Fundus fieri: entre el préstamo legislativo y el acceso a la ciudadanía romana

AutorFrancisco Cuena Boy
Páginas163-186
FUNDUS FIERI: ENTRE EL PRÉSTAMO
LEGISLATIVO Y EL ACCESO
A LA CIUDADANÍA ROMANA
Francisco CUENA BOY
Universidad de Cantabria
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN, FUENTES Y LITERATURA.—II. EL VALOR DE
LAS FU ENTES DIRECTAS S OBRE EL FUNDU S FIERI.—III. D ESCRIPCIÓN
GENERAL DEL FU NDUS FIE RI, SU PRESUNTO CARÁCTER BILATERAL
Y SU OBJE TO.—IV. EL FUNDUS FIERI Y LAS LEYE S DE CIUDADANÍA .—
V. FUNDUS F IERI Y FOEDERA: CLÁU SULAS CON TRACTUALES DE EX-
CLUSIÓN DE LA CIVITAS Y CONCESIONES INDIV IDUALES.
RESUMEN: E l estudio se cen tra principalmente en la relación entre el proce-
dimiento del fundus eri y las ley es romanas que pre veían la posibilidad de
concesiones individuales de la ciudadanía, en particular la lex Gellia C ornelia
del año 72 a.C. También ofrece una pequeña re exión acerca de la relac ión en-
tre el fundus eri y las cláusulas de exclusión del otorgamiento de la ciudadanía
romana que contenían algunos foedera.
PALABRAS CL AVE: Fun dus eri, lex Gellia Cornelia de civit ate, foedera,
ciudadanía romana, Cicerón.
ABSTRACT: The study focusses mainly on the relationship between the fundus
eri process and the Roman laws concerning ind ividual grants of the R oman
citizenship, speci cally the lex Gellia Cornelia from 72 BC. It also offers a
short re ection of the relationship between fundus eri and the clauses of some
foedera that forb ade the gift of Roman citizenship.
KEYWORDS: Fundus eri, lex G ellia Cornelia de civit ate, foedera, Roman
citizenship, Cicero.
164 FRANCISCO CUENA BOY
I. INTRODUCCIÓN, FUENTES Y LITERATURA
De la Guerra Social en adelante, las últimas décadas de la Repúbli-
ca representan un momento de especial intensidad en la extensión de
la ciudadanía romana1. Precisamente de este período procede la infor-
mación más abundante y signi cativa sobre el fundus eri, una curiosa
gura cuya relación con los temas de ciudadanía, sin duda importante,
aunque de carácter genérico solamente, será el centro de interés de la
presente investigación.
Las fuentes directas sobre fundus eri incluyen en lugar muy destaca-
do un conjunto de pasajes de la oratio pro Balbo de Cicerón que forman
la base más amplia y sólida para el estudio de la gura; puesto que estos
pasajes serán objeto de especial consideración en páginas posteriores, en
este momento nos limitamos a enumerarlos2. Antes de Cicerón es preciso
señalar dos versos de Plauto cuya pertinencia, no obstante, resulta bas-
tante dudosa desde el prisma de la extensión de las leyes y la ciudadanía
romana, aquí el adoptado, y que a lo sumo son útiles como señas de un
remoto fondo común en los pocos usos conocidos de la expresión fun-
dus eri3. Anterior a Cicerón igualmente, pero de naturaleza mucho más
especí ca que las breves frases de Plauto, es la de nición de (populus)
fundus que encontramos en Festo4; explicación muy interesante a priori
porque, según parece por Cicerón y por Gelio, populus fundus factus era
epíteto que se aplicaba a la comunidad política que había dado el paso
de fundus eri. Por último, ya en época del Imperio, dos pasajes de Aulo
Gelio que, cada uno con su carácter particular, constituyen la mejor pie-
dra de toque para las informaciones del pro Balbo ciceroniano5.
Pero si a las anteriores les hemos dado el nombre de fuentes direc-
tas es porque hay otros datos, conocidos en parte por medio de alguna
de ellas, que son imprescindibles para determinar el signi cado de la
expresión fundus eri y el alcance de la gura o del procedimiento que
1 Vid., en gene ral, G. LURASC HI, «La questione della cittadinanza nel l’ultimo secolo della
Repubblica», en SDHI, núm. 6 1, 1995, pp. 17-6 7.
2 Cic., pro Balbo, 8, 19-22; 11, 27; 17, 38; 18, 42; 21, 48; 23, 52; 24, 54 y 55; pueden verse
reunidos estos fr agmentos en A. BISCARDI (dir.), Corpus iur is Romani publici I.B.3.1-2: M. Tulli
Ciceronis Orationes de civitate: pro A. Licini o Archia poeta , pro L. Cornelio Ba lbo, Milano,
Cisalpino - La Goliardica, 1 977, pp 59-61.
3 Que e sos versos ni siqui era reproducen con e xactitud: Plau t., Trinummus, 1123: ei rei
fundus pate r sit potior; Plaut., Truculent us, 727: nu nc is est fundus nobis.
4 Fest., s.v. fundus (L. 79): fundus d icitur age r, qu od planus sit ad simili tudinem fun di
vasorum. Fu ndus quoque dicitu r populus esse rei, quem alienat, hoc est auctor.
5 Gell., 16, 13, 6: municipes ergo sunt cives Romani ex municipiis, legi bus suis et suo iure
utentes... neque ulla populi Romani lege adstrict i, nisi in quam populus eorum fundus factum
est; 19, 8, 12: sed haec ego, inquit, dixi, non ut huius sententiae legisque fundus subscriptorque
e rem, sed ut ne Caes aris, viri docti, opinionem... desti tuerem.

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