La función y actualidad del pensamiento utópico (Respuesta a Cristina Moreneo)

AutorMiguel Ángel Ramiro Avilés
CargoUniversidad Carlos III de Madrid
Páginas439-460

Page 439

Me gustaría agradecer a la profesora la amabilidad que ha tenido al hacer una lectura crítica del libro, sus comentarios y la pregunta que me lanza en la última página de su trabajo. De igual quiero agradecer a la dirección de Anuario de Filosofía del Derecho que haya considerado conveniente este debate académico y la paciencia que ha tenido por mis continuos incumplimientos en la entrega del original.

La profesora Cristina Monereo me ha propuesto un reto que gustosamente he aceptado. El reto consiste en responder tanto a sus comentarios como observaciones criticas a mi libro Utopía y Derecho. El sistema jurídico en las sociedades ideales (Ramiro, 2002) cuanto a señalar qué función y qué actualidad tiene, en mi opinión, el pensamiento utópico. Con esta finalidad he redactado las siguientes páginas que he dividido en tres apartados. El primero trata de responder a los comentarios y las observaciones críticas al libro; el segundo está dedicado a reflexionar sobre la actualidad de un concepto, "utopía realista", que se ha puesto de moda desde que lo usara John Rawls en The Law of Peoples; el tercero y último entra de lleno en el tema de la función y la actualidad del pensamiento utópico en aquellos temas políticos que tienen una escala global.

I

Empiezo, por lo tanto, señalando los principales comentarios y observaciones críticas que la profesora Cristina Monereo hace, en concreto, sobre mi libro y, en general, sobre el pensamiento utópico Page 440 con los que, debo confesar, estoy plenamente de acuerdo. Mis desacuerdos con ella, salvo en un punto que señalo y respondo al concluir este apartado, son simples cuestiones de matiz.

En primer lugar tiene razón al señalar que tanto el tema de las distopías como el tema de la conexión entre el pensamiento utópico y las ideologías están muy poco tratados en el libro. Ambos temas son, en efecto, muy importantes y merecen un estudio más detallado dei que les dedico.

La literatura distópica que se representa en obras como 1984, Un Mundo Feliz o Nosotros, por citar tres ejemplos de los más conocidos, ocupa un lugar muy importante en el ámbito de los estudios utópicos y la bibliografía secundaria que existe al respecto es muy importante y extensa 1. La singularidad de esta forma de pensamiento utópico reside en que trastoca las claves interpretativas hasta ese momento existentes. A diferencia de las obras antiutópicas, como la de Joseph Hall Mundus Alter ed Idem, que utilizan la forma literaria para mofarse del género (Morton, 1952, p. 25), las obras distópicas hacen uso de las imágenes y las descripciones vívidas para advertir contra la construcción de un determinado tipo de sociedad. Hasta la aparición de las distopías, el pensamiento utópico era eutópico pues se había encargado de mostrar estampas de sociedades que eran mejores que las realmente existentes. El pensamiento distópico, por el contrario, consiste en la descripción detallada de una sociedad que se rige por unos principios políticos y sociales diferentes, que está regulada por unas instituciones jurídicas y económicas distintas a las existentes en la realidad, pero dicha descripción no tiene como objetivo lograr adhesión en el lector, sino prevenir, denunciar y, en la medida de lo posible, evitar una serie de peligros y abusos (Huxley, 1996, pp. 9-18) 2. Creo que ninguna persona del siglo XX podría tener buenas razones para desear convivir con Winston Smith sabiendo que "El gran hermano te vigila" (Orwell, 1983, p. 9), mientras que un hombre o una mujer del siglo XVI sí podría tenerlas para entender la isla de Utopía que describe Rafael Hitlodeo como un lugar placentero en el que la vida se desarrolla por unos derroteros mejores: "Si hubieras estado en Utopía, como yo he estado; si hubieses observado en persona las costumbres y las instituciones de Page 441 los utopianos, entonces, no tendrías dificultades en confesar que en ninguna parte has conocido república mejor organizada" (Moro, 2001, p. 107).

La omisión de una referencia más concreta a la distopía en un estudio sobre la relevancia y la presencia del Derecho y del Estado en el pensamiento utópico puede, por lo tanto, considerarse como imperdonable porque ese cambio en las claves interpretativas hace que, a diferencia de lo que ocurre en el modelo de sociedad ideal de Utopia (Ramiro, 2002, pp. 257-446), en las distopías de George Orwell o Aldous Huxley el Estado y el Derecho sean presentados como instrumentos de opresión de la población y evaluados como un mal. El tipo de organización político jurídica que se presenta al lector en las obras distópicas no puede ser evaluado como benéfico para las personas que viven en dicha sociedad sino como un mal que necesariamente debe ser eliminado para que las personas vivan mejor. El papel que cumplen el Estado y el Derecho en las distopías es, por lo tanto, radicalmente opuesto al que cumplen en el modelo de Utopia porque ha desaparecido la eunomía; porque el Estado y el Derecho ya no se entienden como instrumentos con una función social positiva que, a través del establecimiento de un nuevo sistema jurídico o de un novedoso entramado institucional, crean libertad eliminando el gobierno arbitrario de los hombres sino que se representan como elementos que restringen la libertad hasta hacerla desaparecer. La tradición de lucha contra la tiranía política que representan obras como Utopía de Tomás Moro o La República de Océana de James Harrington (Ramiro, 2002, pp. 345-358; Dorado, 2001, pp. 357-427) irremediablemente se quiebra con las distopías del siglo XX. Mientras que en el modelo de Utopia el Estado y el Derecho se representan corno un deber ser al que hay que tender, siempre y cuando se haya reformado material y formalmente (Ramiro 2002, pp. 311-331), en las distopías se presentan como un no deber ser que ha de evitarse. En las distopías no podría aplicarse el famoso último párrafo de Utopía, o si se quiere aplicar -como a veces se ha pretendido- debería hacerse una interpretación diferente no respetuosa con el sentido original dado por Tomás Moro: "Entre tanto tengo que confesar que no puedo asentir a todo cuanto me expuso este docto varón, entendido en estas materias y buen conocedor de los hombres. También diré que existen en la república de los utopianos muchas cosas que quisiera ver impuestas en nuestras ciudades. Pero que no espero lo sean" (Moro, 2001, p. 210).

Por lo que se refiere a la relación entre el pensamiento utópico y las ideologías políticas algo, muy poco, digo en mi libro y algo, un tanto, se quedó sin publicar y está recogido en el texto de la tesis doctoral que está depositado en la Biblioteca de la Universidad Carlos III de Madrid. Aprovechando parte de ese material, recientemente he escrito un artículo titulado Ideología y Utopía: Una aproximación a la conexión entre las ideologías políticas y los modelos de sociedad Page 442 ideal 3 en el que reflexiono sobre el tipo de relación que mantienen "ideología" y "utopía". En este trabajo defiendo que las dos posturas que básicamente se han ido perfilando a la hora de abordar el tema han sido la de contrariedad y la de complementariedad entre "ideología" y "utopía". La primera postura es la que predomina en la obra de Karl Mannheim pues sostuvo que la nota principal de la relación entre "ideología" y "utopía" era la de contrariedad o contraposición porque, aunque ambos tipos de mentalidad suponen una distorsión de la realidad, la mentalidad ideológica trata de mantener la situación social mientras que la mentalidad utópica trata de transformarla radicalmente (Mannheim, 1993, pp. 35-49, 86-95 y 169-230). La segunda postura ha sido propuesta, entre otros, por Paul Ricoeur al considerar que, aunque pertenecen a géneros semánticos distintos, "el punto decisivo en ambas está efectivamente en el mismo lugar, es decir, en el problema de la autoridad" (Ricoeur, 1997, pp. 45-61). Pues bien, partiendo de la postura de la complementariedad, sostengo que es posible observar dicha complementariedad más allá de las consabidas equiparaciones entre utopía y socialismo o entre pensamiento utópico y totalitarismo 4, pues aun siendo posibles no son las únicas ni tampoco son necesarias o inevitables (Goodwin, 1980, p. 395).

En mi opinión, la complementariedad entre el pensamiento utópico y las ideologías políticas se debe, en primer lugar, a que en ambos casos está presente un componente epistemológico que permite la posibilidad del conocimiento y la representación de la realidad (Eccleshall, 1993, p. 33). En este sentido, Daniel Innerarity afirma que "lo que toda utopía pone en discusión es el concepto mismo de realidad, las posibilidades que encierra y las alternativas que permite. Por eso puede decirse que la mejor utopía comienza con una buena descripción de la realidad" (Innerarity, 2004, p. 205). Por su parte, Franz Hinkelammert llega a decir que "sin utopía no hay conocimiento de la realidad" (Hinkelammert, 2002, p. 380). Este conocimiento de la realidad es básico tanto en la ideología política como en el pensamiento utópico para realizar la tarea de crítica de las instituciones sociales, políticas, jurídicas o económicas y promover la reforma de las mismas. No obstante esta coincidencia, no puede sostenerse que el pensamiento utópico sea una ideología política, lo cual se debe a que carece de una propuesta política específica pues las cuestiones sobre el problema de la autoridad o sobre la determinación del gobierno óptimo, ambas presentes en el pensamiento utópico, constituyen el elemento material común de todas las obras encuadrables en el ámbito de la Filosofía Política y, además, han sido cuestiones representadas de muy diversas formas a lo largo de la historia del propio pensamiento Page 443 utópico (vid. Ramiro, 2002, pp. 270-272). El pensamiento político utópico no va a aportar nuevos temas políticos, ni soluciones más originales (Skinner, 1987, p. 154) sino simplemente una forma diferente de presentar las propuestas...

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