Formularios de escrituras de constitución de contratos de alimentos

AutorJUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
Cargo del AutorOficial 1º de notaría - Abogado
Páginas77-89

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Seguidamente pasamos a describir algunas escrituras tipos que nos pueden orientar a la hora de redactar una escritura o contrato de cesión de bienes por alimentos.

1. ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE CONTRATO DE ALIMENTOS

NÚMERO .....

En *, a *.

ANTE MI, ** Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en * COMPARECEN:

De una parte: DON... (cedente), mayor de edad, (el estado civil es vital, pues de estar casado y el bien cedido es de carácter ganancial deberá concurrir el cónyuge, e incluso, siendo privativo, si es el domicilio familiar (1320 CC) también deberá consentir)........

Y de otra parte: DON .... mayor de edad, ... (cesionario)

Intervienen en su propio nombre y derecho. (A tener en cuenta que el cesionario podría ser una Institución o Entidad asistencial especializada, en ese caso habría que consignar sus datos y los de su representante).

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Tienen, a mi juicio, según su respectiva ley personal, la capacidad legal necesaria para otorgar esta escritura de constitución de contrato de alimentos, y al efecto,

EXPONEN:

  1. Que Don (cedente), es dueño, en pleno dominio y por el título que luego se dirá, de la siguiente finca:

    VIVIENDA TERCERO DERECHA, sita en Murcia, calle....

    INSCRIPCIÓN.- Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad núm.

    TITULO.- La finca descrita pertenece al cedente por compra a .. en escritura otorgada en Murcia, ante el Notario Don...., el día ..., con el núm. ... de su protocolo.

    CARGAS.- Según se desprende de la documentación exhibida, de las manifestaciones de la parte transmitente y de la información registral recibida la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes,.

    ARRENDAMIENTO.- Se encuentra libre de arrendatarios y ocupantes.

    REFERENCIA CATASTRAL.-... según el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente al ejercicio presente, incorporando igualmente certificación catastral descriptiva y gráfica obtenida por mi, el Notario, de la Oficina Virtual del Catastro, que igualmente uno a esta matriz, y una vez examinada dicha certificación compruebo su coincidencia con la descripción hipotecaria anterior- mente consignada.

    VALOR: Se valora la finca descrita en .... EUROS.

    SOLICITUD DE INFORMACION REGISTRAL.- Yo, el Notario, he solicitado del Registro de la Propiedad anteriormente mencionado la información registral a que se refiere el artículo 175 del Reglamento Notarial, habiéndome sido facilitada por el referido Registro, mediante Telefax, nota simple informativa que incorporo a esta matriz y en la que aparece que la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes.

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    SITUACION URBANISTICA: Ambas partes contratantes manifiestan de forma expresa que la finca objeto de esta transmisión no se halla incluida en área de tanteo y retracto urbanístico de conformidad con el artículo 84 del Real Decreto 1.093/1.997 de 4 de julio por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Regis- tro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.

  2. Que tienen convenido este contrato que formalizan con arreglo a las siguientes,

    ESTIPULACIONES:

    PRIMERA.- Don ..., cede y transmite, a DON ... (cesionario), que adquiere la finca descrita en el expositivo I. de esta escritura, a cambio de la obligación de prestar al primero (o a varias personas, como pueden ser un matrimonio, o varios hermanos), habitación, sustento, vestido, medicinas y asistencia médica, según su posición social, obligándose además a tenerlo en su compañía en la finca cedida.

    La trasmisión se efectúa en pleno dominio, al corriente en el pago de contribuciones e impuestos, gastos de comunidad, libre de cargas y de arrendatarios.

    SEGUNDA.- Condición Resolutoria.- El incumplimiento de las obligaciones asumidas por el adquirente en esta escritura, actuará como condición resolutoria de la transmisión, readquiriendo el cedente la finca cedida en el estado en que se encuentre, con pérdida por parte del adquirente de las pensiones que hubiese prestado hasta ese momento, que las hará suyas el alimentista como indemnización de perjuicios.

    Los otorgantes fijan como domicilio para notificaciones y requerimientos el reseñado en la comparecencia de esta escritura.

    TERCERA.- Extinción de la condición resolutoria.- Pactan las partes que si el cedente no hubiese interpuesto en vida ninguna demanda de resolución ni lo hiciesen sus herederos en los seis meses siguientes a su fallecimiento, se considerarán cumplidas todas las obligaciones asumidas por el cesionario, entendiéndose extinguida la condición resolutoria; pactando igualmente, que si en el plazo precedentemente señalado no se hubiese anotado preventivamente demanda de reclamación en el Registro de la Propiedad correspondiente, podrá solicitar el cesionario por sí solo la constatación registral de dicha extinción.

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    CUARTA.- Para el supuesto de fallecimiento del cesionario durante la vida del cedente, los herederos de aquél podrán subrogarse en sus derechos y obligaciones derivados de la presente escritura, debiendo notificárselo al cedente en el plazo de 2 meses (debe pactarse un plazo breve que haga posible la subsistencia y atención del alimentista) a contar desde el óbito del alimentante. Dicha notificación deberá efectuarse fehacientemente.

    En caso de no producirse la referida subrogación, quedará resuelto el presente contrato en los términos expresados en la estipulación segunda de la presente.

    QUINTA.- El cedente transmite a Don.... la posesión libre y el pleno dominio de la finca vendida, con todos sus derechos, usos y pertenencias.

    SEXTA.- El adquirente declara conocer y acepta, las normas por las que se rige la Comunidad del inmueble del que forma parte la finca que adquiere.

    SÉPTIMA.- De conformidad con el artículo 9 de la Ley 49/1.960 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1.999 de 6 de abril, el cedente manifiesta hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la Comunidad de Propietarios, exonerando expresamente la parte compradora a la vendedora de la obligación de aportar el certificado emitido por dicha Comunidad de Propietarios en confirmación de la expresada manifestación.

    OCTAVA.- Todos los gastos e impuestos que se originen con motivo de este otorgamiento serán satisfechos por ....

    NOVENA.- COMUNICACIÓN.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 249, punto 2, del vigente Reglamento Notarial, se hace constar la imposibilidad técnica actual de remitir copia autorizada electrónica por no estar aún opera- tivo el sistema de conexión telemática entre notarías y registros a los efectos de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 24/2001136.

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    En consecuencia, la parte adquirente solicita de mí, el Notario autorizante, que remita el mismo día del otorgamiento por telefax al Registro de la Propiedad competente comunicación suscrita y sellada de la autorización del presente instrumento público al objeto de practicar asiento de presentación del mismo de acuerdo con el artículo 249, punto 3 del vigente Reglamento Notarial";.

    PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. ....

    OTORGAMIENTO Y AUTORIZACION.- Hago las reservas y advertencias legales; ..........

    2.- VARIANTES A LAS...

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