Liquidacion de gananciales. Art. 1354. Determinacion de cuotas. Principio de especialidad

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas263-263

Page 263

Hechos: Una sentencia dictada en procedimiento de liquidación de gananciales declara que un determinado bien tiene el carácter de en parte ganancial y en parte privativo, pero no se especifica la proporción, y así se presenta a inscripción. En el Registro de la Propiedad consta el bien como privativo del marido por haberlo adquirido en estado de soltero.

El registrador suspende la inscripción por falta de determinación de las cuotas del derecho inscribible.

La recurrente solicita que se inscriba la sentencia tal como está alegando que se acreditará en un momento posterior la proporción o cuota de dichos derechos, o en su defecto sugiere que la calcule el Registrador con...

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