La formación de los jueces en materia probatoria

AutorJordi Nieva Fenoll
Páginas152-164
JORDI NIEVA FENOLL LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA
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dido de vista por completo que en la valoración probatoria juega un papel
destacadísimo la conservación de la imparcialidad judicial, que se ha solido
estudiar desconectada de los temas probatorios.
La doctrina ha hablado solamente de prueba ilícita o de las llamadas
prohibiciones de prueba, así como de la motivación de la valoración de la
prueba. Pero con respecto al primer punto se ha entrado en un casuismo
muy poco aceptable. Y en relación a la motivación, pocas veces se le han
indicado al juez qué reglas básicas debería tener en cuenta a fin de razonar
correctamente su juicio probatorio.
A todo ello dedicaré el presente capítulo, teniendo presente que la correc-
ta observancia de lo que se diga se enfoca a asegurar, al menos, una regular
actividad de valoración probatoria. Pero para que ésta tenga las mayores
posibilidades de ser correcta se requiere algo más, y a ello le dedicaremos
el último capítulo. En él intentaré ofrecer una mecánica de valoración que
supere las dificultades prácticas a las que conduce, en el fondo, la mayoría de
lo que se ha dicho en el anterior capítulo.
1. LA FORMACIÓN DE LOS JUECES EN MATERIA PROBATORIA
Si se consulta el programa de oposiciones de acceso a la judicatura en
España, se podrá comprobar cómo la preparación en materia probatoria
es muy insuficiente e inadecuada. Se estudian simplemente los temas de la
prueba como se solió hacer durante el Grado de Derecho, es decir, desde un
punto de vista solamente procedimental 1. Una vez superada la oposición y
1 Al amparo del anexo al Acuerdo de 12 de marzo de 2008 de la Comisión de Selección del
art. 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de los 360 temas que forman la oposición, y de
los 62 que forman el programa de Derecho Procesal Civil y los 37 temas de Derecho Procesal Pe-
nal, sólo nueve temas están dedicados a la prueba, y no completamente. Tienen el siguiente tenor
(PROCESO CIVIL): Tema 25. La prueba, I. Concepto de prueba. Las afirmaciones fácticas como
objeto de la prueba; afirmaciones fácticas exentas de prueba: admitidas y notorias. La prueba del
Derecho. Carga de la prueba. Proposición y admisión de la prueba: licitud de la prueba; pertinen-
cia y utilidad. Anticipación y aseguramiento de la prueba. Valoración de la prueba. Tema 26. La
prueba, II. Los medios de prueba (1). Documentos: aportación al proceso. Clases. Valor probato-
rio. Tema 27. La prueba, III. Los medios de prueba (2). El interrogatorio de las partes. Recono-
cimiento judicial. Las presunciones: Concepto, naturaleza y clases de presunciones. Tema 28. La
prueba, III. Los medios de prueba (3). Testigos. Peritos. Medios de reproducción del sonido o la
imagen e instrumentos de archivo. Diligencias finales (PROCESO PENAL). Tema 9. El proceso
por delitos graves, I. El proceso penal tipo; sus fases; carácter supletorio de su regulación. In-
coación del proceso: denuncia; querella; atestado; incoación de oficio. La investigación preprocesal
y sus diferencias con la instrucción. La investigación por el Ministerio Fiscal. Las actuaciones de
la Policía Judicial. El agente encubierto. La entrega vigilada. Tema 10. El sumario, II. Compro-
bación del delito: cuerpo del delito. Identificación del presunto delincuente y sus circunstancias
personales. La inspección ocular. Declaraciones testificales y actos de pericia en el sumario y su
valor. Aportación de documentos y otras piezas de convicción. Los medios de investigación sobre
la persona: reconocimientos médicos; pruebas alcoholímetricas y registros personales. Tema 11.
El sumario, III. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: la entrada y registro en lugar
cerrado; la intervención de comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas. Tema 17. La prue-
ba. Concepto; objeto; medios de prueba. Proposición, admisión o denegación; prueba anticipada;
proposición en el acto del juicio; prueba acordada ex officio. Las pruebas obtenidas con violación
de derechos fundamentales. La prueba producida irregularmente. Tema 18. Valor probatorio de
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