Fusiones y adquisiciones

AutorJohn M. B. Balouziyeh
Páginas139-147

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Introducción

La vida de una sociedad anónima normalmente termina con su venta o fusión. En el caso de venta, se liquidan las deudas y se venden los activos. En el caso de la fusión, la sociedad anónima es absorbida por la adquirente a cambio de dinero, acciones o una combinación de ambas al objeto de obtener los activos y pasivos de la sociedad anónima adquirida. La sociedad anónima adquirida en una fusión puede seguir existiendo como una filial de la sociedad anónima adquirente. Dado el carácter fundamental del acuerdo de fusión, su aprobación normalmente requerirá de la aprobación de los accionistas, en algunos casos, exigiéndose mayorías reforzadas al efecto.

Clases de fusiones

En los ejemplos que se detallan a continuación se tratará de forma hipotética la adquisición de «S Corp»1, una pequeña empresa

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ficticia, por «L Corp», una gran empresa ficticia. Para llevar a cabo dicha operación, las partes pueden elegir entre distintas alternativas, incluyendo las siguientes: (i) fusión normativamente reglada Tipo A, (ii) fusión normativa reglada Tipo A con procedimiento simplificado, (iii) fusión informal Tipo B, (iv) adquisición informal Tipo C, o (v) una fusión triangular (filial).

Fusiones normativamente regladas tipo a

La fusión Tipo A se estructura siguiendo los procedimientos previstos en la normativa, donde normalmente una compañía más grande adquiere a una compañía comparativamente más pequeña sobreviviendo la primera (aunque la situación inversa también sea posible). En nuestro caso hipotético, los accionistas de S Corp podrían recibir dinero, acciones de L Corp o una combinación de ambas cosas.

Dado que los efectos de la fusión suponen un cambio fundamental en la inversión de los accionistas de S Corp y L Corp, la fusión generalmente requerirá la aprobación de los accionistas, salvo que ésta se realice a través de una fusión Tipo B seguida de una fusión Tipo A en su modalidad reducida o de una fusión triangular (véase infra.). Los accionistas que se opongan a la fusión tendrán derecho, por mandamiento judicial, a que la sociedad anónima les pague un justiprecio (appraisal remedy) por sus acciones consistente en el valor razonable (fair value) de sus acciones, que normalmente será el precio de la acción antes de que la operación tenga lugar.

Fusiones normativamente regladas tipo a con procedimiento simplificado

Esta modalidad permite la fusión de dos sociedades anónimas cuando una de ellas participa mayoritariamente (generalmente, entre un 90 por 100 y 95 por 100) en el capital de la otra. Los estados que permiten este tipo de fusiones establecen procedimientos de fusión más simplificados que los requeridos para las fusiones normativamente regladas Tipo A. Por ejemplo, mientras que las fusio-

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nes normativamente regladas Tipo A exigen el voto de los accionistas, en el procedimiento simplificado dicho voto no es necesario. Las sociedades anónimas en algunos Estados pueden optar por este régimen simplificado cuando se trata de fusiones intra grupo o de filiales.

Fusiones tipo b (informales o prácticas)

Las fusiones Tipo B se estructuran a través de procedimientos distintos a los de las fusiones normativamente regladas —de ahí la denominación de «informales» o «prácticas»—. La fusión tiene lugar cuando L Corp adquiere de los accionistas de S Corp un número tal de acciones de dicha compañía que le permiten adquirir una posición de control. Como contraprestación, los accionistas de S Corp perciben dinero, acciones de L Corp, o una combinación de ambas cosas.

Dado que no hay una participación formal del órgano de administración de S Corp, no se exige que la fusión sea aprobada por los accionistas de ninguna de las sociedades anónimas. Además, no se da un justiprecio (appraisal remedy) en favor de los accionistas de S Corp. S Corp permanece intacta si bien por razón de la toma de control por parte de L Corp, S Corp se convierte en filial de L Corp. En cualquier caso, S Corp puede integrarse en L Corp a través de una fusión normativa reglada Tipo A con procedimiento simplificado.

Adquisiciones tipo c (informales o...

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