Fomentando la formalización del emprendimiento femenino con un registro electrónico de empresas y una entidad de responsabilidad limitada simplificada

AutorMarta García Mandaloniz
Páginas131-173

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Marta GARCÍA MANDALONIZ

Universidad Carlos III de Madrid

Profesora titular Derecho mercantil

RESUMEN: Se plantea una reflexión para avanzar en la disminución y aceleración de los trámites de constitución y puesta en marcha de una empresa con el ánimo de promover el espíritu empresarial desde un criterio inclusivo. Dicha reflexión se sustenta en las labores del Grupo de Trabajo I de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) materializadas en dos Guías Legislativas. La primera tiende hacia un sistema de constitución de sociedades mercantiles electrónico y eficiente mientras que la segunda conduce hacia la simplificación y la flexibilidad de una entidad de responsabilidad limitada. Ambas tratan de eliminar los posibles obstáculos legales al emprendimiento con una legislación clara, sencilla y directa. Uno de sus fines es reducir la brecha de género empresarial y agrandar el empoderamiento económico femenino.

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PALABRAS CLAVES: Emprendimiento femenino, registro electrónico empresas, entidad limitada simplificada, CNUDMI.

SUMARIO: 1. FOMENTANDO LA FORMALIZACIÓN DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO. 1.1. Desde la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. 1.2. Con igualdad de derechos entre hombres y mujeres. 2. CON UN REGISTRO ELECTRÓNICO DE EMPRESAS. 2.1. Con eficiencia. 2.2. Con acceso electrónico directo. 2.3. Con cualquier tecnología. 2.4. Con o sin intermediación notarial. 2.5. Con identificación electrónica. 3. CON UNA ENTIDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SIMPLIFICADA. 3.1. Con personalidad jurídica y responsabilidad limitada. 3.2. Con objeto social general. 3.3. Sin capital social mínimo legal. 4. PARA EL EMPODERAMIENTO ECONÓMICO FEMENINO. 4.1. Con una “legislación clara”. 4.2. Con incentivos para la formalización.

PROMOTING WOMEN´S ENTREPRENEURSHIP WITH AN ELECTRONIC BUSINESS REGISTRY AND A SIMPLIFIED LIMITED LIABILITY ORGANIZATION

ABSTRACT: A reflection must be considered to progress in the acceleration of the steps to start a business with the aim of promoting entrepreneurship under inclusive criteria. This reflection is based on the work that Working Group I of the United Nations Commission for International Trade Law (UNCITRAL) has been carrying out in the field of micro, small and medium-sized enterprises (MSME) with the aim of preparing two Draft Legislative Guides. First, the Draft Legislative Guide on key principles of a business registry focuses on the creation of an e-business registry based on efficiency. Second, the Draft Legislative Guide configures a limited liability organization. Both Guides try to eliminate possible legal obstacles to entrepreneurship with clear, simple and direct legislation. One of their goals is to reduce the business gender gap and enlarge women’s economic empowerment.

KEY WORDS: Women´s entrepreneurship, electronic business registry, simplified limited liability organization, UNCITRAL.

You must do the things you think you cannot do”. ROOSEVELT, E., You learn by living: Eleven keys for a more fulfilling life, Harper Perennial, ed. anniversary, April 2011.

Fomentando la formalización del emprendimiento femenino

Las leyes influencian las decisiones de las mujeres de comenzar y administrar negocios. El entorno jurídico influye en las oportunidades y los resulta-

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dos económicos de las emprendedoras. Esta es la conclusión confirmada en la quinta y última edición, de 2018, del informe que el Banco Mundial viene publicando bianualmente bajo el título: “Mujer, Empresa y Derecho”2donde se analizan las legislaciones de ciento ochenta y nueve países respecto de los siguientes siete indicadores: el acceso a las instituciones, el uso de la propiedad, la obtención de empleo, los incentivos al trabajo, la presencia en los tribunales, la obtención de crédito y la protección de la mujer contra la violencia. La comprobación de que las normas en estos ámbitos de actuación influyen en la participación de las mujeres en la actividad económico-empresarial se ejemplifica con el dato de que desisten más en abrir o mantener un negocio en aquellos Estados donde la legislación les pone mayores trabas para emprender3. A menor igualdad legal de género, menor es el número de emprendedoras4. Con esta constatación, el Banco Mundial entiende que una forma de influir de forma positiva en los resultados económicos de las mujeres es la reforma de las normas limitativas de su participación en los negocios5.

Aunque no existe desigualdad legal para el emprendimiento femenino en países como España, Reino Unido o Nueva Zelanda6, existe en otros e, incluso, en algunos (como Bután, Guinea-Bisáu, Pakistán y Surinam) las mujeres ni siquiera pueden registrar una empresa7. Aun pudiendo registrar una empresa en el resto de naciones, sigue habiendo diferencia numérica entre las tasas de emprendimiento femenino y masculino. En el último período analizado por el informe especial “Global Entrepreneurship Monitor” (GEM) sobre emprendimiento femenino, correspondiente al bienio 2014 a 20168, se verifica que la brecha de género empresarial se ha reducido en un 5%9porque la actividad

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emprendedora de las mujeres ha aumentado de media en los setenta y cuatro países analizados en un 10%10. No obstante estas positivas cifras que hacen contemplar una esperanzadora tendencia, únicamente en cinco Estados de América Latina y del Sudeste Asiático11el porcentaje de emprendedoras es superior al de emprendedores, pero cuando las mujeres emprenden allí lo hacen por necesidad en un 20% más que los hombres12. Es en las Economías desarrolladas donde las mujeres que emprenden lo hacen más por oportunidad que por necesidad13. Pero, a mayor nivel de desarrollo económico de un país, menor es el número de empresas creadas por las mujeres y, por ende, mayor es la brecha de género empresarial, siendo Turquía el país con mayor brecha del mundo14. Mientras en Senegal la tasa de actividad emprendedora (TEA, por sus siglas en inglés)15femenina es del 37%, en Estados europeos como Alemania, Italia y Francia la tasa no alcanza el 4%, siendo la media europea de tan solo un 6,3%16. Muchas veces no emprenden, muchas veces ni siquiera tienen intención de emprender. La tasa de intención de emprendimiento femenino es de media en Europa (como en Asia Central) un 12,4% y se queda en un 5,7% en España17. En Economías avanzadas como las europeas no son los impedimentos legales los que cercenan el emprendimiento femenino como tampoco lo son los educativos. El mayor impedimento es la baja

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percepción de la capacidad propia18, en el doble sentido de no creerse capaz de crear una empresa y de temer al fracaso. Es miedo a arriesgar, es miedo a fallar19. Ahora bien, pese a que en la geografía europea las leyes no sean un obstáculo y porque en otras geografías sí lo son, las reformas legales de impulso del emprendimiento femenino son bienvenidas en unas y otras latitudes. Propuestas de reformas legislativas para fomentar el emprendimiento femenino formalizado proceden desde los organismos internacionales y las instituciones europeas, según habrá ocasión de plantear durante la presente investigación en los epígrafes que siguen a este introductorio.

1.1. Desde la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

En las tareas que, desde febrero de 2014, viene desplegando el Grupo de Trabajo I de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) sobre las micro, las pequeñas y las medianas empresas (MIPYME) la inscripción registral empresarial se considera un elemento esencial para un entorno jurídico-empresarial propicio20. Cuanta mayor rapidez y simplicidad se estampe a la hora de poner en marcha una empresa más se favorecerá la formalización21. A menor coste y tiempo de inscripción registral, menor será el sector empresarial informal y, por correlación, mayor el empresariado formalizado22. La formalización se traduce en visibilidad en los mercados ante el público y el Estado, en un mejor acceso al sistema bancario y a las instituciones financieras, en extensión de las oportunidades de negocio y en amplificación de la rentabilidad, la productividad y la competitividad23.

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La formalización de los pequeños empresarios es el ítem de partida y de llegada del proyecto de Guía Legislativa de la CNUDMI sobre los principios fundamentales de la inscripción registral de empresas. Este proyecto fue aprobado en el 51º período de sesiones de la CNUDMI que tuvo lugar en la ciudad de Nueva York del 25 de junio al 13 de julio de 201824. Aunque todavía esté sin publicar el texto definitivo de la Guía, ya se fijan algunos de los aspectos de la que será su estructura definitiva en la Nota de la Secretaría de la CNUDMI de 10 de abril de 201825, donde se incorporan los cambios y adiciones que tuvieron lugar a raíz de las discusiones y decisiones del 30º período de sesiones del Grupo de Trabajo I en Nueva York del 12 al 16 de marzo de 201826. Como revisión de la documentación que sirviera de base de las deliberaciones de ese 30º período de sesiones se publicaba, el 10 de mayo...

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