La frontera entre la acción colectiva y la individual en los supuestos de discriminación en los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas

AutorMiquel Àngel Falguera Baró
CargoMagistrado especialista TSJ de Cataluña
Páginas38-65
· EDITORIAL BOMARZO ·
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TODOLÍ, A.; “¿Son los Youtubers trabajadores laborales de Youtube? ¿Y los influencers de la marca a la
que hacen publicidad?”; Blog del autor: https://adriantodoli.com/2018/04/26/son-los-youtubers-
trabajadores-laborales-de-youtube-y-los-influencers-de-la-marca-a-la-que-hacen-publicidad/
TODOLÍ, A.; “Criterios jurisprudenciales para determinar si la compensación en el pacto de no
competencia postcontractual es “adecuada”; Blog del autor:
https://adriantodoli.com/2018/04/19/criterios-jurisprudenciales-para-determinar-si-la-compensacion-
en-el-pacto-de-no-competencia-postcontractual-es-adecuada/
TODOLÍ, A.; “El lugar de inicio y finalización de la jornada laboral ¿ya no determina la competencia
judicial Internacional? Nueva Sentencia”; Blog del autor: https://adriantodoli.com/2018/04/10/el-lugar-
de-inicio-y-finalizacion-de-la-jornada-laboral-ya-no-determina-la-competencia-judicial-internacional-
nueva-sentencia/
TRILLO GARCÍA, A.; “Responsabilidades en materia de Seguridad Social”; Ponencia XXXVIII Congreso
Nacional AEDTSS: http://www.aedtss.com/images/2-
2_RESPONSABILIDADES_EN_LA_SUBCONTRATACIO%CC%81N_EN_MATERIA_DE_SEGURIDAD_SOCIAL.do
cx
URCELAY LECUE, M. C.; “Una trabajadora embarazada puede ser legalmente despedida en el marco de un
despido colectivo”; Legaltoday: http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/familia/una-
trabajadora-embarazada-puede-ser-legalmente-despedida-en-el-marco-de-un-despido-colectivo
UREÑA MARTÍN, A.; “Analizamos dos sentencias interesantes sobre la interpretación del concepto de
accidente de trabajo”; Tu asesor laboral: http://www.tuasesorlaboral.net/categorias-de-
estudio/jurisprudencia/713-analizamos-dos-sentencias-interesantes-sobre-la-interpretacion-del-
concepto-de-accidente-de-trabajo
UREÑA MARTÍN, A.; “Preguntas y respuestas: ¿En que consiste la revisión de la incapacidad permanente?
¿Cual es su procedimiento?”; Tu asesor laboral: http://www.tuasesorlaboral.net/categorias-de-
estudio/preguntas-y-respuestas/712-preguntas-y-respuestas-en-que-consiste-la-revision-de-la-
incapacidad-permanente-cual-es-su-procedimiento
UREÑA MARTÍN, A.; “Sentencia comentada. De nuevo volvemos con el derecho preferente al reingreso en
la excedencia voluntaria con un caso muy interesante”; Tu asesor laboral:
http://www.tuasesorlaboral.net/categorias-de-estudio/jurisprudencia/710-sentencia-comentada-de-
nuevo-volvemos-con-el-derecho-preferente-al-reingreso-en-la-excedencia-voluntaria-con-un-caso-muy-
interesante
VIANELLO, R.; “Dal «fatto» al «fatto materiale» nel licenziamento disciplinare post d.lgs. n. 23/2015:
spunti interpretativi di “importazione””; WP C.S.D.L.E. “Massimo D’Antona”.IT – 361/2018:
http://csdle.lex.unict.it/Archive/WP/WP%20CSDLE%20M%20DANTONA/WP%20CSDLE%20M%20DANTO
NA-IT/20180404-115650_Vianello_n361-2018itpdf.pdf
VILCHES, J.; “Delegado de Protección de Datos y Compliance Officer. Funciones y responsabilidad penal”;
Legaltoday: http://www.legaltoday.com/blogs/nuevas-tecnologias/blog-de-snack-tech-lex/delegado-de-
proteccion-de-datos-y-compliance-officer-funciones-y-responsabilidad-penal
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LA FRONTERA ENTRE LA ACCIÓN COLECTIVA Y LA INDIVIDUAL EN LOS
SUPUESTOS DE DISCRIMINACIÓN EN LOS DESPIDOS POR CAUSAS
· EDITORIAL BOMARZO ·
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ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS Y PRODUCTIVAS
MIQUEL ÀNGEL FALGUERA BARÓ
Magistrado especialista TSJ de Cataluña
ÍNDICE
1. Despidos colectivos y objetivos: la regulación de los efectos de la vulneración de derechos
fundamentales y del principio de no discriminación en el marco legal. Problemas aplicativos
2. Los conceptos “oscuros” de la Ley con incidencia en el juicio de constitucionalidad
2.1 “Proyecto de despido” y “despido”
2.2 Criterios de selección y afectación individual
2.3 ¿Es posible fijar, con o sin acuerdo, un listado de afectados en el proyecto de despido?
2.4 Las competencias decisorias del empleador en relación a la selección de afectados
2.5 Las prioridades de permanencia
2.6 El contenido de la carta de despido en relación a los criterios de afectación
3. Aspectos procesales: vías de impugnación
3.1 Límites de la acción colectiva
a) Los d istintos escenarios de alegación de d iscriminación; en especial: los criterios de
determinación de afectados
b) Prioridades de permanencia y acción colectiva
3.2 Límites de la acción individual
a) La posibilidad de q ue en la acción individual se analicen aspectos vinculados con el
“proyecto de despido”
b) La invocación de discriminación en la aplicación individual de los criterios de selección
c) La acción individual en los supuestos de infracción de las reglas de permanencia
d) Nulidad objetiva y resumen de las posibles acciones individuales
1. Despidos colectivos y objetivos: la regulación de los ef ectos de la vu lneración de
derechos fundamentales y del principio de no discriminación en el marco legal.
Problemas aplicativos
En principio podría pensarse que la voluntad del legislador tras las reformas laborales del 2012
y el 2013 a la hora de determinar el campo legal aplicable al juicio de constitucionalidad es
más o menos clara. Así, en primer lugar, la letra d) del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
36/2011, de 10 de octubre, regul adora de la jurisdicción Social (LRJS), al regular la acción
colectiva contra los despidos colectivos, contempla como causa de impugnación en la
demanda la conclusión de parte que “la decisión extintiva se ha efectuado vulnerando
derechos fundamentales y libertades públicas”. Y, posteriormente, el apartado 12 del mismo
artículo sanciona con la calificación de nulidad por el juez, entre otros supuestos “cuando la
medida empresarial se haya efectuado en vulneración de derechos fundamentales y libertades
públicas”.
Por su parte, en la regul ación de la acción individual (art. 124.13 LRJS) no se establece
singularidad alguna al respecto, con remisión a la m odalidad procesal de impugnación de
despidos objetivos. Y, como es perfectamente conocido, el art. 122.2 a) LRJS establece que la
decisión extintiva discriminatoria o contraria a los derechos fundamentales y libertades
públicas del trab ajador”, ha de ser calificada como nula. A lo que se añaden los supuestos de
denominada “nulidad objetiva” (por falta de procedencia) derivadas de embarazo, filiación,
conciliación de la vida laboral y familiar y ejercicio de derechos legales por las mujeres víctimas
de violencia de género (letras c), d) y e) del mismo artículo), en términos similares sino
idénticos- a los de los artículos 53.4 y 55.5 del R. Decreto Leg islativo 2/2013, de 23 de octubre,

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