Fernández Carrasco
Páginas589-604

Page 589

Estudiar o explicar la consideración y sentido de la fiesta en la Castilla de los Austrias, por sus implicaciones, es sumamente difícil en la medida en que tal estudio no es sino una forma de estudiar la experiencia misma del tiempo. Y no lo es menos el intentar una aproximación al tema desde el punto de vista jurídico.

De entrada, a los largo de la Historia la percepción del tiempo no ha sido siempre la misma; hay un tiempo sagrado opuesto a un tiempo profano, cuya duración y estructura es distinta. El tiempo sagrado se caracteriza por vertebrarse en torno a un rito, a una determinada ceremonia que, generalmente, trata de conmemorar o, más propiamente, recuperar, un acontecimiento mítico o histórico (y por tanto, ya mitificado).

¿Cuándo y cómo el tiempo profano puede ser transformado en tiempo sagrado? Para la mentalidad religiosa, el tiempo no es homogéneo; está abierto hacia el tiempo sagrado no solo en días prefijados sino en todo momento. Cualquier instante puede llegar a ser sagrado con solo ejecutar un rito. La ceremonia o ritual tiene la propiedad de hacer presente aquel acontecimiento mítico o histórico, es decir, retrotraer el tiempo profano hacia aquel tiempo sagrado. En definitiva, que el participante en la liturgia se sienta contemporáneo de ese evento transhistórico que ahora se reactualiza 1.

La fiesta es el tiempo del rito. Y el rito es la repetición o reactualización del acontecimiento originario. Las acciones humanas (trabajos agrícolas, costumbres sociales, la vida sexual, etc.) no tienen significación o trascendencia más que en la medida en que reactualizan o rememoran un gesto o acontecimiento sagrado. Es decir, todo aquello que no tiene un modelo transhistórico previo,Page 590 carece de importancia. Ello implica que la historia, para la mentalidad religiosa, tienda a reducirse casi exclusivamente a acontecimientos sagrados o míticos que se reactualizan constantemente mediante las fiestas.

En rigor, las modalidades festivas no hacen sino repetir un único rito, el rito originario, reactualizándolo en sucesivas hierofanías. Las fiestas con motivo de la entronización del monarca; las fiestas por el nacimiento, bautismo o boda de cualquier súbdito, la fiesta de la cosecha, etc. son modalidades de ese ritual originario cuyo máximo exponente se encuentra en el acontecimiento más importante que puede concebir la mentalidad religiosa: la creación y renovación del mundo, de nuestro mundo por parte de la Divinidad. En este sentido, toda fiesta es, originariamente, sagrada. Y por más que haya sido popularizada o desacralizada conserva aún un sentido evocador; desde el ceremonial de entronización del monarca, que imita al demiurgo, hasta las fiestas de carnaval, pasando por la celebración de la onomástica de cada persona con la que se pretende revitalizar la protección del santo correspondiente. Decía Jerónimo Castillo de Bobadilla que las fiestas y juegos públicos eran como medicina y antídoto para los fastidios de la vida, pues los hombres aunque ocupados en cosas graves, necesidad tienen de recrear los ánimos y de atender no menos al ocio, que al negocio. Invocaba el parecer del Emperador Honorio, según el cual mediante las fiestas los pueblos perderían la tristeza, y los jueces ganarían la gracia de los pueblos2. La pragmática sobre Reformación de las costumbres del año 1623 explicaba que las fiestas y juegos servían para el regocijo y consuelo del pueblo (Nov. R. 6,13,27).

Efectivamente, la fiesta ha sido siempre un instrumento para muchos fines; ha servido para ordenar el calendario laboral y ha sido útil al poder establecido como medio de difusión de una determinada ideología. Las fiestas, por un lado, marcan los tiempos sociales y el calendario agrícola: los períodos suelen comenzar o terminar después de una fiesta de modo que el conjunto de todas las fiestas no es simplemente la suma de ellas sino que forman un sistema de ordenación del tiempo. El calendario es la expresión de ese sistema. Las fiestas se suceden según el ciclo anual. Una fiesta cierra el ciclo y abre el siguiente: la fiesta de fin de año [...] Como se ha señalado muchas veces, el calendario reproduce un ciclo solar, aunque las unidades mensuales son más bien el residuo de un calendario basado en ciclos lunares. La localización de algunas fiestas corresponde, en líneas generales, al ciclo solar. En torno a los solsticios de invierno y verano se sitúan las fiestas de navidad y san juan. Pero es más bien la sucesión de estaciones, es decir, el ciclo de actividades agrícolas y pastoriles lo que referencia la localización y distribución de las fiestas3.

Page 591

Ganar la gracia del pueblo: he aquí una de las más importantes finalidades de la fiesta en la España de los Austrias, especialmente durante el siglo xvii. La Fiesta anulaba o mitigaba la disidencia, liberaba las tensiones acumuladas y contribuían a desdibujar el brutal desacuerdo entre una nación en ruinas y una ostentación pública encubridora de miserias4. Fue un instrumento más para reforzar el mermado prestigio del sistema institucional que arrancaba en el monarca y concluía en regidores y alcaldes. En este sentido, el teatro, al igual que otras manifestaciones lúdicas, no tuvo un fin educador, como ha recordado Maravall, sino manipulador del pueblo en su conjunto con fines de realizar una operación configuradora de carácter ideológico sobre amplios sectores de la población. Servía a la nobleza demostrándoles que la realeza (no por ayuda popular, sino por su propio carisma) se imponían siempre y en ello estaba el bien de los señores, era útil a los burgueses porque difundía la paz y prosperidad a través del tópico del beatus ille; servía al campesino porque alimentaba la esperanza en una futura justicia contra los desmanes de algún señor, por excepción tiránico en su proceder, e incluso, dejándole entrever vagas posibilidades de cambiar de estado5. Con criterio simplista Juan de Torquemada comenta que las fiestas (según san Antonio) son de dos maneras: unas que llaman repentinas, y otras, solemnes. Las solemnes son aquellas festivas y de guardar [...] Las repentinas son las que los Emperadores, reyes y señores mandan celebrar en las repúblicas por algunas particulares razones y causas, conviene a saber, por alguna victoria que han tenido de sus enemigos o por haber casado algún hijo heredero de su corona [...] las cuales fiestas súbitas y repentinas no puede celebrar nadie sino aquel que tiene autoridad de príncipe, como lo determinan las leyes6. Estas fiestas repentinas solían estar motivadas por algún acontecimiento relacionada con la familia real (nacimiento, boda, proclamación, juramento del príncipe heredero, visita, entrada o recibimientos reales o de embajadores, conmemoraciones militares ya sean rogativas por el éxito de las armas, agradecimientos por la victoria, júbilo por la paz o aniversario por los soldados difuntos, cumpleaños, exequias o funerales, etc.7. Pero también existían otros motivos ajenos a la realeza como los banquetes de la nobleza, los ajusticiamientos públicos y autos de fe, o las de contenido religioso; consagración de un edificio sacro, traslado de reliquias, imágenes o sacramento, rogativas, beatificaciones, etc. Todas estas ceremonias y festejos8 pro-Page 592longan la finalidad propagandística de comunicación del ideal autoritario de la monarquía a la vez que logran el sobrecogimiento del espectador y con ello el respeto, admiración y temor por el monarca como fuente última de todo poder9. Junto a estas fiestas repentinas, coexistían también las solemnes, más específicamente religiosas aunque con marcado sabor popular10, entre las que destacan las dedicadas al santo patrón de cada pueblo, a los gremios o cofradías.

Ateniéndose a los preceptos bíblicos, el Decreto de Graciano refiere las fiestas de guardar (De cons. D.3 c. 1), establece la excomunión a quien no respete tal observancia o a quien sustituya la asistencia a misa por un espectáculo profano (De cons. D.1 c. 62-63). El Synodicon hispanum es prolijo en todo tipo de prohibiciones; como la de realizar ferias y mercados en días de precepto a fin de no impedir la asistencia a misa, la prohibición de danzas, bailes, etc., en misas, funerales, procesiones. La prohibición de juegos, corridas de toros, banquetes, etc., en atrios de Iglesias y cementerios. La prohibición de torear a los clérigos, etc. Buena parte de estas disposiciones religiosas obtuvieron valor de ley civil; así la prohibición de trabajar o comerciar en domingo (N.R. 1,1,4 y siguientes), de jugar en Semana Santa antes de la misa mayor (Ordenanzas de Bilbao11, folio 27; Ordenanza II de Jaén12). En tales fiestas Castillo de Bovadilla recomendaba no apresar por deudas a nadie, así como desembaraçar la cárcel y despachar y soltar los presos que fuere posible (I, 3, 15, 107). Los encarcelados tenían una irónica ventaja añadida: no se les debía atormentar en domingo, aunque tal excepción más bien obraba en favor del verdugo.

Con independencia de las clases de fiestas o modelos ceremoniales, profusamente estudiados por especialistas de arte efímero, lo cierto es que si la organización dependía de una ciudad o villa, el cabildo designaba a una comisiónPage 593 de diputados para que con la antelación suficiente programara todos los actos conforme a un presupuesto tasado y a costa de los propios del cabildo13. Dicha comisión se encargaba de contratar a los artistas, eruditos en conocimientos simbólicos o alegóricos que diseñaran los emblemas e ingenios adecuados que luego construirían los artesanos14. Muy pocas ordenanzas locales regulan las fiestas; se limitan, en todo caso, a determinar el orden protocolario de preferencias de autoridades en actos públicos, precisamente para evitar problemas. Así en las Ordenanzas de Málaga el orden es: corregidor, regidor, jurados, escribanos del cabildo, contador y mayordomo de propios15. Pero por lo general no dedican las Ordenanzas más que algunos preceptos a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR