Fondo de comercio financiero en adquisición de holdings. Nuevo procedimiento de ayudas de Estado

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El 7 de septiembre de 2013 se publicó en el DOUE la decisión de incoación del procedimiento de ayudas en relación con el régimen fiscal modificado para la adquisición de participaciones en empresas extranjeras.

En concreto, el nuevo procedimiento se centra en la amortización del fondo de comercio financiero regulada en el artículo 12.5 del TRLIS. Este precepto permite a las empresas que adquieran participaciones en fondos propios de entidades no residentes (que cumplan determinados requisitos), la deducción fiscal del llamado fondo de comercio financiero generado en la adquisición, durante un mínimo de 20 años (si bien la reducción se ha reducido del 5% al 1% en los ejercicios 2011 a 2013).

En 2009 y 2011 la Comisión ya adoptó sendas decisiones negativas, que incluían la recuperación de las ayudas concedidas a los beneficiarios en relación con las operaciones de adquisición de filiales residentes en la UE y fuera de la UE. En ambos supuestos se limitó el alcance temporal de la obligación de recuperación debido a la existencia de confianza legítima.

Pues bien, la nueva decisión de apertura del procedimiento de investigación formal cuestionaría la aplicación del 12.5 a las adquisiciones...

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