Comentario del Anteproyecto de Ley de Fomento y Promoción de la Cinematografía y el Audiovisual

Autor*Roberto Butragueño Sánchez
  1. ANTECEDENTES

    El antecedente inmediato del anteproyecto objeto de análisis es la Ley 17/1994, de 8 de junio, de Promoción y Fomento de la Cinematografía, que reordenó y actualizó las líneas básicas de la promoción cinematográfica a partir del RD Ley 19/1993, de 10 de diciembre.

    La Ley 17/1994 adaptó y actualizó, con el objeto de equiparar la legislación cinematográfica con la de la Unión Europea, dos normas anteriores: la Ley 3/1980, de 10 de enero, de regulación de cuotas de pantalla y distribución cinematográfica, y la Ley 1/1982, de 24 de febrero, por la que se regulaban las salas especiales de exhibición cinematográfica, la Filmoteca Española y las tasas por licencias de doblaje.

    Posteriormente, fue desarrollada y ampliada por dos Reales Decretos:

    -RD 81/1997, de 24 de enero, el cual desarrolló parcialmente la Ley, y actualizó refundió las normas relativas a la realización de películas en coproducción, salas de exhibición y calificación de películas cinematográficas.

    -RD 1039/1997, de 27 de junio, el cual refundió y armonizó las normas relativas a la promoción y estímulos al sector, y desarrolló lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley, donde se creó el órgano consultivo denominado Consejo Superior de la Cinematografía.

    Ambos decretos, a su vez, fueron desarrollados, en las competencias del Ministerio de Educación y Cultura, por dos Ordenes Ministeriales , donde se regulaba la concreta aplicación de los diversos estímulos, y se derogaba buena parte de la normativa anterior de este rango aún vigente.

    Ya en el año 2000, los dos decretos fueron modificados por el RD 196/2000, de 11 de febrero. Éste procedió a liberalizar el cumplimiento de las cuotas de pantalla, que el Anteproyecto a dictamen propone suprimir completamente en el plazo de cinco años. Se consagra definitivamente la libertad de distribución de obras de terceros países dobladas a cualquier lengua oficial española, en consonancia con la desaparición de la exigencia de las licencias de doblaje.

    También extiende las ayudas a ciertos productos en su origen ajenos a la cinematografía (de ahí el nuevo término audiovisual). Amplia tales ayudas para la distribución de obras cinematográficas comunitarias de calidad, mediante la concesión de especiales facilidades para su explotación en salas de cine en determinadas localidades de menor población.

    El panorama se completa teniendo en cuenta el ámbito de las políticas de la Unión Europea en lo referente a la promoción de la cinematografía y el audiovisual.

    Tales políticas se han plasmado básicamente en el Programa de ayudas MEDIA II (1996-2000), para el que ya se cuenta con una propuesta de la Comisión para la siguiente etapa.

    En efecto, el 14 de diciembre de 1999 la Comisión Europea presentó una Comunicación relativa a una propuesta de programa de apoyo a la industria audiovisual europea, denominada MEDIA Plus- 2001-2005, que se concretaba posteriormente en dos propuestas de programas de ejecución: MEDIA-Formación y MEDIA Plus-Desarrollo, distribución y promoción.

    El objetivo de este nuevo programa MEDIA Plus, que se...

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